La responsabilidad civil del empresario derivada de accidentes laborales: en especial por acoso moral o mobbing (novedades de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social), de M.ª Dolores Casas Planes

AutorM.ª Fernanda Moretón Sanz
CargoProfesora del Departamento de Derecho Civil UNED
Páginas2023-2026

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La monografía in comento, desde el momento inicial gracias a las citas incluidas con carácter previo a su contenido, proporciona las claves del análisis de las conductas dañosas por accidentes laborales que, en su caso, pueden traer aparejada la responsabilidad civil del empresario. Al tiempo, la cuidadosa elección temática y su desarrollo, da buena cuenta del carácter y temperamento de la profesora Casas planes, incansable investigadora y docente universitaria, capaz de abordar distintas líneas de trabajo, sin que la dificultad y dureza del fondo técnico le impida mantener su objetividad científica. Sin pretensiones de exhaustividad, baste mencionar alguno de sus trabajos publicados en nuestro panorama editorial: «Antecedentes históricos de la responsabilidad civil del menor de edad y del incapaz, y la de sus guardadores: estudio comparativo de su criterio de imputación», en ADC, 61, 1, 2008, págs. 147-207; «Reflexión acerca del daño moral al enfermo psíquico derivado de actuaciones judiciales y del funcionamiento anormal de la Administración Pública (Propuesta de lege ferenda)», en La Ley: Revista Jurídica Española de Doctrina, Jurisprudencia y Bibliografía, 2, 2007, págs. 1854-1864; «Contribución de la víctima a la producción del daño: análisis jurisprudencial del supuesto de la víctima menor de edad e incapaz», en Práctica derecho daños: Revista de Responsabilidad Civil y Seguro, 52, 2007, págs. 5-22; «La reparación y la responsabilidad civil ex delicto en la LO 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal del menor de edad, modificada por la LO 8/2006, de 4 de diciembre», en Revista de Derecho Privado, 91, 4, 2007, págs. 33-62; «La responsabilidad civil derivada del acto dañoso penalmente tipificado cometido por el menor de edad», en Revista de Estudios Jurídicos, 3, 2000, págs. 81-118; «Estudio de la responsabilidad civil personal de las autoridades, funcionarios y agentes de la Administración Pública: referencia a la responsabilidad patrimonial de la Administración por daños causados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad», en Estudios de Derecho Civil en homenaje al profesor José González García, 2012, págs. 269-296; «Notas sobre el internamiento de los mayores en hospitales y residencias geriátricas», en Derecho y familia en

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el siglo XXI: el Derecho de Familia ante los grandes retos del siglo XXI, vol. 2, 2011, págs. 1089-1100.

Y sobre la mencionada cita y declaración de intenciones a la que nos hemos referido en el párrafo anterior, dice así: «No caigamos en la tentación de creer que la legislación y los decretos jurídicos solo juegan un papel menor en la solución de estos problemas. La moralidad no puede dibujarse en forma de ley, pero la conducta puede ser regulada, los decretos jurídicos no pueden cambiar los corazones de los hombres, pero pueden moderar a los sin-razón (…). Los hábitos de la gente, ya que no sus corazones, han cambiado y siguen haciéndolo a diario por actos legislativos, decisiones judiciales y medidas administrativas» (Martin Luther King, 1929-1968, La fuerza de amar, ed. La voz de los sin voz).

La estructura y sistemática elegida se ventila en cuatro...

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