Diseños industriales

Páginas1045-1051
a) Tribunal Supremo.
RELACIÓN CRONOLÓGICA YEXTRACTO
SENTENCIA DELTRIBUNAL SUPREMO DE 10 DE ABRIL DE 2008
(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.ª)
(Hidrojardineras)
Valor probatorio de los informes técnicos obrantes en el expediente de concesión
de un modelo industrial: en el presente caso deben prevalecer las conclusio-
nes contenidas en los informes técnicos, en los que claramente se afirma que
el modelo industrial cuestionado, hidrojardineras, no se encuentra anticipa-
do ni en la estructura ni en la configuración por ninguno de los modelos opo-
nentes, toda vez que tales informes, en atención al órgano administrativo
imparcial y técnico del que proceden, deben tener una especial consideración
y valoración a la hora de decidir.
Vid. infra por extenso.
SENTENCIA DELTRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE JUNIO DE 2008
( Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.ª)
(Bovedillas para construcciones, series A, B, C, número 140477)
Aplicación del artículo 188 EPI: no cabe considerar que en el modelo industrial
solicitado concurre la nota de novedad cuando las diferencias existentes con
otros modelos prioritarios son mínimas e intranscendentes, de modo que se
podrían confundir en el mercado. Debe tenerse en cuenta que en el sistema
derogado del EPI lo decisivo para apreciar las diferencias entre modelos
industriales es atender a que el conjunto tenga elementos diferenciadores
suficientes aun cuando pudiera existir alguna similitud derivada de caracte-
rísticas comunes o generales.
Vid. infra por extenso.
ADI
29 (2008-2009): 1045-1052
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