El derecho de autor en la informática

Actas de Derecho Industrial y Derecho de AutorActas de Derecho Industrial y Derecho de Autor. Tomo XX (1999)Doctrina (1999)

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Resumen


1. Introducción: delimitación y planteamiento del tema- 2. Los programas de ordenador y las bases de datos en los tratados internacionales en materia de derecho de autor.-3. Los programas de ordenador como objeto de derecho de autor.-4. Las bases de datos como objeto de derecho de autor.-5. Contenido de la protección jurIdica de los programas de ordenador y de las bases de datos.-a) El derecho moral sobre los programas de ordenador y bases de datos.-b) Los derechos económicos sobre los programas de ordenador y bases de datos.-6. Límites y excepciones.-7. El derecho de los fabricantes de bases de datos a la utilización de los datos recopilados.

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El derecho de autor en la informática

I. INTRODUCCIÓN: DELIMITACIÓN Y PLANTEAMIENTO DEL TEMA

Los cambios tecnológicos han marcado decisivamente la evolución y los contenidos del Derecho de autor desde su mismo nacimiento como sistema para la protección jurIdica de ciertas creaciones del espíritu humano. Así ha ocurrido, como es sabido, con la imprenta, la fonografía, la fotografía, la radio, la cinematografía y la televisión, del modo como atestiguan los Tratados Internacionales y las leyes nacionales en materia de Derecho de autor. La informática y las creaciones intelectuales relacionadas con la informática no han sido una excepción.

El problema planteado al Derecho de autor, en este caso y en los otros casos que se acaban de mencionar, ha consistido en la necesidad de tutelar adecuadamente los esfuerzos creativos y empresariales exigidos para la realización, producción y distribución de determinadas informaciones y contenidos especialmente valiosos desde un punto de vista económico y social frente a los riesgos de una apropiación indebida de dicha información y contenidos por terceros: la desincentivación de los esfuerzos e inversiones precisas en este campo y la consecuente ralentización del progreso técnico, económico, cultural y social.

A diferencia de lo sucedido en otras ocasiones anteriores, sin embargo, la protección jurIdica de las creaciones intelectuales relacionadas con la informática presenta dos rasgos peculiares: de un lado, la globalización de la economía ha propiciado o está propiciando desde el comienzo una respuesta internacional que asegure una regulación básicamente uniforme a escala mundial, tanto más acusada en los ámbitos regionales de integración de mercados nacionales; de otro lado, la calidad técnico-jurIdica y avance de las normas existentes están permitiendo que el acomodo de las nuevas reglas en el sistema de protección jurIdica de la propiedad intelectual no sea excesivamente traumático. No es menos cierto, sin embargo, que algunas de las novedades introducidas en este ámbito han provocado (o, por mejor decir, han afianzado) un deslizamiento desde un modelo de un Derecho de autor basado en postulados humanistas y de política cultural, a otro más atento a las exigencias de la inversión empresarial.

En particular, las creaciones informáticas que han merecido la atención del moderno Derecho de autor son los programas de ordenador y las bases de datos. Seguidamente, se tratará de su protección jurIdica a la luz de los recientes desarrollos habidos en el ámbito internacional en la materia. Para ello se expondrá, en primer lugar, el tratamiento que estas obras han merecido en los Tratados Inter...

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