Efecto de la firma digital

AutorCNV - Argentina
CargoLa primera ley de firma digital establece que firma digital produce casi los mismos efectos legales que la manuscrita

General

Cuando el régimen jurídico requiere una firma, o prevé ciertas consecuencias de la falta de firma, dicho sistema de derecho queda cumplido con una firma digital en los siguientes casos:

  1. Si la firma digital se verifica por referencia a la clave pública mencionada en un certificado válido emitido por una autoridad certificante acreditada;

  2. Si la firma digital fue suscripta por el firmante con la intención de firmar el mensaje, y

  3. Si el destinatario no tiene conocimiento de que el firmante:

  4. haya infringido un deber en su calidad de suscriptor, o bien

  5. no posea legalmente la clave privada usada para suscribir la firma digital.

    Otras firmas

    Sin embargo, las disposiciones del presente capítulo no impiden que un símbolo sea válido como firma bajo otra ley aplicable, tal como el Código Comercial Uniforme de Utah, artículo 70A-1-201(39).

    Comisión impositiva

    El presente artículo no limita la facultad de la Comisión Impositiva del Estado para establecer la forma de las declaraciones de impuestos u otros documentos que se presenten a dicha Comisión.

    Comentario

    1. Firmas realizadas bajo otra ley aplicable

      Tal como señala la última frase, este artículo no limita ni desvaloriza la aplicación de las definiciones de firma fuera de la presente Ley a símbolos o marcas que aparezcan en mensajes, que no sean firmas digitales. Una firma digital no verificada, o cualquier otro símbolo, pueden ser tratados como firma, según los términos del Código Comercial Uniforme 1-201(39), si `está realizada o es adoptada por una persona con la intención actual de autenticar un escrito¿. Este artículo rige sólo para las firmas digitales descriptas en él, y simplemente no se inmiscuye con la validez que puedan tener otros símbolos como firmas.

    2. Relevamiento de requerimientos de la firma

      Las exigencias de firmas son innumerables. Los siguientes constituyen algunos ejemplos de leyes y reglamentos que requieren firmas (las citas se refieren al Código Anotado de Utah, a menos que se especifique lo contrario):

      · Documentos de gobiernos locales: peticiones de anexión municipal, pedidos de desconexión municipal, ordenanzas municipales, ordenanzas de los condados.

      · Documentos de organizaciones comerciales: firma de acta constitutiva, firma de socios solidarios en certificado de sociedad en comandita simple, acta constitutiva de empresas de responsabilidad limitada, firma de acta constitutiva o certificado de consolidación por parte de representante autorizado, modificación de acta constitutiva de una sociedad, acta de fusión o consolidación, acta de disolución, cambio de representante autorizado, informes anuales, renuncia al derecho a ser notificado.

      · Ciertos contratos: de transferencia de bienes inmuebles, fianzas y otros tipos de contratos basados en el ex ley inglesa, acuerdos prematrimoniales, venta de bienes conforme al artículo 2 del Código Comercial Uniforme, leasing, documentos negociables, cartas de crédito, transferencia de cauciones, venta de cauciones, acuerdo de caución en el cual el asegurado no posee colateral, contrato testamentario, renuncia a obligación contractual según el Código Comercial Uniforme, prueba oral en la venta de bienes, oferta contractual en firme por parte de...

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