Control judicial en materia de medios de comunicación en Francia

AutorBettina Sybille Steible
Páginas179-214

Page 179

Introducción

Recientemente herida, la libertad de expresión y comunicación deber ser protegida más que nunca. Se trata de una libertad fundamental que se beneficia de un amplio reconocimiento y protección en el ordenamiento jurídico francés. además de ser un derecho subjetivo de las personas, cumple una función social necesaria en una sociedad democrática, en la medida en que contribuye a la formación de una opinión pública libre y plural. La democracia en su sentido moderno no puede existir si no está acompañada de algunas garantías como la libertad de expresión y comunicación, ya que permite a sus ciudadanos decidir libremente.

La libertad de expresión y comunicación está enraizada en la historia cultural, política y jurídica francesa. Sus orígenes se remontan a la Ilustración y encarna los ideales revolucionarios. aparece formalmente por primera vez en el Derecho francés tras la proclamación de la Declaración de los Derechos del

Page 180

Hombre y del Ciudadano1(en adelante ‘DDHC’) de 1789. No obstante, no fue hasta la Tercera república cuando se aprobó la Ley sobre libertad de prensa (1881), todavía en vigor, para otorgar una garantía legal a esta libertad. Esta ley ha sido completada a lo largo de los siglos, y en particular por la Ley relativa a la libertad de comunicación de 1986, a fin de extender la libertad de expresión y comunicación al campo audiovisual.

A esta protección constitucional y legislativa, se ha de añadir una protección internacional, ya que la libertad de expresión y comunicación es igualmente reconocida a nivel europeo e internacional. Cabe destacar el papel importante de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en adelante ‘TEDH’), que define los contornos de la libertad de expresión y comunicación, y cuya jurisprudencia penetra cada vez más en el Derecho francés.

En efecto, se ha de mencionar que el legislador francés tiende a usar su poder en esta materia para aprobar leyes que limiten esta libertad fundamental. La libertad de expresión y de comunicación no es absoluta sino que admite límites, de orden constitucional o legislativo. Para asegurar el respeto de los derechos fundamentales, el legislador debe conciliarlos con otros principios del mismo valor, muchas veces contradictorios, y oponerles límites. Ello demuestra que la libertad de expresión y comunicación no puede tener jerarquía sobre otros principios constitucionales. Sin embargo, la jurisprudencia francesa ha sido tradicionalmente más proclive a aceptar dichas limitaciones, lo cual ha llevado a la condena de francia en varias ocasiones, con motivo de la vulneración del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos2(en adelante ‘CEDH’). Dichas condenas han llevado en muchos casos a la modificación de la ley o la adaptación de la jurisprudencia.

Así pues, la libertad de expresión y comunicación ha dado lugar a una jurisprudencia contrastada a la hora de definir sus contornos y límites. Cabe señalar que no ha dado lugar a una jurisprudencia constitucional muy abundante por varios motivos3. Entre ellos, se puede mencionar que pocos textos están sometidos a un control a priori, a pesar de su carácter polémico4. a modo de ejemplo,

Page 181

la Ley del 13 de julio 19905que penaliza la contestación de los crímenes contra la humanidad cometidos durante la segunda guerra mundial, no fue recurrida ante el Consejo Constitucional. Por otra parte, pocas «cuestiones prioritarias de constitucionalidad»6se remiten al Consejo Constitucional, ya que la Corte de casación establece un filtro muy estricto7.

Se analizará pues el papel de la libertad de expresión y comunicación en el ordenamiento jurídico francés (1). Se desprende de la jurisprudencia que la libertad de expresión y comunicación es una libertad fundamental amplia, ya que no solamente es un derecho subjetivo de las personas, sino que también ejerce una función social necesaria en una sociedad democrática, la formación de una opinión pública libre y plural. además, la jurisprudencia parece ir reconociendo un derecho de la información, distinto de la libertad de expresión, a pesar de no establecer una distinción tan clara como la que existe en el Derecho español.

