Constitucionalismo moderno. Introducción a una historia que necesita ser escrita

AutorHorst Dippel
CargoProfesor de British and American Studies at the University of Kassel, Alemania
Páginas181-199

Horst Dippel

    Profesor de British and American Studies at the University of Kassel, Alemania (desde 1992), director del grupo de investigación "Modern Constitutionalism". Tiene numerosas publicaciones sobre historia constitucional de Estados Unidos y sobre los Países de la Europa Occidental.

    La traducción directa del original en inglés fue realizada por mi amigo Salvador Sánchez González, Profesor de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad Católica Santa María La Antigua, de Panamá, República de Panamá. El original inglés fue publicado en Tijdschrift voor Rechtsgeschiedenis, 73 (2005).

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  1. Hace más de 60 años, Charles Howard McIlwain abrió su clásico tratado Constitucionalismo Antiguo y Moderno con esta frase: "Parece ser el momento para examinar el principio general del constitucionalismo [...] un examen que debería incluir alguna consideración de las etapas sucesivas de su desarrollo."1

  2. Hoy, a principios del siglo XXI, y después de más de doscientos años de constitucionalismo moderno, tenemos que admitir que nuestro conocimiento de su historia es casi inexistente. Aquel moderno constitucionalismo que apareció al final del siglo XVIII parece estar más allá de cualquier disputa. Las revoluciones Americana y Francesa constituyeron, de acuerdo con Maurizio Fioravanti, "un momento decisivo en la historia del constitucionalismo", inaugurando "un nuevo concepto y una nueva práctica".2 Doscientos años más tarde, se da por supuesto que cada país en el mundo, con la excepción del Reino Unido, Nueva Zelanda e Israel, poseen una constitución escrita basada en el moderno constitucionalismo. Pero mientras nosotros reconocemos la aceptación global de un principio político, por singular que sea, y mientras que eruditos como Bruce Ackerman han acuñado el término "constitucionalismo mundial",3 debemos admitir, y no sin dificultad, que a pesar de McIlwain, Fioravanti, y numerosos otros académicos, definitivamente no sabemos cómo llegó a suceder todo esto.

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  3. Se han realizado numerosos estudios en derecho constitucional4 y en historia constitucional.5 Aunque generalmente han enriquecido nuestro conocimiento, nos han dicho muy poco acerca del constitucionalismo moderno y su historia. Al partir desde el Estado-nación, tendieron a carecer de una perspectiva abarcadora y usualmente se restringieron ellos mismos a acumular información Estado por Estado. En contraste, los más feroces oponentes del constitucionalismo moderno desplegaron su conocimiento completo del concepto inmediatamente después de la conclusión de ese evento decisivo, la revolución de 1848. Ellos denunciaron lo que llamaron la "esencia y fastidio del moderno constitucionalismo", como dijo el título de un libro, y con él, su historia y sus principios o elementos esenciales.6 Aunque sus argumentos carecen hoy de validez, el fenómeno que describieron merece aun más atención en nuestro tiempo que el obligado hace ciento cincuenta años.

  4. Esos principios del constitucionalismo moderno fueron los mismos que Carl von Rotteck definió en los 1830s como el "sistema constitucional [...] tal y como ha evolucionado desde el inicio de la Revolución Americana y - más efectivamente en Europa - de la Revolución Francesa [y] - que es concurrente, completamente en teoría, y al menos de forma aproximada en la práctica - con el sistema de Staatsrecht puro, basado en la razón".7 Sus principales principios fueron los derechos humanos, la separación de losPage 183 poderes, el gobierno representativo, la limitación del poder gubernamental, la responsabilidad política y la independencia judicial.8 Los principios del constitucionalismo moderno tuvieron origen en la pregunta de cómo la libertad individual podría asegurarse permanentemente contra las intervenciones del gobierno, considerando las debilidades de la naturaleza humana. ¿Cómo podrían edificarse constituciones tomando en cuenta la experiencia histórica y política, así como la teoría política, el derecho y la filosofía?

  5. Partiendo de la idea medieval de un rey instituido con la potestas temperata,9 la Revolución Gloriosa en Inglaterra en 1688-89 había establecido el principio de la monarquía limitada como una doctrina constitucional oficial.10 La Revolución Americana, esforzándose por asegurar la libertad individual, transformó esta doctrina en el principio constitucional del gobierno limitado. Por primera vez, la idea tradicional de limitar el poder había derivado en la concesión de derechos positivados a los individuos, la protección de los cuales podría reclamarse en la corte contra las pretensiones del gobierno.11 De acuerdo con la ley natural, no fue el orden divino de los tiempos antiguos el que otorgaba legitimidad a la constitución, sino únicamente el pueblo.12 Tal y como había insistido Thomas Paine, una constitución así, por lo tanto, no podría ser jamás el acto de un gobierno, sino que precedería por necesidad a cualquier gobierno.13 Este fundamento conceptual del constitucionalismo moderno14 resultó en los principios de la soberanía popular, el anclaje de la constitución en principios universales,15 una declaración de derechos,16Page 184 gobierno limitado,17 y la consideración de la constitución como la ley suprema.18

  6. Estos cinco fundamentos condicionaron otros cinco principios con el objeto de hacer a la constitución funcionar de acuerdo a las metas del constitucionalismo moderno: gobierno representativo para ampliar su legitimidad y para prevenir el gobierno aristocrático y la corrupción;19 la separación de los poderes de acuerdo a Montesquieu, para excluir toda concentración tiránica del poder;20 la exigencia de responsabilidad política y de un gobierno responsable, para controlar el poder; independencia judicial para que la ley prevaleciera por sobre el poder y perdurara; y un procedimiento ordenado de reforma de la constitución ante el simple paso del tiempo o para corregir errores u omisiones, con la participación del pueblo o de sus representantes, mientras que se previenen alteraciones arbitrarias o pobremente pensadas.21

  7. Estos diez principios22 aparecieron por primera vez en Virginia en 1776. El 12 de junio de 1776, la Convención General de delegados y representantes de varios condados y corporaciones de Virginia adoptaron lo que ha sido conocido como la Virginia Declaration of Rights.23 Fue un documentoPage 185 revolucionario, pero que algunas veces es incorrectamente llamado la Virgina Bill of Rights (en una inconsciente o tal vez deliberada alusión al Bill of Rights inglés de 1689). La referencia al inglés "Acto de declarar los derechos y libertades del vasallo y establecer la sucesión de la corona", como su propio título lo dice, es engañosa, pues fue publicada por "los dichos Lores Espirituales y Temporales y Comunes [...] para reivindicar y asegurar sus Derechos y Libertades".24 En términos estrictamente políticos, marcó el final de la Revolución Gloriosa y pasó a ser parte de su consolidación.25 El Bill of Rights inglés no se refiere a principios universales o a ninguna idea abstracta; en realidad, considerando la tentativa del último Rey de "Suprimir y extirpar la Religión Protestante, y la Leyes y Libertades de este Reinado", los Lores y Comunes hicieron uso de lo que ellos entendieron como "Sus indiscutibles Derechos y Libertades".26

  8. Los delegados de Virginia de 1776 pudieron fácilmente hacer uso de un lenguaje similar, así como numerosos colonos lo habían hecho durante la década anterior. Pero ellos deliberadamente introdujeron un lenguaje nuevo: "Una declaración de derechos hecha por los representantes del buen pueblo de Virginia, congregados en convención general y libre; cuyos derechos pertenecen a ellos y a su posteridad, como la base y fundamento de gobierno."27 Este es un documento completamente nuevo, que emplea un nuevo y audaz lenguaje. Fue una "declaración de derechos", no un documento subjetivo declarando derechos, y fue establecido por "los representantes del [...] pueblo", quienes fueron "congregados en convención general y libre", y no en una asamblea cualquiera, con una equívoca legitimización.28 Además, ellos habían declarado los derechos, apropiadamente, como pertenecientes al pueblo y a sus descendientes, y no a la asamblea o a la convención misma, en contraste con alguna otraPage 186 institución. Estos derechos sirvieron, en la frase más revolucionaria de todas, "como la base y fundamento de gobierno", una afirmación completamente desconocida y contradictoria con cualquier forma de entender la constitución inglesa.

  9. Este audaz lenguaje revolucionario fue sustanciado en las dos primeras secciones del documento, el cual develó la fuente de todos los derechos determinados: la naturaleza. El derecho natural no solamente confería a la gente "ciertos derechos inherentes, de los cuales, cuando entran en estado de sociedad, ellos no pueden, por ningún pacto, privar o despojar a su posteridad". También probó que "todo poder es conferido, y consecuentemente derivado, del pueblo".29

  10. Sin palabra alguna referida a la constitución inglesa o a la necesidad de restaurar antiguos derechos que habían sido violentados, la Declaración de Derechos de Virginia pregonó al mundo la soberanía del pueblo, los principios universales, y la inherencia de los derechos humanos, declarados en una constitución escrita como "la base y fundamento de gobierno". Fue el verdadero nacimiento de lo que entendemos hoy como constitucionalismo moderno.30

  11. En realidad, la Declaración de Derechos de Virginia no fue el primer documento constitucional de la Revolución Americana. Fue precedida por la Constitución de New Hampshire del 5 de enero de 1776, y por la Constitución de Carolina del Sur de 26 de marzo de 1776.31 Pero el lenguaje de estos dos documentos se parece mucho más al Bill of Rights inglés, el lenguaje de los derechos antiguos y de las libertades violentadas, pero rescatadas para ser restauradas. A pesar de que hay una referencia casual...

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