Estudio individualizado de supuestos de exceptio utilis

AutorCarmen Gómez Buendía
Páginas81-244
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ESTUDIO INDIVIDUALIZADO DE SUPUESTOS DE
EXCEPTIO UTILIS
4.1. DELI MITACIÓN DE LAS FUENTES
En este apartado apuntaremos una serie de fragmentos en los que
aparece la expresión “exceptio utilis”.164 Cómo se observará, los tex-
tos obtenidos proceden mayoritariamente del Digesto exceptuando
los tres últimos pertenecientes al Codex:
Iul. 45 dig. D. 4.4.41
Ulp. 29 ed. D. 14.6.7.1
Afr. 4 quaest. D. 16.1.17pr.
Afr. 4 quaest. D. 16.1.19.5
Paul. 33 ed. D. 18.5.3
Ulp. 2 disp. D. 19.5.21
Marcian. 1 ad form. hyp. D. 20.1.13.2
Marcian. 1 ad form. hyp. D. 20.4.12pr.
Afr. 8 quaest. D. 21.1.51.1
Scaev. 18 dig. D. 32.37.4
Afr. 9 quaest. D. 44.1.16
C. 2.4.9 -
no A. II et Pompeiano Conss.>.
164 Para la búsqueda de textos se ha consultado: -
tiae Romanae in memoriam Theodori Mommsen qui hoc opus fundavit II, Berolini,
1933; , H.-, E., cit.; 
    
Torre, Catania, 2002.
82 
C. 3.1.2 Sev. et Ant. AA.  -
no et Rufo Conss.>
C. 4.32.5   
Non. Iul. Geta Cons.>
Antes de iniciar el estudio de los fragmentos en los que la ex-
presión aparecería en un sentido predicativo, analizaremos un texto,
Ulp. 2 disput. D. 19.5.21, al resultar más conveniente desde un punto
de vista sistemático, trasladarlo a esta sede. Si bien este fragmento
no resulta de utilidad para la identificación del concepto técnico de
exceptio utilis del derecho romano clásico, sí resulta válido para se-
ñalar la noción posclásica de exceptio utilis que no se identificará
con el concepto clásico. Se trata de un fragmento importante, defini-
torio, pero casi con toda seguridad interpolado, pero a nuestos efec-
tos, permite afirmar la existencia de la categoría exceptio utilis.
Ulp. 2 disput. D. 19.5.21:  
utilis actio vel exceptio est.
El fragmento lo encontramos bajo la rúbrica De praescriptis ver-
bis et in factum actionibus. Se trata de un fragmento del libro segun-
do de las disputationes de Ulpiano. Lenel en la Palingenesia, sitúa el
texto al final del libro segundo en el fragmento 53 y añade una nota
sugiriendo la posibilidad de añadirlo al fragmento 41, Ulp. 2 disput.
D. 10.2.48. El fragmento hace referencia a que siempre que falte una
acción o excepción se dará una acción o excepción útil. Teniendo en
cuenta el contenido, resulta evidente que nos encontramos ante un
fragmento interpolado.165 Sobre esta cuestión Nicosia apunta que “si
 
 
un sistema che non di rado i tribonianei adottarono quando vollero
introdurre generalizzazioni... ovvero innovazioni radicali...”.166
En el derecho justinianeo, la expresión exceptio utilis tiene
un significado impreciso y pierde su sentido técnico, cómo tam-
165 ,  pp. 120-125; ,  pp. 714-715;
,  p. 142; , E., cit., p. 420; ,
B., cit., p. 51, nt. 2.
166 , pp. 121-122.
 EN EL PROCEDIMIENTO FORMULARIO ... 83
bién sucede en el caso de la exceptio in factum.167 Probablemente
los términos “in factum” y “utilis” se utilizarían indistintamen-
te168 para designar un genérico medio de defensa del demandado
a falta de una excepción “ordinaria”.169 Incluso los compiladores
introdujeron el principio de que de toda exceptio in factum deriva
de una exceptio doli, identificándose de este modo ambas excep-
tiones.170 En cualquier caso, lo que resulta relevante del fragmen-
to es la referencia a las categorías actio utilis / 
evidenciando dicha alusión que estas categorías eran conocidas
por los compiladores.
Anteriormente hemos apuntado que la expresión “exceptio uti-
lis” aparecía en las fuentes en dos sentidos: en un sentido técnico-
jurídico y en un sentido meramente predicativo. A continuación, rea-
lizaremos una aproximación a los fragmentos en los que la expresión
exceptio utilis” aparece en sentido predicativo, reservando para un
análisis más exhaustivo en el siguiente apartado, aquellos otros en
los que la expresión a priori sugiera un sentido técnico. Los textos
que analizaremos en esta sede siguiendo el orden establecido en las
fuentes son los siguientes:
Paul. 33 ed. D. 18.5.3
Marcian. 1 ad form. hyp. D. 20.1.13.2
Marcian. 1 ad form. hyp. D. 20.4.12pr.
Scaev. 18 dig. D. 32.37.4
Afr. 4 quaest. D. 16.1.17pr.171
C. 3.1.2 Sev. et Ant. AA.  
Conss.>
C. 4.32.5  
Geta Cons.>
167 , p. 142.
168 , E., cit. pp. 420-421;  A., Sobre las pre-
tendidas acciones reales “in factum”
169 , p. 124.
170 ,  p. 124; , B., cit., pp. 50ss.
171 Teniendo en cuenta que en este trabajo se dedica un capítulo al análisis de
varios fragmentos contenidos en la misma rúbrica: -
num, hemos considerado más conveniente situar la exégesis de este fragmento en
el capítulo en el que se trata la Vid. infra, pp. 162ss.

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