Estimación de la reclamación extrajudicial como causa de interrupción de la prescripción extintiva de acciones en el ámbito mercantil. La nueva doctrina de la Sala 1.a del TS (Sentencia de 31 de diciembre de 1998)

Revista Crítica de Derecho InmobiliarioNúm. 662, Noviembre - Diciembre 2000

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Abogados Civil

Resumen


La Sala centra el objeto del debate jurídico en. el motivo segundo de la sentencia, considerando la prevalencia de aplicación, del artículo 1.973 del Código Civil, cuya fuerza expansiva e integradora hace posible que se estime eficaz en el ámbito mercantil la reclamación, extrajudicial como medio adecuado para interrumpir la prescripción de las acciones mercantiles, a pesar del texto del artículo 944 del Código de Comercio, que omite esta causa de interrupción. Argumenta la Sala que no existe causa que justifique la pretendida «especialidad» del artículo 944, frente al Derecho Común de las obligaciones y contratos mercantiles. La jurisprudencia viene determinando que nuestro ordenamiento permite, tanto en. el tráfico civil como en. el mercantil, la interrupción de la prescripción extintiva por efecto de la reclamación extrajudicial, considerando la tesis unitaria de las causas de interrupción para ambos ámbitos, doctrina jurisprudencial ya expuesta con anterioridad en la sentencia del TS de 4 de diciembre de 1995.

Original


SENTENCIA DE 31 DE DICIEMBRE DE 1998

OBJETO: Prescripción extintiva: interrupción de la prescripción en el ámbito mercantil mediante reclamación extrajudicial del acree...

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Extracto


Estimación de la reclamación extrajudicial como causa de interrupción de la prescripción extintiva de acciones en el ámbito mercantil. La nueva doctrina de la Sala 1.a del TS (Sentencia de 31 de diciembre de 1998)

Comentario

1. Introducción

Independientemente del Fundamento de Derecho primero, sobre la discusión jurídica de la calificación otorgada al contrato realizado entre las partes, hecho que no tiene la entidad jurídica suficiente para que ello afecte al fallo del recurso de casación, es en el Fundamento de Derecho segundo donde se plantea el núcleo de la cuestión jurídica, esto es, si debe prosperar, o no, la reclamación económica efectuada por la demandante, ahora recurrente. Así, la controversia está delimitada en determinar si la reclamación extrajudicial realizada en forma de carta y remitida por conducto notarial a la demandada, en la cual se reclamaba la cantidad solicitada en el suplico de la demanda, es causa de interrupción de la prescripción extintiva, dado que estamos en presencia de un contrato mercantil, teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 944 del Código de Comercio.

Quizá sea un poco inusual iniciar el comentario de una sentencia, tomando como punto de partida un comentario sobre otra anterior, donde el objeto central de la materia jurídica también venía determinado por considerar como medio idóneo de interrumpir la prescripción de las acciones, la reclamación extrajudicial en un contrato mercantil, me refiero a la STS de 4 diciembre 1995, comentada en los Cuadernos Cívitas de Jurisprudencia Civil, 41, 1106 por Badenas Carpio. Este autor nos introduce en su comentario, refiriéndose a la especie de empate que se había producido entre las sentencias de 23 de noviembre de 1917 (Colección Legislativa de España, Jurisprudencia Civil, tomo LIX, Vol. III de 1917, págs. 777 a 789) y 26 de junio de 1918 (Colección Legislativa de España, Jurisprudencia Civil, tomo LXI, Vol. II de 1918, págs. 803 a 811). La sentencia citada de 4-12-1995, supuso romper ...

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