Decreto-Ley 5/2019 de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda pierde su eficacia y queda derogado desde el 18 de abril de 2019

AutorJoaquim Sallarès Viader
CargoAbogado

El Decreto Ley 5/2019 que entró en vigor 8 marzo 2019 tras su publicación en el DOGC no tendrá la necesaria convalidación del Parlament de Cataluña para convertirse en Ley.

El Decreto-Ley 5/2019 de 5 de marzo no será convalidado y quedará derogado por falta de convalidación, por cuanto el Govern de la Generalitat optó por retirarlo del orden del día del Parlament al no contar con los apoyos necesarios para conseguir convalidarlo.

De conformidad a lo indicado en la Constitución –artículo 86. 2-, los Decretos Ley que son medidas legislativas extraordinarias y de urgencia que el Gobierno puede aprobar para situaciones de carácter perentorio, pero deben ser convalidados por el Legislativo para que se mantenga su vigencia también con carácter de urgencia.

El plazo legalmente establecido para que el Gobierno pueda obtener la convalidación parlamentaria es en los 30 días hábiles siguientes a su aprobación. Así indica:

Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.

En el mismo sentido el Estatuto de Autonomía de Cataluña establece que los Decretos-Ley pueden ser dictados por el Govern de la Generalitat en situaciones de necesidad y premura requiriendo la posterior validación por parte el Parlament en 30 días, así el artículo 64.2 dice:

Los Decretos-leyes quedan derogados si en el plazo improrrogable de treinta días subsiguientes a la promulgación no son validados expresamente por el Parlamento después de un debate y una votación de totalidad.

En el caso de que un Decreto-Ley dictado por el Govern no obtenga la validación parlamentaria éste deja de tener fuerza normativa, pierde su efectividad y, decae por sí solo pasados esos 30 días hábiles. Es decir queda derogado automáticamente.

Ello comporta que todas las modificaciones legislativas que este Decreto-Ley 5/2019 introdujo...

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