La enseñanza clínica del Derecho y los centros de conciliación: ¿un ejemplo efectivo en la resolución alternativa de conflictos extrapolable a España?

AutorPaula Comellas Angulo
Cargo del AutorDoctoranda de la Facultad de Derecho de la Universidad de Deusto. Profesora de Derecho internacional privado y de Seminario de Investigación Dirigida en la Universidad Católica y en la Universidad de los Andes, Bogotá, Colombia
Páginas453-464
La enseñanza clínica del Derecho y
los centros de conciliación: ¿un ejemplo
efectivo en la resolución alternativa de
conflictos extrapolable a España?
PauLa coMeLLas aNguLo
Doctoranda de la Facultad de Derecho de la Universidad de Deusto. Profesora de Derecho
internacional privado y de Seminario de Investigación Dirigida en la Universidad Católica
y en la Universidad de los Andes, Bogotá, Colombia
SuMaRIO: 1. INTRODUCCIÓN. 2. LOS CONSULTORIOS O CLÍNICAS JURÍDICAS. 2.1. Contex-
tualización. 2.2 . Funcionamiento de los consultorios o clínica s jurídicas. 2.3. Centros de c oncilia-
ción de los consultor ios jurídicos. 2.4. Competencias ge néricas y específicas a las que contribu ye
el consultorio jurídico. 3. FORMAC IÓN JURÍDICA PROFESIONAL IZANTE TRAS EL EEES. 3.1.
Opciones de gr ado en derecho tras la implementación del EEES en España. 3.2. Requisitos para
acceder a la carrera de abogado y procurador en España. 4. ANÁLISIS DEL ESCENARIO ESPA-
ÑOL. 4. 1. Los mecanismos al ternativos de resolución de conflictos en el ordenamiento jurídico
español. 4.2. ¿Ha sta qué punto es viable la imple mentación de la enseñanza clín ica y de los
centros de conciliaci ón en las facultades de derecho españolas? 5. CONSID ERACIONES FINALES.
1. Introducción
La implementación del Proceso de Bolonia en el año 2010 supuso una refor-
ma estructural de la carrera de Derecho en la mayoría de las universidades del con-
tinente europeo. Para ello, además de algunas redenominaciones en las asignaturas
de los programas, se produjo un cambio en los requisitos exigidos por las Facultades
de Derecho para la obtención del grado. Entre ellos, destaca la elaboración de un
trabajo de n de grado y la realización de prácticas externas. Así mismo, a nivel le-
gislativo, se produjo una reforma sustancial de los requisitos para acceder a la carrera
de Abogado y Procurador. El objetivo principal de estos cambios era formar a los fu-
turos juristas en las competencias exigidas por una sociedad que se internacionaliza
y romper las barreras existentes entre el mundo educativo y el laboral.
Lo anterior, unido a que la sociedad actual se encuentra sumida en una crisis
económica sin precedentes y en consecuencia, cada día más litigiosa, hace que se consi-
dere pertinente realizar un análisis de la enseñanza clínica del Derecho en el continen-
te americano. En el caso de América Latina, la ley establece la realización de prácticas
en los Consultorios o Clínicas Jurídicas de las Facultades de Derecho como parte in-
tegral de la carrera y requisito sine qua non para obtener el Grado. Estos Consultorios
Jurídicos, y en concreto los Centros de Conciliación de los mismos, juegan un papel
CapíTulO VII
MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO DEL DERECHO INTERNACIONAL
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UNIJES2013.indb 453 03/07/14 07:40

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