Fiscalidad Autonómica

Páginas125-197

Page 125

Legislación

Comunidades Autónomas de régimen común

(Andalucía)

Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de medidas en materia de gestión integrada de calidad ambiental, de aguas, tributarias y de sanidad animal (BOJA 12-1-2016).

Con la finalidad de hacer frente a los costes que suponen las misiones de inspección sanitaria a buques factoría congeladores y de transporte de productos de pesca sito en puertos de países terceros y de mantener las tarifas de la inspección sanitaria, la presente ley reproduce la redacción dada por el Decreto-ley 3/2015, de 23 de marzo, a los artículos 41 y 46 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de Función Pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, y se adoptan medidas excepcionales en materia de sanidad animal.

(Aragón)

Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016 (BOA 3-2-2016).

En la disposición adicional vigesimoprimera se regula la tarifa del impuesto sobre la contaminación de las aguas.

Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 3-2-2016).

En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se introduce una aclaración en relación con el cómputo de los plazos para la presentación de autoliquidaciones, relativa a las adquisiciones por el nudo propietario de usufructos pendientes del fallecimiento del usufructuario en que el dominio haya

Page 126

sido objeto de desmembración a título oneroso. Simultáneamente, se introduce otra norma aclaratoria relativa al cómputo de plazos en la presentación de autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En esta última materia se incluyen también unas precisiones sobre el alcance de la reducción en la base imponible del impuesto a favor del cónyuge y de los hijos del donante.

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se introducen dos nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica del impuesto, con diversos requisitos y cuantías: por inversión en entidades de la economía social y por adquisición de abonos de transporte público. Asimismo, se modifica el Impuesto sobre el Patrimonio, limitando a 300.000 euros la aplicación de la bonificación del 99 por 100 de la cuota en los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.

En el capítulo II, referido al Impuesto sobre la contaminación de las aguas, la presente ley adopta diversas medidas al respecto.

En primer lugar, considerando el principio de unidad del ciclo y de los sistemas hidráulicos y el ámbito objetivo del referido derecho ciudadano, resulta evidente la necesidad de ampliar la afección del impuesto al conjunto de actuaciones destinadas a satisfacerlo, entre las que figuran en lugar destacado las relativas al abastecimiento.

En segundo lugar, se recupera el régimen de bonificaciones en este impuesto del que venían disfrutando las entidades de población que no disponen de instalaciones de tratamiento en funcionamiento, diferenciándose la cuantía de la bonificación en función de su población. Así, se establece una bonificación del 75 por 100 de la tarifa para las entidades de población de menos de 200 habitantes, y del 60 por 100 para las que tengan una población igual o superior, si bien, como disposición transitoria, se prevé que durante el año 2016 dichas tarifas serán del 80 y del 70 por 100, respectivamente.

Por último, se establece una disposición modificativa para adecuar la situación específica del municipio de Zaragoza. En este caso, se prevé que la bonificación sea del 60 por 100 de la tarifa, si bien también con carácter transitorio durante el año 2016 será del 70 por 100, aplicándose este mismo régimen a aquellos otros municipios aragoneses que hayan costeado su depuradora.

Las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2016, no experimentan ningún incremento general de las cuantías, siendo aplicables, para dicho ejercicio, los importes vigentes durante 2015, con algunas excepciones que se recogen en la presente ley.

Page 127

Asimismo, las modificaciones y, en su caso, creación de Tasas, reguladas en el capítulo III del título I de la presente ley, se circunscriben exclusivamente, por una parte, a aquellas operaciones modificativas o innovadoras puntuales que derivan de los correspondientes cambios en la normativa del sector del que traen causa y, por otra, a aquellas modificaciones puntuales necesarias tanto para la mejor exacción de las tasas por los servicios gestores como para facilitar las operaciones de liquidación y pago por parte de los sujetos obligados al pago.

En la Disposición adicional decimoquinta se establece que el Gobierno de Aragón aprobará un proyecto de ley de creación de un Impuesto sobre depósitos en entidades de crédito, con el carácter de impuesto propio de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los tér-minos que se establezcan en la legislación básica estatal.

Se suspende, durante el ejercicio 2016, la vigencia de la regulación relativa al Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable, creado por la Ley 10/2015, de 28 de diciembre, de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Orden HAP/79/2016, de 5 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo de 26 de enero de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento para el pago de tributos propios y otras deudas de derecho público con la Comunidad Autónoma de Aragón hasta la cantidad de 30.000 euros (BOA 23-2-2016).

(Castilla-La Mancha)

Orden de 03/02/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban las normas para la aplicación de los medios de valoración previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los bienes inmuebles de naturaleza urbana en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2016 (DOCM 11-2-2016).

(Cataluña)

Orden ECO/3/2016, de 11 de enero, por la que se dejan de suministrar los impresos de autoliquidaciones gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña y se deroga el artículo 25 de la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviem-

Page 128

bre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña (DOGC 18-1-2016).

Orden ECO/4/2016, de 11 de enero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 990, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial (DOGC 18-1- 2016).

Decreto 183/2016, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre las viviendas vacías (DOGC 18-2-2016).

Orden VEH/35/2016, de 19 de febrero, por la que se aprueban los mode-los de autoliquidación 510, del impuesto sobre las viviendas vacías, y 900, del gravamen de protección civil (DOGC 26-2-2016).

(La Rioja)

Orden 1/2016, de 17 de febrero, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se eleva a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías para el aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público cuya gestión recaudatoria corresponda a la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BORJ 19-2-2016).

(Murcia)

Ley 1/2016, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016 (BORM 6-2-2016).

El título VI "Normas tributarias" está dedicado a las medidas de naturaleza tributaria y se divide en dos capítulos.

El capítulo I contiene las modificaciones introducidas en los tributos cedidos.

En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se modifica la deducción autonómica por donativos con el objetivo de ampliar las entidades destinatarias de las donaciones dinerarias que dan derecho a la aplicación de la deducción. En concreto, se amplía el concepto actual de las fundaciones y se añaden las asociaciones declaradas de utilidad pública y las federaciones deportivas.

Dentro del mismo tributo, se crea una nueva deducción autonó-mica por gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto para los estudios de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.

Page 129

Finalmente, se regula la tarifa autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para establecer su vigencia durante 2016 y mejorar la redacción del artículo que la establece.

En el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se crean dos nuevas reducciones de la base imponible en la modalidad de sucesiones y otras dos nuevas reducciones en la modalidad de donaciones, con una configuración análoga.

En primer lugar, se establece una reducción del 99 por ciento por la adquisición mortis causa o inter vivos de bienes de interés cultural o catalogados del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a favor de ascendientes, cónyuges o descendientes.

En segundo lugar, se establece una reducción del 99% por la adquisición mortis causa o inter vivos de bienes de relevancia cultural declarada por cualquier Administración, siempre que el adquirente ceda dichos bienes, durante al menos diez años, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para su exposición en museos cuya titularidad o gestión correspondan a la misma.

El capítulo II está dedicado a las medidas relacionadas con los tributos propios de la Comunidad Autónoma.

En primer lugar, se establece la congelación del importe de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR