Delito de falsedad documental y de estafa procesal

AutorNicolás Valero Lozano
CargoAbogado del Estado-Jefe en Murcia
Páginas973-979

    Informe realizado el 23 de diciembre de 2004 por don Nicolás Valero Lozano, Abogado del Estado-Jefe en Murcia.

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Con fecha 22 de diciembre de 2004, ha tenido entrada en este Servicio Jurídico petición de informe formulada por el Delegado Especial de la AEAT en relación con la posible existencia de un delito de falsedad documental -art. 395 CP en relación con el art. 390.1.2.°- y otro de estafa procesal -art. 250.1.2.° CP- deducidos de los hechos puestos de manifiesto en el curso del procedimiento de apremio que se sigue contra don .......

Como datos más relevantes que se han de tener en cuenta resulta los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Don ..... es deudor a la Hacienda Pública por diversos conceptos tributarios en la cuantía de 234.659,87 euros, deuda que dimana fundamentalmente de las Actas incoadas por los órganos de Inspección por los conceptos del IVA y del IRPF de varios ejercicios.

El deudor, que desarrolla la actividad de ganadería, es al tiempo socio y administrador, respectivamente, de las entidades ..... y ....., dedicadas igualmente a la actividad ganadera. Precisamente, esta segunda sociedad de la que es Administrador único el deudor y que mantiene deudas con la Hacienda Pública por valor de 1.546.548,88 euros ha sido declarada insolvente.

2. En el curso del procedimiento de apremio seguido contra don ..... y su cónyuge, se dictaron con fecha 22 de noviembre de 2000, diligencias Page 974 de embargo sobre tres fincas, en una de las cuales se eleva la construcción que constituye la vivienda habitual de los deudores.

Las citadas fincas fueron adquiridas por doña ....., cónyuge del deudor, a la entidad ..... mediante escritura pública otorgada el 3 de marzo de 1998. Según consta en dicha escritura, la finca en la que se encuentra la vivienda del deudor está gravada con una hipoteca a favor de la Caja de Ahorros ....., constituida en garantía de un préstamo hipotecario, en cuyas obligaciones se subroga la compradora.

3. Con fecha 12 de mayo de 2003 se notifica a los deudores el acuerdo y la providencia de la subasta de los bienes embargados a celebrar el día 18 de junio de 2003.

A tenor de la información registral de que disponía la Unidad de Recaudación (que data de 4 de marzo de 2002) se requiere a la Caja de Ahorros ..... para que informe sobre el saldo actual de la deuda. La entidad bancaria informa el 28 de abril de 2003 en el sentido de que la hipoteca está cancelada.

El mismo día en que tiene lugar la celebración de la subasta, don ....., vecino de Vélez Málaga, formula reclamación previa de tercería de dominio alegando que las tres fincas embargadas son de su exclusiva propiedad aportando en prueba de su derecho un contrato privado de compraventa de fecha 12 de enero de 1993, suscrito, presumiblemente, por los propios deudores y el tercerista, en virtud del cual éste adquiría de los deudores las fincas embargadas. La reclamación planteada fue desestimada el mismo día de su presentación.

4. La Unidad de Recaudación que sigue el procedimiento de apremio ha tenido conocimiento recientemente de que con fecha 10 de mayo de 2002, se otorgó escritura pública en virtud de la cual la Caja de Ahorros ..... cedió el crédito hipotecario que tenía contra doña ..... a favor de ....., habiendo instado esta última el procedimiento de ejecución hipotecaria que con el núm. 646/2003 se sigue en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de .......

A la vista de estos hechos, el Delegado de la AEAT consulta a este Servicio Jurídico con objeto de determinar sí de los mismos se infiere la comisión de algún ilícito penal.

Consideraciones jurídicas

I. Partiendo de los antecedentes que acaban de exponerse, la Unidad de Recaudación que sigue el procedimiento de apremio contra don ....., entiende que concurren suficientes elementos para determinar que tales hechos constituyen una maniobra planeada por los deudores con el propósito de hacer infructuoso el procedimiento de apremio, ocasionando de esta forma un claro perjuicio a la Hacienda Pública. Razonamiento que Page 975 viene a reforzarse por la existencia de una serie de circunstancias, entre las que cabe resaltar que, en la venta de la controvertida finca a doña ..... (cónyuge del deudor), actúan en representación de la parte...

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