Espert Sanz, Vicente: La frustración del fin del contrato

AutorTeresa Puente Muñoz
CargoProfesor Adjunto de Derecho Civil
Páginas226-230

Espert Sanz, Vicente: La frustración del fin del contrato. Editorial Tecnos. Madrid, 1968, 263 págs.

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Cualquier aportación al viejo y debatido tema de la alteración de las circunstancias sobrevenidas en la vida de los contratos es siempre interesante, porque siempre tiene actualidad.

Por otra parte, la aportación doctrinal en nuestro Derecho no es muy abundante en la materia que se aborda especialmente en este estudio: la frustración del fin del contrato. También por la cautela con que la jurisprudencia procede en esta esfera de problemas, siempre supone un recordatorio de la necesidad de arbitrar soluciones a la amplia gama de cuestiones que suscita.

Cuando la aportación, como sucede en este caso, es obra de un fino jurista que une a sus conocimientos de Derecho la experiencia de la práctica notarial vivida dia a día, el interés de la aportación se multiplica.

El doctor Espert Sanz inicia su obra con una Introducción, en la que presenta el tema. Y esta Introducción se comienza con una afirmación que no podemos compartir, que, en todo caso, es discutible y sobre la que no parece que el autor de esta Monografía se haya detenido a pensar demasiado: la afirmación de que la docencia del Derecho, cuando se ejercita con exclusividad, no es una profesión jurídica pura.

Es curioso que la pureza jurídica se una a la idea de práctica jurídica. Que docencia se tenga todavía como inexperiencia de la realidad jurídica cuando no se ejerce la práctica forense o cautelar simultáneamente. Que se olvide que, si la "pureza" del Derecho viene conservada por algún sector de los "profesionales" del Derecho (y me duele el término "profesionales" por lo que en ciertos órdenes tiene de peyorativo), son seguramente los docentes del Derecho, consagrados a la investigación al mismo tiempo, los encargados de conservarla. Si la jurisprudencia cautelar busca en la esfera práctica arbitrar soluciones cuando las Leyes no se encargan de hacerlo, también el investigador puro intenta construir lo que el legislador no prevee para evitar los litigios o simplemente resolver los problemas en la colisión de intereses.

La obra tiene un objeto fundamental, el del estudio del siguiente punto-dice el autor-: si un contrato es ineficaz o, mejor dicho, si un contrato puede perder su eficacia, aunque haya nacido totalmente válido, si, como consecuencia de acontecimientos posteriores a su formación, la prestación que una de las partes esperaba, ha perdido utilidad para ella. Una vez aceptada la posibilidad de hablar, de que algo de eficacia se ha perdido, ¿cuál será el tipo de la ineficacia y cuáles sus efectos?

En la doctrina, el fin del contrato no es concepto que aparezca claramente delimitado; por el contrario, aparece unido a las ideas de causa, motivo, razón económica, el tipo, la esencia del contrato. Así lo encontramos en los textos de Capitant, Miccio, Barassi; en todo caso, la doctrina pone de relieve el interés del tema cuando lo aborda siquiera sea incidentalmente y sin acabar de delimitarlo. El fin del contrato importa en tanto su frustración puede ser causa de ineficacia del mismo. El escollo máximo de la resolución del problema está en un principio fundamental, inspirador del régimen de la contratación: el de la seguridad de la contratación. Del viejo axioma pacta sunt servando,, concebido en toda la rigurosidad de sus términos. Sólo con el tiempo, al manifestarse la injusticia de la solución en tantos casos, se planteará la cuestión de arbitrar soluciones al problema de la variación sobrevenida de las circunstanciasPage 227 y su incidencia en la eficacia del contrato. Recuerda el autor las teorías, que luego analizará, de la cláusula rebus sic stantibu, la doctrina de la presuposición, la de la base del negocio, etc. También presenta una serie de supuestos jurisprudenciales, en los que la idea de la frustración del contrato aparece más o menos delimitada y aceptada por nuestro Tribunal Supremo. En todo ello, el señor Espert fundamenta la exigencia del estudio del tema la frustración del fin del contrato, que, por otra parte, "ni ha sido planteado con rigor conceptual ni consagrado por una decisión jurisprudencial que lo encuadre o delimite de modo sustantivo".

Estudia a continuación el problema dentro del Derecho inglés. Gran...

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