Determinaciones previas. Los fraudes deportivos

AutorIgnacio Francisco Benítez Ortúzar
Cargo del AutorCatedrático de Derecho penal de la Universidad de Jáen
Páginas15-38

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El mundo del Deporte ha alcanzado unas dimensiones sociológicas, económicas, culturales y educativas que irradian valores y modelos de comportamiento que traspasa todo tipo de límites y fronteras territoriales, sociales y económicas1. Y como tal fenómeno global también se ve directamente afectado por situaciones que permiten la aparición de variadas y complejas modalidades fraudulentas, no siempre abarcadas por los tipos penales tradicionales.

Si puede afirmarse que todos los finales de temporadas en determinadas competiciones deportivas (en el Fútbol, por ejemplo) en la prensa deportiva y sensacionalista se vierten "ríos de tinta" acerca de la rumorología relativa al "amaño" de partidos entre equipos que ya no se jugaban nada y aquellos otros que corrían un serio peligro de descender de categoría, o que aún aspiraban a ascender, ganar el campeonato o terminarlo en puestos que dan opción a jugar competiciones internacionales2; en los últimos años, con la incorporación

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de internet al mundo de las apuestas deportivas, tanto los sujetos, como los intereses directamente derivados de un determinado resultado, como las modalidades de conducta en el ámbito derivado de la práctica deportiva, se han multiplicado exponencialmente. En estas coordenadas, la importancia social del fenómeno, ha dado lugar a que lo que hasta hace muy poco tiempo había sido exclusivo de los "mass media" dedicados a la información deportiva y a la rumorología entre las distintas hinchadas futbolísticas, ha ido creciendo hasta convertirse en objeto preferente no sólo de los medios de información general, sino también, de resoluciones judiciales penales y de intervenciones parlamentarias recogidas en los diarios de sesiones de las cámaras legislativas. Incluso el fenómeno ha dado lugar a interesantes propuestas de reforma de la legislación punitiva, alguna de las cuales se ha materializado en la creación de nuevas figuras delictivas "ad hoc", necesitadas de un amplio estudio dogmático.

Las modalidades fraudulentas en el desarrollo del deporte giran en múltiples direcciones. Al respecto, pueden exponerse de forma sólo enunciativa algunos de los casos más recientes ocurridos en España y en otros Estados de la Unión Europea (como Alemania, Italia y Portugal)3:

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1.1. Algunos casos que reflejan el problema en el futbol español
1.1.1. "Amaño" de resultados con la finalidad de obtener un beneficio deportivo Las ramificaciones "futbolisticas" del "caso brugal"

Se trata de los tradicionales "amaños de resultados", con los que un deportista o una entidad deportiva es directamente beneficiada. El "Amaño" está dirigido a obtener un beneficio "deportivo", del cual, en el deporte profesional, va a derivarse un beneficio económico.

En el marco de la investigación penal del llamado "Caso Brugal" (relativo a una presunta trama de corrupción pública vinculada al negocio de la basura en la "Vega Baja", en la provincia de Alicante), por el Juzgado de Instrucción número 3 de Orihuela, como consecuencia de que de las comunicaciones intervenidas promotor inmobiliario E. Ortiz, a su vez máximo accionista del Hércules CF, surge el último caso de presuntas irregularidades en el desarrollo de una competición deportiva profesional en España. Al respecto, como un "hallazgo casual", en el curso de las comunicaciones telefónicas intervenidas aparecen unas conversaciones referentes a una supuesta compra de partidos para conseguir el ascenso del Hércules CF a la primera división de la Liga de Fútbol española. Ante los hechos que se derivan de la transcripción de la grabación de dichas comunicaciones, el Juez Titular de dicho Juzgado n. 3 de Orihuela, decide desglosar en pieza separada esta parte de la causa e inhibirse de ella por no declararse competente por motivos de competencia territorial, derivando la misma al Juzgado n. 7 de Alicante, que de inmediato decide archivar las diligencias por "no observar indicios delictivos". Las noticia salta a todos los medios de comunicación a finales del mes de julio de 2010, trascendiendo inicialmente sólo que se trataba de intentos de compra de partidos por parte del Hércules CF relacionados con operaciones tendentes a facilitar el ascenso a la Primera División en la pasada temporada, objetivo que finalmente consiguió. La reforma operada en el Código penal por LO 5/2010, de 22 de junio, podría haber cambiado el curso de las actuaciones de ser vigente en el momento en el que se cometen los hechos (durante el mes de mayo de 2010), si bien su entrada en vigor no se produce hasta el 23 de diciembre de 2010. De forma que, es pacífica la doctrina del Tribunal de instancia respecto a la inexistencia de indicios delictivos en el momento de la realización de los hechos. La cuestión jurídica, no obstante, se sustanciará posteriormente acerca del posible traslado de la transcripción de dichas grabaciones a los órganos disciplinarios deportivos y, en concreto, al Consejo Superior de

