Código Ético de la Sociedad Española de Medicina Intensiva Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC)

Páginas123-132

Page 123

1. Introducción

Los estatutos de la SEMICYUC definen a ésta como una Corporación Científico - Médica, formada esencialmente por médicos dedicados a la Medicina Intensiva y carente de ánimo de lucro.

Los objetivos fundamentales de la SEMICYUC son:

  1. Colaborar en la mejora de los niveles de salud de la población, cooperando en la prevención de los procesos críticos con mayor incidencia en la salud pública.

  2. Contribuir a la educación sanitaria de la población principalmente en relación a la patología grave más frecuente.

  3. El estudio teórico y práctico de las enfermedades que entran dentro del marco de la especialidad Medicina Intensiva.

  4. Colaborar en el desarrollo y estructuración de la Medicina Intensiva Crítica y la asistencia sanitaria general.

  5. Contribuir a la formación médica en sus diferentes niveles y de manera muy especial en los programas de formación de médicos especialistas en Medicina Intensiva.

  6. Favorecer el perfeccionamiento profesional de todos sus miembros.

  7. Representar a sus miembros ante las personas y entidades públicas o privadas, así como asesorarles sobre los aspectos sociales, profesionales, deontológico, y todos aquellos que se deriven de la práctica de la Medicina Intensiva.

  8. Defender los intereses profesionales de sus miembros.

  9. Representar a España en las Sociedades Internacionales pertinentes, y a éstas en nuestro país.

Todo ello enmarcado en los objetivos generales de la Medicina:

* La prevención de la enfermedad y de las lesiones y la promoción y mantenimiento de la salud.

* El alivio del dolor y del sufrimiento causado por la enfermedad y las dolencias.

* La asistencia y curación de los enfermos y el cuidado de los que no pueden ser curados.

* Procurar evitar la muerte prematura y velar por una muerte digna.

En este sentido la SEMICYUC propone un código ético para cumplir con los objetivos, expresados en sus estatutos, de una forma razonable y con una base Page 124 moral o ética que tenga en cuenta tanto el enfermo como al Médico Intensivista, fomentando la base de la medicina, que es la relación médico-paciente (relación clínica) integrada en una estructura asistencial que es la del centro donde presta sus servicios.

La SEMICYUC, siendo esencialmente una sociedad científica, debe disponer de un código de conducta en el que se plasmen los aspectos más relevantes de la relación médico paciente, la relación con los proveedores, la investigación y la docencia.

La leyes, el código deontológico y los principios básicos de la Bioética clínica: Autonomía,

Beneficencia, No Maleficencia y Justicia son la base de las siguientes afirmaciones y principios que sustentan la toma de decisiones que la SEMICYUC debe adoptar frente a posibles conflictos.

Este código pretende ser una guía de conducta para los miembros asociados de la SEMICYUC y no un tribunal para juzgar las mismas. La libertad de acción del médico ha de estar por encima de cualquier tipo de presión indebida, pero sí es aconsejable que los miembros de la SEMICYUC conozcan, recuerden, asuman, respeten y promuevan las leyes y los principios y modos éticos de hacer en la sociedad que les ampara (la propia SEMICYUC y la sociedad civil en general).

2. Respecto a los derechos de los enfermos

El enfermo es sujeto de toda clase de derechos y la enfermedad una circunstancia en la vida del paciente. El papel protagonista que el ciudadano va adquiriendo en los temas de salud hace necesario el desarrollo y garantía del cumplimiento de este capítulo.

Los puntos que a continuación se exponen son la base en que se centra el respeto a los derechos de los enfermos, especialmente, en el respeto de la dignidad y autonomía. La SEMICYUC velará para que se respeten todos estos principios en los Servicios de Medicina Intensiva y Críticos (SMIC) de los centros asistenciales de España.

Todo paciente es vulnerable y cuanto más enfermo y grave esté, más vulnerable es; por tanto, precisa más cuidado y respeto evitando ingerencias externas, siendo en gran parte los médicos intensivistas los garantes de su seguridad y respeto.

2. a Seguridad general

El Centro Sanitario y el SMIC debe responsabilizarse de la integridad y seguridad de las personas que tiene albergadas frente a cualquier riesgo de carácter personal.

2. b Derecho a la información

Debe ser verdadera, comprensible y adecuada a las necesidades de cada paciente, de forma que le permita participar en la toma de decisiones referentes a todo el proceso diagnóstico y terapéutico. El titular del derecho es el propio paciente y el médico responsable garantizará el cumplimiento de este derecho. Cuando la capacidad del paciente esté comprometida, Page 125 o se cuestione para la información y toma de decisiones, se contará con la familia y sus representantes o allegados.

2. c Intimidad

La institución y su personal deben ser especialmente cuidadosos con el respeto a la intimidad de sus pacientes.

2. d Confidencialidad

La gran cantidad de datos personales imprescindibles para una buena asistencia sanitaria, la informatización y en general los medios técnicos disponibles actualmente, hacen especialmente accesibles los datos privados del enfermo. Tanto los socios de la SEMICYUC como las instituciones donde desarrollan su labor deben comprometerse a la custodia y buen uso de los datos personales de los pacientes y/o relativos a la salud de los mismos.

3. Respecto a la autonomía del paciente
3. a Consentimiento informado

Representa la expresión del derecho a aceptar o rechazar libremente un procedimiento diagnóstico o terapéutico tras haber sido informado de las ventajas e inconvenientes del mismo, teniendo en cuenta los límites establecidos por la Ley. Incluye el derecho a rechazar la participación en estudios, investigaciones o ensayos clínicos. En caso de incompetencia se obtendrá el consentimiento por representación. La SEMICYUC ha elaborado y publicado la recomendación del Consentimiento Informado en los Servicios de Medicina Intensiva y Crítica (SMIC)1.

3. b Instrucciones Previas (o Voluntades Anticipadas)

Supone respetar los deseos y voluntades manifestados de forma anticipada, en un documento firmado por el enfermo, sobre los cuidados y el tratamiento de su proceso asistencial cuando no sea capaz de expresarlos por sí mismo debido al estado de su enfermedad. Y así mismo, si el enfermo ha designado un representante, éste será el interlocutor válido en la toma de decisiones2(2).

3. c Derecho a morir con dignidad

El SMIC prestará especial atención al tratamiento y cuidados del final de la vida, disponiendo de protocolos o guías de práctica clínica, respetando los deseos del paciente siempre que sea posible. La SEMICYUC y los SMIC promoverán la formación continuada de los médicos intensivistas en los problemas derivados del final de la vida. Page 126

3. d Participación de la familia

Si es voluntad del paciente, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR