Derecho de propiedad y distribución de la riqueza

AutorAndrés Rossetti/Silvina Ribotta
Páginas311-332

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“El Señor dijo a Caín: ¿Dónde está tu hermano Abel?

Y él respondió: No sé.¿Acaso soy yo el guardián de mi hermano?”

(Génesis 4:9)

I Introducción

La distribución de la riqueza se ha vuelto de modo creciente un objetivo que los gobiernos pretenden alcanzar. Así, por ejemplo, que Latinoamérica sea la región del globo donde existe mayor desigualdad es un dato que no pasa desapercibido por quienes habitamos esta parte del planeta. La excesivamente desigual distribución de la riqueza no es algo que nos sea indiferente sino que, por el contrario, es motivo de vergüenza y preocupación. Así, es creciente el número de ciudadanos que miden el éxito de una administración no sólo por el aumento de la riqueza, medida en términos porcentuales del PBI, sino también por el descenso de la desigualdad, ponderada por ejemplo por la evolución del coeficiente de Gini.

Esta creciente sensibilidad social ha sido de crucial importancia política y ha determinado que el problema de la desigualdad y la pobreza pase a ocupar un lugar prominente en casi todas las agendas políticas de los gobiernos latinoamericanos. Este fenómeno político, entre otros factores, es una de las causas a la que debe adjudicarse la mejora en la distribución de la riqueza en la mayor parte de estas sociedades durante la última década.

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No obstante, contrario a lo que podría esperarse, la coincidencia sobre lo deseable que sería habitar en sociedades más igualitarias no se ha traducido de modo pacífico en coincidencias sobre cuáles son las políticas concretas más adecuadas para alcanzar este objetivo. Así, por ejemplo, en sociedades como Argentina, donde es difícil identificar alguna corriente política mayoritaria que no suscriba el objetivo de la distribución de la riqueza, las discrepancias sobre las políticas concretas para alcanzarlo han sido pronunciadas y perdurables. Las divergencias en torno a las retenciones agropecuarias– con el objetivo declarado del gobierno de costear políticas públicas – el ingreso universal por hijo, la estructuración del impuesto a las ganancias y los planes sociales, son algunos ejemplos de estos desacuerdos.

Las razones del desacuerdo sobre políticas concretas son tanto empíricas como normativas. Entre las primeras se encuentran aquellas vinculadas con la eficacia de las medidas para alcanzar los objetivos perseguidos. Quienes argumentan, por ejemplo, que las retenciones agropecuarias producen efectos distorsionadores sobre el mercado, que inciden negativamente sobre el aparato productivo anulando cualquier beneficio nominal que los desaventajados pudiesen recibir a través de las políticas sociales, esgrimen razones empíricas para oponerse a esta política. También son empíricas las razones que esgrimen aquellos que sostienen que lo recaudado es consumido por la burocracia y la corrupción gubernamental.

Las razones normativas que subyacen al desacuerdo, por su parte, pueden ser de índole jurídica o moral. Siguiendo con el ejemplo de las retenciones agropecuarias, quienes se oponen a esta medida sobre la base de que el poder ejecutivo se ha excedido en sus atribuciones, fundan su disenso en razones jurídicas. Quienes, por otro lado, se oponen sobre la base de que el sacrificio que se exige a los productores agropecuarios es excesivo –aun si el fin que se busca es legítimo– sostienen su disenso en consideraciones morales. Suscriben un tipo de pluralismo moral según el cual la equitativa distribución de la riqueza es algo moralmente valioso, pero no es de ningún modo el único valor moral.

El modo paradigmático que toma esta crítica moral a las políticas redistributivas consiste en presentar una situación dilemática en la que entran en conflicto dos valores. Por un lado, se presenta el valor moral de la propiedad privada. Por el otro, se acepta que también es moralmente valioso que la riqueza esté distribuida de modo equitativo. Si respetar la

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propiedad privada es moralmente valioso, y redistribuir la riqueza implica tomar la propiedad de algunos para dárselas a otros, entonces todo acto de redistribución produce un efecto bueno y otro malo. El bueno, es la mayor equidad en la distribución de la riqueza. El malo es la vulneración de los derechos individuales de propiedad privada.

Frente al conflicto, continúa la crítica, el único camino disponible es el de sopesar los valores en pugna. Debe encontrarse un punto de equilibrio en el que la satisfacción de las exigencias fundadas en el valor equitativo de la distribución de la riqueza no implique desatender por completo las exigencias morales fundadas en los derechos de propiedad. La forma usual de encontrar el equilibrio consiste en establecer qué monto de propiedad privada puede tomarse de los individuos sin que esto implique hacer desaparecer por completo los derechos morales que poseen sobre aquellos bienes de los que son propietarios. Concretamente lo que se establece es el porcentaje de recursos que Estado puede apropiarse con fines redistributivos –usualmente a través de los tributos– sin que esto vulnere el derecho moral a la propiedad privada1. Las políticas redistributivas que no respetan este límite porcentual son moralmente incorrectas.

Pienso que parte del atractivo de esta posición crítica viene dado porque se presenta a sí misma como el término medio o punto de equilibrio entre dos extremos. De un lado ubica a los libertarios de derecha que sólo valoran la propiedad privada y la distribución producida por las transacciones voluntarias en el mercado; del otro coloca a los igualitaristas a quienes sólo les interesa alcanzar una distribución equitativa de la riqueza, aun a costa de vulnerar los derechos individuales de propiedad. En el centro, entre estas dos posiciones simplistas y extremas, se ubica la posición crítica que identifica todas las exigencias morales en juego e intenta honrarlas de modo equilibrado.

Dada la tendencia que tiene el electorado a alejarse de las posiciones extremas, este modo de presentar el debate acerca de la inequitativa distribución de la riqueza resta apoyo a las políticas que aspiran a alterar la matriz distributiva de modo radical. Mientras mayores son los efectos redistributivos de una política, mayores son los riesgos de que sea vista

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como extremista y desiquilibrada, esto es como no prestando atención a todas las exigencias morales que se aplican a la situación. Quienes poseen mayores recursos, sostiene la crítica, tienen el deber de ayudar a quienes perciben menos, pero el sacrificio que puede exigírseles no debe ser desproporcionadamente elevado. Las políticas redistributivas radicales sólo parecen prestar atención a quienes reciben menos, aun a costa de vulnerar los derechos de quienes tienen más.

De acuerdo con esta manera de trazar los contornos del debate acerca de la distribución, de un lado del espectro político se encuentran aquellos que no conceden ningún peso al problema de la desigual distribución de la riqueza. Quienes se ubican en este extremo no perciben las razones morales que cuentan a favor de la equidad. Del otro lado se ubican quienes sí reconocen el peso de estas razones. No obstante, este bando igualitarista se presenta como dividido entre quienes sólo reconocen las razones a favor de la equidad y aquellos que también reconocen las razones morales que justifican la propiedad privada. De acuerdo con esta visión el debate político es percibido como teniendo lugar entre posiciones igualitaristas. La mayoría del electorado no se debate entre ser igualitarista o no serlo, sino entre qué versión de igualitarismo es la más adecuada: la extrema o la moderada.

Creo que este modo de presentar el debate es inadecuado y tiene el efecto político perjudicial de aletargar el cambio institucional al adjudicarle al statu-quo un valor moral del que carece. En lo que sigue pretendo mostrar que existe un modo más adecuado de trazar la distinción entre las posiciones políticas en torno al problema de la distribución de la riqueza. Éste se funda en diversas maneras de concebir la propiedad privada. Según la distinción que voy a proponer tanto los libertarios de derecha como los denominados “igualitaristas moderados” comparten un mismo modo de percibir la propiedad privada, que se diferencia de la concepción que es subscripta por los denominados igualitaristas extremos.

Una vez que estos modos alternativos de concebir la propiedad privada son vueltos explícitos, se advierte que el supuesto dilema entre las exigencias fundadas en la equidad y en el respeto de la propiedad privada sólo existe si se adopta una concepción libertaria de ésta última. Contrario a lo que sostiene la crítica a las políticas igualitaristas radicales, no se trata de que estas no perciban todas las exigencias morales conflictivas en juego. No es el caso de que quienes defienden estas políticas no consideren moralmente valiosa la propiedad privada. Por el contrario,

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quienes suscriben estas políticas poseen una concepción alternativa de la propiedad privada según la cual sus exigencias no pueden encontrarse en conflicto con las exigencias fundadas en la equidad. Su posición no equilibra las exigencias conflictivas en juego porque la concepción de propiedad privada que poseen permite disolver el dilema al mostrar que no existe conflicto.

II Dos concepciones de propiedad privada
2.1. La concepción lockeana

Los dos modos de concebir la propiedad privada que voy a presentar, y que se encuentran detrás del debate acerca de la distribución de la riqueza, pueden rastrearse hasta Pufendorf y Locke, por un lado, y Kant y Rawls, por el otro2. Lo que caracteriza a la concepción lockeana, que luego a través de Nozick3pasó a ser adoptada por los libertarios, son dos rasgos. En primer lugar, la justificación que se ofrece de la propiedad privada se focaliza...

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