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Deportes, para poder iniciar las actuaciones pertinentes en vía administrativa y disciplinaria. Al respecto el Juzgado de Instrucción n. 7 en auto de 10 de diciembre considera que no es posible dicho traslado por suponer un atentado al secreto de las comunicaciones, decisión ratificada por la Audiencia Provincial de Alicante por Auto de 12 de agosto de 2010. Sobre las argumentaciones jurídicas del Ministerio Fiscal y del Abogado del Estado acerca de la pertinencia de dicho traslado a los órganos administrativos competentes en materia sanciona-dora administrativa deportiva y sobre las razones de los órganos jurisdiccionales para negarlos se hará una breve referencia más adelante. No obstante, en este momento introductorio, lo que interesa es exponer como "supuesto de hecho" el caso de presunto fraude4.

Como viene ocurriendo con demasiada frecuencia, aún cuando dichas actuaciones fueron declaradas secretas y no debieron ser transcritas en el su-mario de origen, al no ser constitutivas de delito en la fecha de autos ni estar relacionadas con el objeto para el que fueron autorizadas judicialmente las intervenciones telefónicas, las mismas fueron filtradas de inmediato a los medios de comunicación. Provocándose la compleja situación jurídica ante unos hechos detalladamente publicados que jurídicamente "no existen". Al respecto, el diario El País, con fecha de 5 de agosto de 2010, transcribe lo que se supone es el contenido de las conversaciones transcritas en el sumario del "Caso Brugal", que dieron lugar a la pieza separada de referencia.

A continuación, como ejemplo de lo que desde un perspectiva criminológica, puede ser constitutivo de un "fraude deportivo" de libro y que de ser vigente el artículo 286bis.4 CP en la fecha de los hechos hubiera dado lugar a una apertura de diligencias penales sin ningún género de dudas, al margen de que finalmente pudieran confirmarse los mismos para afirmar la existencia del delito, se trascriben a continuación las conversaciones publicadas, referentes a acontecimientos correspondientes a las jornadas 36, 37 y 38 de la temporada 2009/2010 de la segunda división de Futbol español5:

  1. Respecto de la Jornada 36 del Campeonato Nacional de Liga de segunda división:

    "Conversan Enrique Ortiz, accionista mayoritario del Hércules, y un familiar sobre el intento fallido de primas en el partido Hércules-Sa-

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    lamanca, y sobre la presunta compra del jugador Raúl Navas. Porte-ro del Córdoba, al que se habrían pagado, supuestamente, 100.000 euros para el decisivo de la jornada 36, que el conjunto alicantino venció por 4-0.

    Allegado: ¿Tú crees que van a decir que no?, dicen que se dejan, luego si ganan, ganan, y si pierden dirán que se han dejado [...] Puede que diga, oye, que queremos tanto, ¡no!, no queremos, vamos a jugar a ganar...¿tú crees que van a ser tan burros?

    Ortiz: Ellos saben [...]

    Allegado: [...] ¿El qué saben?

    Ortiz: Los futbolistas no son tontos, saben si se dejan o no...el otro partido, es que no se notó que el portero se había dejado...hostia, todo el mundo dice: macho, si no te conociese, lo rata que eres, pensaría que habíais comprado al portero.

    Allegado: ¿El portero del otro equipo? ¿de qué equipo estás hablando, ese partido?

    Ortiz: Del anterior, del último que ganamos aquí... le di 100.000 euros [por Navas]... en el primer gol de Tote se tira para el lado contrario... es que fue la hostia macho... ¿Tú lo viste?

    Allegado: Pero no sabía que habías pagado al portero, ¿el 4-0?

    Ortiz: El 4-0... 100.000 euros le había dado al portero.

    Allegado: Ahora me entero de eso, qué decepción... madre mía, qué decepción.

    Ortiz: (Ininteligible) Salamanca, le ofrecimos 150.000 euros, no quisieron... y les metimos también cuatro.

    Allegado: Qué decepción tío...

    Ortiz: Primero le íbamos a dar 300.000 al equipo... el equipo dijo que no se vendía, que le hacían falta los puntos, y que no se vendía... entonces cogimos al portero [por, presuntamente, el guardameta del Córdoba]... y le dimos 100.000.

    Allegado: Te toca los huevos, 4-0, no le canta al equipo (...) [por los compañeros del portero] Cabrón, tú es que te has quedado...` no saben.

    Ortiz. ¿No saben?

    Allegado: Circunstancia de mala racha... pero hostia, 4-0, para que no vea... ninguna duda, que...

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