La destrucción de bienes culturales en conflictos armados. Referencia histórica

AutorJesús Mª García Calderón
Páginas259-271
LA DEFENSA PENAL DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO 259
a una renovación de los conceptos tradicionalmente utilizados por el
derecho internacional 380. Merece destacarse el Convenio “Unidroit”
sobre Bienes Culturales robados o exportados ilícitamente, firmado en Roma
el 24 de Junio de 1995 381. El Convenio distingue supuestos de bienes
robados que deben ser restituidos o aquellos exportados de forma ilí-
cita que deben ser devueltos. Difiere con la Directiva 93/7/CEE en los
plazos de prescripción (tres años desde que se haya conocido el lugar
en que se encuentre el bien y la identidad de su poseedor y un plazo
de cincuenta años desde que se produjera el robo o desde la fecha de
la exportación). La doctrina 382 ha criticado acertadamente estos pla-
zos que pueden limitar su eficacia, la falta de alusión a otros tipos pe-
nales como el hurto o la apropiación indebida, así como la exigencia
de acreditación de un daño irreparable para demandar la devolución
del bien en el caso de la exportación ilícita.
9. LA DESTRUCCIÓN DE BIENES CULTURALES EN
CONFLICTOS ARMADOS. REFERENCIA HISTÓRICA
La preocupación masiva por los daños a bienes culturales en
Europa y todo el mundo civilizado coincide, en gran medida, con el
estallido y desarrollo de la Primera Guerra Mundial. No existía una
legislación internacional en 1914, más allá de alguna breve disposi-
ción integrada en las llamadas leyes de la guerra, para la protección de
los bienes culturales en situaciones de conflicto armado. Las breves
disposiciones del Convenio de La Haya de 1907, primeros exponen-
tes de un Derecho Internacional Humanitario, solo podían operar
con muy notables limitaciones.
Desde el Congreso de Viena, sin embargo, las potencias europeas
habían mostrado su preocupación por la destrucción monumental
limitando el derecho al botín de las tropas vencedoras a los bienes
públicos, señalando una genérica protección de los bienes cultura-
380 LAZARI, Antonio; “Para una visión cosmopolita del derecho internacional
en tema de devolución de los bienes culturales”, extensamente y dentro del libro
El tráfico de bienes culturales, coordinado por PÉREZ-PRAT DURBAN, Luis y LAZARI,
Antonio; Editorial Tirant lo Blanc Monografías, Valencia, 2015, págs. 91 a 169. ROMA
VALDÉS, Antonio, La aplicación de los delitos …, pág. 104.
381 Instrumento de Adhesión de España al Convenio “Unidroit” publicado en el
BOE número 248, de 16 de octubre de 2002.
382 FIDALGO MARTÍN, Consuelo. “Sistema judicial …”, ob. cit., pág. 61.

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