El derecho inglés en los albores de la modernidad

AutorAurelio Barrio Gallardo
Cargo del AutorProfesor ayudante. Doctor de Derecho Civil
Páginas219-235

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I Subsistencia fragmentaria del antiguo régimen en los siglos ulteriores
1. Progresiva abolición de esta clase de restricciones

Si bien el Statute of Wills, promulgado por Enrique VIII, en el S. XVI (1540
d. C.), suprimió en buena parte las restricciones de carácter feudal que todavía operaban sobre la libertad de testar en los fundos, fruto del sistema jurídico anglo-normando, lo cierto es que dicha norma codificada dejaba a salvo, en paridad de grado con la regla jurídica escrita, lo que sobre el particular pudiera establecer la costumbre local para determinados territorios. Así fue cómo subsistió la división tripartita1059, que en este ensayo se reputa tradicional en el sistema sucesorio inglés, cuyos orígenes se remontaban a la cuota del muerto del Derecho germánico anglosajón, reavivada y modelada después por los consejeros angevinos y clérigos anglonormandos, con los esquemas conceptuales romanos, hasta dar lugar a la writ de rationabili parte bonorum, una fórmula

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próxima, y con abundantes parecidos, a la legítima continental, que revelaría una convergencia originaria entre dos culturas jurídicas occidentales que se han querido presentar como antagónicas e irreconciliables cuando, en mi opinión, no lo son, al menos, en esta materia: Civil y Common Law1060.

Constituyó un acierto de un importante grupo de autores, en particular los de comienzos del S. XIX, la identificación del régimen sucesorio imperante en determinados lugares del Reino de Inglaterra a partir de los siglos XIV y XV con el “antiguo método de distribución hereditaria”, aquel que provenía del Common Law originario1061, antes de que fuera revisado y reformado median-te los “Enactments” de distintos monarcas normandos. De hecho, hay quien entronca directamente esta figura, bautizada como la “costumbre de York” o la “costumbre de Londres”1062–a mi juicio, una nomenclatura distinta bajo la que se esconde una misma institución1063, que imponía esta división en tercios, sobreponiéndose a la voluntad del causante– con esa suerte de reserva germánica prototípica del período anglosajón, renombrando la parte libre como “cuota de la muerte” que se deja a la entera disposición del testador pasando en otro caso su gestión al albacea1064.

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A decir de la mejor doctrina (SAUNDERS, WILLIAMS, FISHER, FISH…), las pretensiones de unificación y homogenización jurídica fueron la causa principal esgrimida para reducir todo el sistema sucesorio del Reino a un único “estándar”, el mayoritario, que abogaba por incrementar la libertad de testar hasta hacerla prácticamente irrestricta, fruto de haber padecido con hastío las constricciones impuestas por el sistema feudal. “En otras partes de Inglaterra parece claro que estas restricciones sobre la libertad de testar desaparecieron1065 a comienzos del siglo XIV, excepto en la medida en que fueron mantenidas expresamente en ciertos lugares en virtud de una costumbre local”1066. Éste es el parecer de HOLDSWORTH. Sin embargo, otros autores optan por retrasar algo más el proceso general de caída en desuetudo de la writ de rationabili parte bonorum, haciéndolo coincidir con los tiempos de Sir Edward COKE1067, esto es, ya entrados en el S. XVI, cuando quizá las circunstancias del momento hacían presagiar las futuras medidas abolicionistas de la figura1068.

Se tomó esta decisión de política legislativa en aras de favorecer el poder de disposición –en castellano diríamos tal vez “libertad de testar”– y reducir todo el Reino a un mismo estándar. Es un hecho cuya expresión se halla iterada, casi calcada, en todos los manuales de la época victoriana, posteriores a la adopción de tales medidas1069aunque, en suma, todos ellos someten su parecer a la autoridad

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de Sir William BLACKSTONE, de donde se toman prácticamente al pie de la letra estas palabras1070. Se fueron sucediendo distintas Leyes, o distintos “Actos del Parlamento” (Acts of Parliament), como gustan de decir los propios ingleses, o simplemente, tres “statues” que suprimían progresivamente la Breve de rationabili parte bonorum, cuya aplicación se hallaba generalizada durante el gobierno de Enrique II de Plantagenet1071y ahora había subsistido por vía consuetudinaria en distintos enclaves del territorio. “Así el antiguo Common Law fue completamente abolido en todo el Reino. Y un hombre pudo disponer de sus chattels con la misma libertad que disponía antes de la tercera parte o fracción (moiety)”1072.

Las personas naturales de estos lugares pudieron desde entonces disponer de todo su patrimonio personal mediante testamento, y las reclamaciones de la viuda, de los hijos y otros parientes, sustentadas en la antigua writ, lo más parecido en Inglaterra, según Samuel HALLIFAX, a la querela inofficiosi testamenti, fueron totalmente prohibidas, aunque cuando él escribe, en 1774-1775, tal costumbre todavía perduraba en Londres1073. El resto de Europa se hará eco de este acontecimiento prácticamente sin parangón en la Historia jurídica de Occidente, a excepción de lo ya dicho acerca del Derecho romano. Tras la eliminación de la última de las limitaciones sobre la libertad de testar en materia de propiedad mobiliaria (chattels), la doctrina alemana proclama en 1792: “la

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restricción sobre el poder de disponer de la propiedad, aunque se conserva en otras naciones, ya no forma parte del Derecho de Inglaterra”1074.

Fue precisamente la capital del Reino1075, que luego lo sería de un Imperio, el último reducto en sucumbir a las presiones en pro de la unificación. En 17241076cayó, bajo el Reino de Jorge I, la desde antaño conocida como “costumbre de Londres”1077; su expresa derogación se había visto precedida de otras abrogaciones en virtud de distintos statutes en las Provincias, primero de Canterbury1078y luego de York (1692)1079así como en el vecino País de Gales, Principado donde también estuvo en vigor en ciertos distritos hasta 16961080, la pretensión por la que la viuda y los descendientes del causante tenían derecho a reclamar respectivamente un tercio del patrimonio mobiliario del finado, una vez satisfechas todas las cargas y obligaciones que pesaran sobre él.

Existen dudas razonables, no obstante, compartidas por la comunidad científica, acerca de la posible subsistencia de esta práctica sucesoria en Chester dado que, en opinión de los expertos, en el registro de Leyes británicas no consta la aprobación de ninguna disposición general cuyo ámbito de aplicación se hallase circunscrita al mentado distrito1081; luego resulta muy controvertido

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que la regla general llegase a afectar dicha ciudad1082. Al aprobarse la Ley del matrimonio monárquico constituido por Guillermo III y su esposa, María II, en 1692, “an Act [for] that the Inhabitants of the province of York may dispose of their personal Estates [by their Wills] notwithstanding the Custom of that province”, esto es, una Ley por la que los habitantes de la provincia de York podían disponer de su patrimonio personal (muebles) contra la costumbre de dicha provincia, quedaron exceptuados expresamente1083los habitantes de las ciudades de Chester y York. Para estas dos plazas la regla particional siguió operativa1084hasta que una Ley posterior derogó la costumbre de York; por el contrario, todas las disposiciones posteriores, tal vez por olvido o descuido del legislador, guardaron silencio acerca de la capital del distrito de Cheshire.

2. Repercusión de la doctrina de las partes razonables en los abintestatos

Aun cuando las distintas “Acts”, dadas conjuntamente por el Monarca y el Parlamento, suprimieran las costumbres –ahora privadas de su carácter general y restringidas al ámbito local, quizá se podría tildar más bien, de provincial, que imponía una división tripartita de los chattels del difunto, reservando a la viuda del disponente y a su prole una “parte razonable” en el haber relicto–, la

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writ de rationabili parte bonorum dejó también su impronta en la distribución de los bienes hereditarios, en ausencia de testamento, sobre el régimen jurídico intestado de dichos lugares. De esta guisa, la costumbre londinense tuvo, además, su repercusión sobre los abintestatos causados por los ciudadanos de la capital británica: “si un hombre libre de Londres fallece sin testamento, la administración será otorgada a su esposa, y podrá reclamar una tercera parte de su patrimonio personal merced a la costumbre, y otro tercio será dividido entre los hijos, y el otro tercio entre la esposa y los hijos”1085.

La costumbre local, heredera de la writ de rationabili parte bonorum, imponía sus reglas a la herencia; una vez satisfechas las deudas por el administrador, llamado “personal representative”, de ordinario un albacea nombrado en el propio testamento, el caudal se dividía en tres tercios. El primero iba destinado a la viuda, el segundo quedaba reservado a la prole y el tercero seguía el camino marcado en el testamento, de lo que se aseguraba este “executor”1086. Si esto acontecía con la sucesión testada, en la que imperaba la costumbre de reservar una parte razonable a la viuda del disponente y a su prole, según la doctrina de las “partes razonables”, asociadas a la idea de legítima continental1087, en los supuestos de sucesión abintestato, la propiedad mobiliaria continuó sujeta al antiguo Derecho y era distribuida según las reglas consuetudinarias1088.

Según la mejor doctrina, la razón para ello hay que hallarla en que “ninguno de estos statutes ni tampoco el statute of distributions1089afectó a la costumbre

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