El contrato de cesión de solar por pisos en el trafico jurídico
La transmisión de la propiedad en la permuta de solar por pisos (1997)
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La transmisión de la propiedad en la permuta de solar por pisos (1997)
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El contrato de cesión de solar por pisos en el trafico jurídico
1. Modalidades
Quien, no siendo profesional de la construcción, es dueño de un solar o de un edificio en ruina, a menudo decide cederlo a una entidad inmobiliaria a cambio de varios pisos o locales en un edificio nuevo a construir sobre el suelo cedido. Ello, en principio, supone un intercambio beneficioso para ambas partes intervinientes: conviene al propietario del solar, quien generalmente no dispondrá del capital y la infraestructura necesaria para construir; y conviene también al constructor, que evita con esta operación la compraventa del suelo y el consiguiente (e importante) desembolso económico.(1) La frecuencia de este supuesto es un hecho constatable en la actividad inmobiliaria de nuestro país, y también en el creciente número de sentencias que en los últimos años ha dictado el Tribunal Supremo en la materia. Precisamente la abundancia de dichas sentencias pone de relieve lo compleja que a veces resulta la articulación de los intereses de las partes, así como los problemas que esta forma de contratar puede llevar consigo, especialmente para quien cede o aporta el solar.(2) Y ello a pesar de las ventajas, antes expuestas, que inicialmente parec...Ver el contenido completo de este documento
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