La doctrina de Bentham y el sistema registral de seguridad jurídica

Revista Crítica de Derecho InmobiliarioNúm. 699, Enero - Febrero 2007

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Abogados Civil

Resumen


Introducción. 1. Un nuevo derecho sobre una plataforma de ficciones. 2. Un derecho con sentido práctico. 3. Un derecho de juristas. 4. La seguridad jurídica debe ser su fin primordial. 5. El sentido objetivo de lo escrito es lo trascendente por razón de su publicidad. 6. El lenguaje jurídico es un medio de difusión del sentido práctico del derecho. 7. Las sociedades avanzadas deben atender a la evolución de la ciencia y a los principios políticos y sociales del momento, sin obviar los precedentes históricos. 8. Ahora es el tiempo de la tecnología científica. 9. El sentido práctico de nuestro derecho hipotecario. 10. Un claro ejemplo del utilitarismo se pone de manifiesto en la institución de la hipoteca.

RESUMEN

SEGURIDAD JURÍDICA

El gran reto jurídico del siglo XXI es la instauración de un ius novum universale como perfecta combinación del Derecho continental europeo, de inspiración principalmente romana, y el «common law» anglosajón, con su ancestral pragmatismo, sin que deba marginarse el sentido práctico propugnado por Jeremy Bentham, inspirador en el siglo XIX de un utilitarismo jurídico que aún persiste. El nuevo Derecho, con función primordial de utilidad, debe rechazar las falacias engañosas, pero se construye sobre una plataforma de ficciones útiles, que, como una especie de ingeniería jurídica, alumbra constantemente nuevas construcciones en el amplio espectro del concepto de «derecho», incluso en el ámbito de los derechos inscribibles que ya no se limita a los de estricto carácter real, y hasta pueden recaer sobre fincas ficticias (servicios y concesiones), y llegar a crear singulares derechos ideales (como los urbanísticos) de gran valor económico pero sin otra apariencia que la publicidad registral, lo que hace posible la «ficción» de su cognoscibilidad por todos y atribuirle, ex lege, la presunción de ser la «verdad oficial». Un Derecho de juristas, y no sólo de leyes y de jueces, cuyas resoluciones y decisiones deben expresar el sentir general de la sociedad. Y sin desconocer los antecedentes históricos desde la primacía de la ley se debe abogar por una interpretación pragmática que potencie las acciones individuales en un marco jurídico seguro. La seguridad jurídica debe ocupar el rango más elevado entre sus fines; por lo que su variante, la seguridad del tráfico, sirve de fundamento a los modernos Sistemas Registrales de Protección Jurídica, de gran desarrollo técnico, en los que una publicidad eficiente y el sentido objetivo de lo escrito transforman en público el acto otorgado inter partes, que deja de ser época para figurar intemporal, por lo que puede ser útil como determinante de decisiones futuras y preservación de situaciones óptimas. La ficción conjunta de la publicidad registral, con una documentación auténtica, conlleva el reconocimiento del principio de «fe pública» como un «valor» que tiene por base la certeza, la legalidad y la publicidad, y acogido a una «tutela judicial efectiva» que ampara la Constitución. El mismo lenguaje jurídico, incluso en los asientos registrales, debe facilitar su entendimiento y aplicación. Y aunque ahora domine en las sociedades avanzadas la tecnología científica y la globalización, la Justicia, en todas sus formas, incluso la Justicia Objetiva que opera en las calificaciones registrales, debe ser impartida con el más alto grado de raciocinio, evitando que el exceso de la informática deshumanice la actividad jurídica. En nuestro Derecho Hipotecario, un ejemplo del utilitarismo «benthamista» se manifiesta en la institución de la hipoteca, que actualmente funciona, no sólo como un derecho de garantía, sino como un derecho autónomo y un valor económico en sí mismo: el «crédito hipotecario», como una ficción más.

