Resumen
EXTINCIÓN DE COMUNIDAD.
Dos socios de una Comunidad de Bienes, titular de un negocio de comercio de carburantes (gasolinera), deciden la extinción de la Comunidad, quedando uno como titular del 100%, a cambio de pagarle al saliente el valor del 50%, conforme al valor acordado. Se trata de saber el tratamiento fiscal y contable de la cantidad pagada por el socio que queda al saliente. Dado que una parte el valor acordado es el fondo de comercio del negocio, ¿podría ser amortizable y deducible fiscalmente?Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Extinción de una comunidad
Entendemos que resulta evidente que al quedar uno de los dos comuneros como titular del 100% de la propiedad del negocio la comunidad de bienes se extingue como tal, como además ustedes indican, a pesar ...
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