Derecho Civil

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Parte general

Adilardi, G.: «Rinunzia al termine essenziale successivo alla scadenza, principio di buona fede e abuso del diritto - osservazione a Cass. 5 luglio 2013 n. 16880», GC, 2013, núms. 11-12, pp. 2371- 2373. (M. R. D. R.)

Cataudella, A.: «L’uso abusivo di principi», RDC, 2014, núm, 4, pp. 747-763.

Observaciones sobre la aplicación del principio que prohíbe el abuso del derecho y el principio de la buena fe. (M. R. D. R.)

Denizot, A: «L’étonnant destin de la théorie du patrimoine», RTDC, 2014, núm. 3, pp. 547-566.

Estudio sobre el contenido del patrimonio en el momento actual. (R. A. R.)

Kohler, Chr./ Puffer-Mariette, J-Chr.: «EuGH und Privatrecht - Ein

Rückblick nach 60 Jahren», ZEuP, núm. 4, 2014, pp. 696-739.

Estudio firmado por dos altos funcionarios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el que se da cuenta de su fundación y desarrollo hasta la actualidad, con motivo de su 60.º aniversario. En cuanto al Derecho privado, consideran los autores que el significado que le corresponde en la jurisprudencia del TJUE debe ser visto en el contexto más amplio de la relevancia del Tribunal en la construcción europea. El Derecho de la Unión influye sobre todos los campos del Derecho interno de modo sustancialmente igual; al Derecho privado no le corresponde ningún puesto especial. Más bien, la jurisprudencia del TJUE se ha insertado también profundamente en las estructuras crecientes de los Derechos nacionales y ha acompañado y configurado el proceso de la europeización del Derecho privado desde el principio. (M. G.-R.)

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Sicchiero, G.: «Gli usi legali non esistono più: Cronaca di una morte certificata», CI, 2013, núm. 6, pp. 1266-1274.

Artículo acerca del concepto jurídico de los usos y la prueba de los mismos. (Alma R.G.)

Derecho de la persona

Chassang, C.: «La CEDH et la loi du 11 octobre 2010: une validation au demi-teinte de la loi prohibant la dissimulation du visage dans l’espace publique», RD, 2014, núm. 30, pp. 1701-1707.

Problemas con el derecho a la intimidad personal y la imagen en determinados supuestos cuando se toman imágenes en la calle. La posición del Tribunal Europeo de derechos humanos ante la Ley de 2010. (R. A. R.)

Derclaye, E.: «La jurisprudence de la CJUE en matière de droit d’auteur: évaluation de son impact sur et de sa réception par le droit du RoyaumeUni. Que réserve l’avenir?», RIDA, núm. 240, abril 2014, pp. 5-117.

La autora analiza la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y evalúa su impacto en el Derecho del Reino Unido, especialmente en lo que se refiere a la noción de obra y a la condición de originalidad. (C. J. D.)

Luberti, A.: «Fecondazione eterologa, norme della Convenzione europea dei diritti dell’uomo e Corte costituzionale: i nuovi diritti presi sul serio - nota a C. cost, ord. 7 giugno 2012 n. 150», GC, 2013, núms. 11-12, pp. 2327-2339. (M. R. D. R.)

Marzano, P.: «Une protection mal conçue pour un produit bien conçu: l´Italie et sa protection des dessins et modèles industriels par e droit d´auteur», RIDA, núm. 240, abril 2014, pp. 119-263.

Análisis de la protección que el Derecho italiano reconoce a los diseños y modelos industriales, haciendo especial hincapié en las cuestiones más controvertidas. Se estudia en particular la evolución hacia el reconocimiento de estas obras como bienes protegidos por el derecho de autor. El autor compara la jurisprudencia italiana con la estadounidense (que considera como un modelo afín al italiano) y la francesa (que considera que sigue un modelo opuesto al italiano). (C. J. D.)

Morassutto, L.: «Le tante facce dell’omofobia: una sentenza recente della

Corte di giustizia dell’Unione europea in materia di refugiati omosessuali», NGCC, 2014, núm. 6, pp. 566-572.

Artículo que analiza la materia de la discriminación por razón de la condición sexual a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de noviembre de 2013, caso en que tres inmigrantes de origen africano solicitan permanecer en territorio holandés como refugiados, temiendo ser perseguidos, en sus respectivos países, a causa de su homosexualidad. (Alma R. G.)

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Scalera, A.: «La libertà di cura dopo oltre un decennio dal "Caso di Bella".

Riflessioni a margine di alcuni interventi giurisprudenziali sulle terapie non convenzionali», NGCC, 2014, núm. 10, pp. 961-969.

Artículo elaborado a partir de los pronunciamientos de dos tribunales italianos (la sentencia del Tribunal de Lecce de 16 de enero de 2014 y del Tribunal de Bari de 13 de febrero de 2014), que reconocen el derecho del paciente a tener acceso a los cuidados que están fuera del denominado «circuito sanitario oficial». (Alma R. G.)

Sirinelli, P.: «Chronique de Jurisprudence: Action en contrefaçon», RIDA, núm. 240, abril 2014, pp. 265-397.