ABSTRACT

LEGAL CERTAINTY

The great legal challenge of the twenty-first century is the introduction of a jus novum universale, some perfect blend of continental European law, which draws heavily on Roman inspiration, and Anglo-Saxon common law, with its ancestral pragmatism, yet without losing sight of the practicality espoused by Jeremy BENTHAM, who inspired a nineteenth-century legal utilitarianism that still persists. The new law, whose primordial function is to be useful, should reject misleading fallacies, but it is built upon a platform of useful fictions, which, like some kind of legal engineering, is constantly spewing out new constructions under the broad spectrum of the concept of «law», even in the realm of registrable rights, which is no longer limited to strictly in-rem rights and may even encompass fictitious properties (services and concessions) and eventually create singular ideal rights (such as urban development rights) of great economic value but appearing only in publicity disclosed by the registration system, which renders possible the «fiction» of their knowability by all and gives them, ex lege, the presumption of being the «official truth». A law of jurists, and not just of laws and judges, whose resolutions and decisions must express the general feelings of society. And without ignoring historical background, from the standpoint of the primacy of the law we must advocate a pragmatic interpretation to strengthen individual actions in a framework of legal certainty. Legal certainty must hold the topmost place among the new law's goals; thus its variation, certainty in trade, serves as the foundation for modern, highly technically developed, legally protective title registration systems, where efficient publicity and the objective meaning of written terms transform an act executed between private parties into a public act, which ceases to be a time and appears as timeless, and therefore may be useful for determining future decisions and preserving optimum situations. The joint fiction of registration publicity and authentic documentation entails the acknowledgement of the principle of «the registrar's power to attest documents» as an «asset» whose base is built of certainty, legality and publicity, and which enjoys constitutionally supported «effective legal protection». Legal language itself, even in registration entries, should facilitate comprehension and application. And although scientific technology and globalisation rule in advanced societies, Justice, in all its forms, including the Objective Justice that operates in registrars' scrutinies of documents, must be handed out with the highest degree of ratiocination, preventing over-computerisation from dehumanising legal activity. In Spanish mortgage law, one example of «Benthamian» utilitarianism can be seen in the institution of the mortgage, which currently functions not only as a securing right, but also as an autonomous right and an economic asset in itself: «mortgage credit», as just another fictional creation.

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Extracto


La doctrina de Bentham y el sistema registral de seguridad jurídica

Introducción.

El mundo camina 1 hacia un ius novum universale, que deberá quedar integrado por un vasto repertorio de razonamientos con rigor lógico y decisiones con sentido práctico derivadas de la aplicación combinada del Derecho continental europeo y el common law anglosajón, desarrollados ambos en torno a la figura del juez como un verdadero «jurista», que tuvo su primera seña de identidad en la figura de buen Pretor romano 2, por lo que no debe marginarse de un utilitarismo pragmático, preconizado por el insigne juriconsulto y filósofo inglés del siglo XIX Jeremy BENTHAM; todo lo cual constituye el gran reto jurídico del siglo XXI, que va a estar dominado por la tecnología científica y la globalización.

Desde la época del Derecho Romano es primordial la distinción entre un Derecho Natural, que sólo deriva de la razón; un Derecho de Gentes, que se aplica al común de las personas, y un Derecho Propio que, añadiendo o sustrayendo algo a los anteriores, lo convierte en el Derecho de nuestro tiempo, de nuestra tierra y de nuestra gente.

La Filosofía del Derecho, al ocuparse del valor inmanente de la Justicia, nos enseña que según los principios del Derecho Natural, el uso y aprovechamiento de los bienes de la tierra es un derecho común e igual para todos. Pero esta afirmación, que, en su radicalismo estricto sería una auténtica «falacia» 3, resulta corregida por la Sociología Jurídica que se ocupa de la eficacia del Derecho, es decir, de la Ciencia y de la experiencia que examinan su validez y efectividad, puesto que la realidad imperante nos muestra que el mismo Derecho de Gentes excluye el uso igualitario e impone su «institucionalización» a través de un cúmulo de «ficciones» 4 jurídicas, para evitar que aquel uso común sea anárquico o se destruya la riqueza.

En esa institucionalización, que también viene impuesta por la razón y que, según la Ciencia Jurídica, determina lo que es naturalmente común y lo que conviene que sea privado o particular, descansa el reconocimiento de los derechos subjetivos reales, que son ficciones en las que cristaliza el contenido jurídico de los aprovechamientos económicos que se atribuyen a las personas sobre las cosas para satisfacer sus necesidades.

Para que sea eficaz un «derecho real» no basta, por tanto, con la apropiación de un bien concreto por el propio titular. En la realidad social, los derechos subjetivos no existen mientras no sean reconocidos por los demás a los que se impone ipso iure su respeto. Se componen, por tanto, de un señorío interno y un poder excluyente que se atribuyen a una voluntad determinada, y que van dirigidos, conjuntamente, a la realización de un interés 5 de conformidad con las normas jurídicas que le proporcionan las acciones necesarias para su protección durante todo el tiempo de su realización.

Pero, para que esta apropiación sea realmente eficaz debe exteriorizarse y manifestarse erga omnes, superando, incluso de modo ficticio, las barreras de lo materialmente imposible, lo que atribuye un papel esencial a la publicidad. Sobre todo a la «ficción» de una «publicidad eficiente» 6 como ins-trumento de difusión de aquello que, perteneciendo a un ámbito concreto y a una etapa determinada, se supone conocido por todos, por lo que deriva en general y permanente. Es decir, por su incorporación a un Registro oficial , el acto o contrato otorgado inter partes pasa del ámbito privado al público, y deja de ser época para figurar intemporal, por lo que puede ser útil como determinante de decisiones futuras y preservación de situaciones óptimas.

1. Un nuevo derecho sobre una plat...

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