Los derechos humanos del artículo cuarto de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos frente al concubinato que se encuentra establecido dentro del código familiar para el Estado de Sinaloa

AutorMartha Lourdes Camarena Rivera - Eduardo Fabián Herrera Olmeda
Páginas3-36
3
LOS DERECHOS HUMANOS DEL ARTÍCULO CUARTO DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
FRENTE AL CONCUBINATO QUE SE ENCUENTRA ESTABLECIDO
DENTRO DEL CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO DE SINALOA
Martha Lourdes Camarena- Rivera , Eduardo Fabián Herrera- Olmeda
RESUMEN
Los derechos humanos que se encuentran situados específicamente en el artículo
cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, atañen de forma
fundamental a la familia, la que actualmente encontramos constituida en diversas
formas en nuestra sociedad, una de ellas es la institución del concubinato que se
encuentra establecida dentro del Código Familiar para el Estado de Sinaloa, y a la cual,
no podemos dejar de estudiar y observar muy de cerca en su comportamiento y
evolución, ya que este tipo de familia al igual que otras que han ido apareciendo a lo
largo de estos últimos años, han quedado marginadas en dichos ordenamientos sin una
adecuada regulación jurídica que le dé tanto a esta institución como a sus integrantes,
una verdadera certeza jurídica ante nuestro estado de derecho.
Por lo que con el presente planteamiento se propone un panorama general y
amplio de la institución familiar conocida como el concubinato que se encuentra
establecido dentro del Código Familiar para el Estado de Sinaloa, fundamentalmente
desde un punto de vista social y jurídico, sin soslayar la parte formal y material, es
decir, abordando el estudio y análisis de sus características en una realidad social y
jurídica como es el caso de Sinaloa en acoplamiento con la nueva vertiente que son los
derechos humanos radicados y catalogados en el artículo cuarto de nuestra constitución
política de los estados unidos mexicanos.
De igual forma con este planteamiento se abordan los diferentes puntos de vista
que establecen los diversos doctrinarios, tomando como base los referentes teóricos que
aportan como perspectiva acerca de la construcción subjetiva del concubinato en el
derecho familiar y en la sociedad, es decir, considerando al concubinato como fuente
4
generadora y formadora de familias, al igual que el matrimonio, claro, todo esto desde
un enfoque contextual, conceptual y con conceptos operacionales. Por lo que
iniciaremos exponiendo las referencias que del concubinato existen en la constitución
política de los Estados Unidos Mexicanos.
Palabras clave: derechos humanos, Estados Unidos Mexicanos, concubinato
Indicadores JEL: K36.
ABSTRACT
The human rights which are specifically located in the article four of the political
Constitution of the Mexican United States, relate fundamentally to the family, which we
are currently incorporated in various forms in our society, one of them is the institution
of concubine which is established in the family code for the State of Sinaloa, and which
We must study and observe very offences in their behavior and evolution, that this type
of family as well as others that have appeared over the past years, have already been
marginalized in such systems without proper legal regulation that gives you both this
institution and its members, a real legal certainty to our rule of law. By that with the
present approach proposes a panorama the family institution known as the cohabitation
that is established in the family code for the State of Sinaloa, mainly from a social and
legal point of view, without ignore the formal part and material, i.e. broad and general,
dealing with the study and analysis of its characteristics in a reality social and legal as it
is the case of Sinaloa in mesh with the new slope that they are human rights based and
listed in the fourth article of our political Constitution of the Mexican United States. In
the same way with this approach addresses the different points of view, laying down the
various doctrinaire, on the basis of the theoretical references contributing as a
perspective about the subjective construction of concubine in family law and society,
i.e. considering cohabitation as source generating and forming families, like marriage,
clearall this from a contextual, conceptual approach and operational concepts. So we
start exposing the references that exist in the political Constitution of the Mexican
United States of concubine.
Keywords: human rights, United Mexican States, cohabitation.
JEL-codes: K36.
5
1. LOS DERECHOS HUMANOS DEL ARTÍCULO CUARTO DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Los derechos humanos están catalogados como los derechos fundamentales
cuando se encuentran reconocidos y garantizados por el derecho positivo de cada país,
sin embargo en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos existen
ciertos derechos humanos que no están reconocidos como tales en dicho ordenamiento
jurídico, y que por lo tanto no son fundamentales, pero que por ese solo hecho no dejan
de ser derechos, como en la especie sucede con el derecho a formar una familia.
1. Los derechos humanos en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
En la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos están
consagrados los derechos humanos que tiene todo gobernado, aclarando que esto se dio
a partir de la reforma sufrida en junio de 2011
1
, ya que fue a partir de esa fecha en que
se elevó a rango de derechos humanos a las garantías individuales que consagraba.
A. En el artículo primero
En el artículo primero, que se encuentra en el capítulo I, ha quedado plasmada la
categoría de derechos humanos de la siguiente manera:
Título Primero
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los
derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de
los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo
ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones
que esta Constitución establece.
1
Véase Decreto por el que se modifica la denominación del capítulo I del título primero y reforma
diversos artículo s de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 10 de junio de 2011.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR