Resumen
OBLIGACIONES SEGÚN LA LEY 32/2006, 18 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN
1.-Tenemos una empresa cuya actividad consiste en montar cubiertas de tejados y placas de hormigón en las naves industriales. Para ello no es necesario emplear una maquinaria específica propia de la empresa, si no que usan herramientas manuales y utilizan grúas que son propiedad de sus proveedores. Con todo esto creo resumirles que nuestro cliente se encuentra incluido en el Art. 5, pto. 2, letra f), con lo cual no puede según la ley subcontratar estos trabajos con otras empresas ni trabajadores autónomos aunque en la cadena se encuentre en el 2º nivel de subcontratación. Nuestro cliente es una empresa que dispone de una plantilla fija elevada, tiene varios vehículos de su propiedad, así como herramientas manuales, ¿existe alguna posibilidad de poder subcontratar legalmente? 2.- En cuanto al libro de la subcontratación, sólo tiene la obligación de llevanza el contratista principal, ¿pero qué sucede si una empresa subcontratista subcontrata a su vez el trabajo con otra, se convierta así en empresa contratista para con ésta y por tanto tiene obligación de legalizar dicho libro? 3.- Para el porcentaje mínimo de trabajadores empleados fijos, ¿qué sucede si tenemos una sociedad limitada en la que no hay trabajadores por cuenta ajena, si no que son los tres socios los trabajadores? AMPLIACION CONSULTA En relación a la respuesta recibida aclaren la respuesta dada en el punto primero al referirse que nuestros clientes si suministrasen ellos las placas que instalan si podrían subcontratar con otras empresas, ya que en unas jornadas recientes que he asistido estos días cuyo ponente era el Director Territorial de Empleo de Alicante, éste se refirió a que los materiales empleados no son considerados equipos de trabajo propios de la empresa que permitan la subcontratación. En cuanto a la posibilidad de poder subcontratar nuestros clientes con otras empresas, ¿se podría hacer en el caso de que los trabajos que subcontratasen no fueran los mismos que los que realizan ellos?Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Cuestiones sobre subcontratación
1-. En respuesta a la primera consulta planteada, les confirmamos que como Uds. manifiestan en el texto de su consulta, de conformidad con el Art. 5.2 apartado f) de la Ley 32/2005, reguladora de la subcont...
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Documentos citados
- LEY 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
- Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
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