Contrato de crédito sindicado. Concepto y caracteres

AutorCarlos Fernández-Arias Shelly/Carlos Fernández-Arias Almagro
Cargo del AutorAbogados
Páginas709-712

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Operación jurídica financiera, activa, inspirada por la banca anglosajona e introducida en nuestro país bien con proyección extranjera o con efectos internos con posterioridad, de relevante importancia económica y que consiste en abrir un crédito o prestar, por varias entidades de crédito, una suma de dinero hasta un límite a un acreditado o a un prestatario durante un tiempo y con abono de comisiones e intereses variables por parte de estos.

Las notas que perfilan su concepto podemos encontrarlas, en primer lugar, en la elevada cantidad objeto de financiación (en el comienzo de estas operaciones se consideraban cifras que oscilaban en tramos de 2.000 a 9.000 millones de pesetas, en préstamos o créditos), sumas que desplazan normalmente las cifras que se manejan en las operaciones corrientes de créditos y préstamos. En una evolución posterior y en el mercado nacional, en créditos de esta índole, han sido objeto de disfrute por empresas no necesariamente de normal potencia económica sino de tipo mediano, dando un perfil más flexible a la financiación en estas operaciones de una duración mayor a las de crédito ordinario.

La primera consecuencia es la colaboración de diversas entidades para compartir el riesgo y obtener un beneficio proporcional. No se trata tan sólo de constituirse en servidores de las necesidades dinerarias de los clientes, sino de actuar con prudencia, rebajando o eliminando los riesgos para los partícipes lo que conduce a esta unión de acreditantes que configura el sindicato y la utilización característica de los tipos de interés variable consecuencia de lo que cuestan en el mercado dinerario los recursos que, posteriormente, serán facilitados a los acreditados o prestatarios.

Sánchez Calero 1 en esta modalidad de crédito destaca los elementos que intervienen: grandes cantidades de dinero y operatividad racional para dividir los riesgos. Con estos elementos surgen "los créditos sindicados o comerciales" y los define: "(...) operaciones en las que aparecen involucra-Page 710das, como acreditante, un conjunto de entidades (sindicato de bancos) organizado por un denominado 'banco agente'."

En estas operaciones los bancos pueden sufrir la insolvencia de los deudores, lo que constituye un importante riesgo de carácter financiero, y el acreditado o prestatario la elevada determinación del tipo de interés, teniendo en cuenta la variabilidad del mismo. No obstante, si las operaciones se hacían en pesetas, eliminaban el...

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