Por otra parte, se han de abordar los límites opuestos a la libertad de expresión y comunicación en el ordenamiento jurídico francés (2). Según la tradición constitucional francesa, ser libre conlleva una cierta responsabilidad y no se puede abusar de las libertades. De ahí que los poderes constituyente y legislativo hayan puesto límites a su ejercicio.

1. La libertad de expresión y comunicación: una libertad fundamental amplia

La libertad de expresión goza de un reconocimiento muy amplio, al ser consagrada a varios niveles (1.1). a este respecto, aunque tiene valor constitucional tras la incorporación de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 en el bloque de constitucionalidad, cabe mencionar el papel especialmente importante del Convenio Europeo de Derechos Humanos en la jurisprudencia de los tribunales ordinarios en esta materia.

Page 182

Además, aunque su formulación constitucional es antigua y, por consiguiente, limitada, la jurisprudencia ha ido consolidando y extendiendo el contenido y alcance de esta libertad fundamental (1.2). a pesar de que el texto constitucional proclame la libre expresión como derecho subjetivo de la persona, se considera una condición de la democracia8, ya que también contribuye a la formación de una opinión pública. En efecto, el juez constitucional ha adaptado el texto constitucional, hasta reconocer tanto la dimensión activa como la dimensión pasiva de la libertad de expresión y comunicación.

Esta interpretación evolutiva de la libertad de expresión y comunicación va en el sentido del reconocimiento de un derecho de la información (1.3), distinto de la libertad de expresión, a pesar de no establecer una distinción tan clara como la que existe en el Derecho español.

1.1. La consagración de la libertad de expresión y comunicación

La libertad de expresión y comunicación es ampliamente reconocida en el Derecho francés. Está recogida en el bloque de constitucionalidad (1.1.1), el Derecho europeo e internacional (1.1.2), y a nivel legislativo, esencialmente en la gran Ley de 1881 sobre libertad de prensa (1.1.3).

1.1.1. Fuentes constitucionales

La libertad de expresión y comunicación se beneficia de un amplio reconocimiento en el Derecho francés. Está consagrada en el artículo 11 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (en adelante ‘DDHC’) en los siguientes términos:

«La libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los derechos más valiosos del Hombre; por consiguiente, cualquier Ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, siempre y cuando responda del abuso de esta libertad en los casos determinados por la Ley. 9 »

Cabe señalar que la DDHC tiene valor constitucional desde la decisión nº 71-44 DC del 16 de julio 1971 Liberté d’association, en la que el Consejo Constitucional (en adelante ‘CC’) consagró de manera unívoca la fuerza jurídica y el

Page 183

valor constitucional del preámbulo de la Constitución francesa, el cual remite al preámbulo de la Constitución de 1946 y a la DDHC. En su decisión nº 73-51 DC del 27 de diciembre 1973 Taxation d’office, confirmó expresamente el valor constitucional de la Declaración tras aplicarla como texto de referencia de un control de constitucionalidad de una ley por primera vez.

Refiriéndose a la libertad de expresión y comunicación, el CC la consagró por primera vez en su decisión de 27 de julio 1982 Loi sur la communication audiovisuelle10, basándose en el artículo 11 de la DDHC. reafirmó esta libertad con más solemnidad en su gran decisión de 10 y 11 de octubre 1984 Entreprises de Presse11. Desde entonces, esta libertad ha sido regularmente mencionada por el CC a lo largo de su jurisprudencia.

Por otra parte, el poder constituyente ha ido reforzando la libertad de expresión y comunicación tras adoptar la ley de revisión constitucional del 23 julio 200812, que incorporó la noción de pluralismo en la Constitución francesa. Modificó el artículo 4 de la Constitución, añadiendo que «la ley garantizará las expresiones pluralistas de las opiniones», así como el artículo 34, que considera que la ley fijará las normas relativas a la libertad, el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación.

Finalmente, la libertad de expresión y comunicación difícilmente se puede concebir sin el ejercicio de la libertad de opinión, recogida en el artículo 9 de la DDHC.

1.1.2. Fuentes internacionales

Francia es parte de algunos tratados internacionales que proclaman la libertad de expresión. Entre ellos, destacan la Declaración universal de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR