Nulidad de los crecimientos urbanos previstos en el Plan Director de Coordinación del Delta del Ebro. Tarragona

AutorJose Antonio Ramos Medrano/Francisco Javier Ramos Díez
Cargo del AutorLicenciado en Derecho/Licenciado en Ciencias Ambientales
Páginas121-123

Page 121

Sentencia: STSJ de Cataluña de 31 de marzo de 2001 y STS de 25 de marzo de 2004 (recurso 5047/2001)

Recurrentes: Lliga per a la defensa del patrimoni natural (Depana) y Sociedad Española de Ornitología (SEO)

En el año 1996 la Generalitat de Cataluña aprobó el Plan Director de Coordinación del Delta del Ebro que establecía una ordenación homogénea para los 7 municipios que conforman el Delta, espacio que por los valores ambientales que posee ha sido declarado Parque Natural y tiene también la consideración de Espacio de Interés Natural, sitio Ramsar número 593, ZEPA y forma parte de la Red Natura 2000.

La figura del Plan Director de Coordinación tiene un carácter supramunicipal, cuya finalidad es establecer una ordenación territorial para diversos municipios, por lo que se ha utilizado para homogeneizar la zona del Delta del Ebro, estableciendo una ordenación que viene a ser una especie de Texto Refundido en la medida en que recoge en una sola norma los contenidos del decreto de creación del Parque Natural, la ordenación establecida en el Plan de Espacios de Interés Natural y en el planeamiento de los municipios del ámbito, dos de ellos situados en el interior del propio Parque Natural (Deltebre y Sant Jaume d'Enveja), además de prever nuevas infraestructuras (puerto deportivo, anillo viario y centros de servicios turísticos).

La característica fundamental de la zona del Delta del Ebro es que es un ámbito muy humanizado, contando los siete municipios con una población de 50.000 habitantes de los cuales 17.000 viven en el interior de la zona protegida. Además, los cultivos y las zonas urbanas ocupan un 80% de la superficie, siendo el cultivo de arroz la principal actividad económica a la que se dedica más de 21.000 hectáreas lo que equivale al 65% de la superficie total. Y es precisamente el cultivo de arroz el que determina las condiciones ambientales de esta zona húmeda, con una abundante presencia de aves (se han inventariado en el Delta 330 especies de aves de las 600 existentes en Europa) y se han identificado dieciocho hábitats de interés comunitario, siendo dos de ellos prioritarios (lagunas costeras y turberas básicas de carrizos). En cuanto a los valores botánicos cuenta con comunidades vegetales que ocupan grandes extensiones y se encuentran en excelente estado de conservación. Por todo ello es, junto a los deltas del Nilo, Po y Ródano, uno de los mejores ecosistemas de tipo estuario del Mediterráneo.

El plan director aprobado por la Generalitat de Cataluña se centra básicamente en la ordenación urbanística de estos 7 municipios, con olvido de los aspectos de protección ambiental lo que dio lugar no sólo a que las asociaciones ecologistas llevaran a cabo la correspondiente...

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