Crónica de la jurisprudencia sobre derecho de autor del Tribunal de Justicia de la Unión Europea desde 2013. (C. J. D.)

Venuti, M.C.: «Novità e prospettive della normativa in materia di trapianti d’organo», NGCC, 2014, núm. 6, pp. 305-318.

La directiva n. 210/53/UE, referida a la circulación e intercambio de órganos humanos con el fin de la realización de trasplantes en el territorio de la Unión Europea, establece ciertas condiciones dirigidas a asegurar la calidad y la seguridad de los trasplantes en garantía de los derechos fundamentales (salud e integridad psico-física, dignidad, intimidad) de las personas directamente involucradas, como son el donante y el receptor. El objeto de este artículo es el estudio de las novedades introducidas en el ordenamiento italiano en esta materia a través de la Ley de 24 de diciembre de 2012 n. 228, que traspone la directiva; en especial, la voluntariedad de las donaciones de órganos de donantes vivos y fallecidos y su no remuneración. (Alma R. G.)

Persona jurídica

Di Napoli, E.: «Associazioni sportive e impiego degli allievi come "aiutanti": natura e forme della responsabilità», NGCC, 2014, núm. 6, pp. 544-551.

Comentario de la sentencia del Tribunal de Trieste de 28 de octubre de 2013 que versa tanto sobre la responsabilidad de las personas que actúan en nombre y por cuenta de una asociación no reconocida como sobre la responsabilidad de la asociación por los daños causados por el hecho de sus auxiliares (en concreto, de los estudiantes empleados como ayudantes en una asociación deportiva). (Alma R. G.)

Tagliasacchi, E.: «Autonomia delle associazioni professionali e società tra professionisti», NGCC, 2014, núm. 7-8, pp. 575-580.

Comentario de la sentencia del Tribunal Supremo italiano de 14 de febrero de 2014 sobre la subsistencia de legitimación activa en favor de una asociación profesional respecto a los créditos surgidos por la actividad prestada por los profesionales individuales. (Alma R. G.)

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Obligaciones y contratos responsabilidad civil

Adilardi, G.: «L’erronea identificazione dell’oggetto nel contratto agrariouna tutela doublé face per le parti e per l’avente diritto alla prelazione -osservazione a Cass. 12 marzo 2013 n. 6116», GC, 2013, núm. 10, pp. 2043-2044. (M. R. D. R.)

Afferni, G.: «Recenti sviluppi nell’azione di classe», CI, 2013, núm. 6, pp. 1275-1292.

Artículo que informa de la sentencia del Tribunal de Nápoles de 18 de febrero de 2013, que ha estimado, por primera vez en Italia, una acción de clase promovida por un consumidor frente a una empresa. Un grupo de consumidores había adquirido un paquete turístico, "todo incluido", para un viaje a Zanzíbar. El albergue no era conforme a la información que habían recibido antes de la partida. El Tribunal sostiene que el vendedor del paquete turístico ha incumplido las obligaciones que había asumido y le condena al resarcimiento del daño no patrimonial por frustración del disfrute vacacional, a favor de los consumidores que habían promovido la acción y de los consumidores que, encontrándose en una posición similar respecto a aquellos, se habían adherido a la iniciativa judicial. (Alma R. G.)

Aiello, G.F.: «La responsabilità del Ministero per omessa vigilanza sull’attività di raccolta e distribuzione di sangue ed emoderivati», NGCC, 2014, núm. 7-8, pp. 664-672.

Comentario de la sentencia del Tribunal Supremo italiano de 23 de enero de 2014 sobre daños causados por sangre infectada: el Ministerio de Sanidad responde por el incumplimiento del deber de comprobación de la sangre y no por el ejercicio de una actividad peligrosa. (Alma R. G.)

Albigues, Ch: «L’obbligation d’exploter un bien», RTDC, 2014, núm. 4, pp. 795-816.

Estudio a propósito de la obligación de un sujeto de explotar un determinado bien derivado del negocio jurídico. (R. A. R.)

Andreotti, G.: «Lo svantaggio del rappresentato nella disciplina del conflitto di interessi», NGCC, 2014, núm. 6, pp. 286-304.

Artículo que persigue reflexionar sobre la relación existente entre el conflicto de intereses y la desventaja sufrida por el representado en los artículos 1394 y 1395 del código civil italiano. Es preciso comprender si, y dentro de qué límites, la desventaja del representado puede tener relevancia en la configuración del conflicto de intereses y de este modo incidir sobre la anulación del contrato estipulado por el representante. (Alma R. G.)

Antonucci, A.: «Class action bancaria: considerazioni sulla prima vittoria consumeristica», NGCC, 2014, núm. 7-8, pp. 587-593.

Comentario de la sentencia del Tribunal de Turín de 10 de abril de 2014 que admite por primera vez la acción de clase en el ámbito bancario, después de haber sido admitida en el sector de los viajes turísticos y de la publicidad engañosa. (Alma R. G.)

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Astone, A.: «Prelazione e riscatto. Destinazione d’uso degli immobili: a rilevare non e il dato formale - nota a Cass. 16 maggio 2013 n. 11964», GC, 2013, núms. 11-12...

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