La consolidación y el relanzamiento de la estrategia de Lisboa. Más Europa, más empleo y más cohesión social.

AutorMiguel Colina Robiedo
CargoConsejero Coordinador de Trabajo y Asuntos Sociales. Representación permanente de España ante la Unión Europea
Páginas25-69

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La consolidación y el relanzamiento de la estrategia de Lisboa. Más Europa, más empleo y más cohesión social. La cumbre social y el Consejo Europeo de Barcelona

MIGUEL COLINA ROBLEDO

1. INTRODUCCIÓN

El lema «Más Europa, más empleo y más cohesión social», elegido por el Gobierno español, como expresión sintética de los objetivos a alcanzar y como hilo conductor del programa de trabajo y de las actividades a desarrollar en el ámbito del Empleo y la Política Social, durante el ejerci- cio de la Presidencia del Consejo, para la con- secución de aquéllos, se ha materializado en su dimensión política, en su máximo nivel, con ocasión del Consejo Europeo de Barcelo- na, tercero de los Consejos Europeos de pri- mavera, celebrado los días 15 y 16 de marzo de 2002, para tratar de la situación económi- ca y social de la Unión, según lo acordado por el Consejo Europeo de Lisboa, y de la dimen- sión medioambiental, añadida al proceso de Lisboa por el Consejo Europeo de Gotembur- go, al acordar la estrategia para el desarrollo sostenible.

Como corolario inseparable de este Conse- jo Europeo de Barcelona e igualmente en el plano político, ha tenido lugar la Cumbre Social Europea, también celebrada en Barce- lona el 14 de marzo de 2002, con la que se pre- tende hacer realidad los principios de partici- pación y responsabilidad, enunciados en el Libro Blanco sobre la Gobernanza Europea, adoptado por la Comisión el 25 de julio de 2001, entre los cinco que constituyen la base de una buena gobernanza y que vienen a reforzar los ya tradicionales de proporcionali- dad y subsidiariedad, contenidos en el Trata- do de la Comunidad Económica Europea y reiterados en las sucesivas reformas de los Tratados fundacionales, y profundizar en el proceso del diálogo social iniciado formal- mente a partir de 1985.

De ambos eventos, de sus conclusiones y resultados, en cuanto se refieren a los temas de la competencia del Consejo de Ministros de Empleo y Política Social, nos ocuparemos a continuación.

Sin embargo, para su mejor comprensión y para situar uno y otra en el contexto de la actividad de las instituciones comunitarias,

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dirigida a «promover el progreso económico y social de sus pueblos, teniendo en cuenta el principio del desarrollo sostenible dentro de la realización del mercado interior y del forta- lecimiento de la cohesión y de la protección del medio ambiente, y a desarrollar políticas que garanticen que los avances en la integra- ción económica vayan acompañados de pro- gresos paralelos en otros ámbitos», como señala el preámbulo del TUE, concretado en su articulado al enunciar entre sus objetivos, en primer lugar «la promoción del progreso económico y social y un alto nivel de empleo y conseguir un desarrollo equilibrado y sosteni- ble mediante el fortalecimiento de la cohesión económica y social», consideramos oportuno hacer un somero repaso a los antecedentes y al proceso de preparación de las conclusiones del Consejo y de la Cumbre, que ponen de manifiesto cómo el contenido y la naturaleza de los mismos ya figuraban en muchos casos, en todo o en parte, en las conclusiones y com- promisos asumidos en los Consejos Europeos celebrados desde 1997 y 1999, lo que atesti- gua el carácter dinámico del proceso de cons- trucción de la dimensión social de la Unión Europea, en el primer caso, y a lo largo del desarrollo del diálogo social, institucionaliza- do con los interlocutores sociales, especial- mente en las sesiones del Comité Director constituido al efecto y en las Cumbres convo- cadas para impulsar y programar sus activi- dades a escala comunitaria, en relación con el segundo de los eventos de los que se ocupa este artículo.

2. EL CONSEJO EUROPEO DE BARCELONA. ANTECEDENTES: DE LOS CONSEJOS EUROPEOS DE LUXEMBURGO Y DE COLONIA AL CONSEJO EUROPEO DE LAEKEN

2.1. La Estrategia Europea del Empleo y el Pacto Europeo para el Empleo

Con el empleo como tema monográfico, el Consejo Europeo extraordinario de Luxem- burgo, celebrado los días 20 y 21 de noviem- bre de 1997, se fijó como meta el desarrollo y la mejor puesta en práctica de la estrategia coordinada de empleo para la mejora de la efi- ciencia de los mercados de trabajo, mediante la mejora de las aptitudes para el empleo, del espíritu de empresa y de la capacidad de adaptación de las empresas y de sus trabaja- dores, así como de la participación de las mujeres en la actividad laboral con iguales derechos que los hombres.

Además de acoger favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre las «directrices para el empleo» para 1998, con las que se inicia el proceso de cumplimiento del compromiso de dotar de efectos inmedia- tos a las disposiciones pertinentes del nuevo Título sobre el empleo del Tratado de Ams- terdam, relativas a la coordinación de las políticas de los Estados miembros, inspirán- dose en el método seguido para la convergen- cia económica, salvando las diferencias exis- tentes entre ambos ámbitos y entre las situa- ciones particulares existentes en cada uno de los Estados miembros, y tomar nota de las contribuciones del Parlamento Europeo, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Comité de Empleo, así como de la declaración común de los interlocutores sociales, el Consejo Europeo de Luxemburgo adoptó unas conclusiones específicas sobre estas directrices, estructuradas en torno a cuatro ejes principales: mejora de la capaci- dad de inserción profesional, desarrollo del espíritu de empresa, fomento de la capacidad de adaptación de los trabajadores y de las empresas para que el mercado laboral pueda reaccionar a las mutaciones económicas, y reforzamiento de las políticas de igualdad de oportunidades, con el objetivo de lograr un aumento significativo de la tasa de empleo en Europa de forma duradera, advirtiendo de la importancia particular de las medidas pre- ventivas, a fin de invertir la evolución del desempleo juvenil y del desempleo de larga duración, gracias a la determinación precoz de las necesidades individuales, y a unas res-

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puestas adaptadas a ellas, que anteponen sis- temáticamente las medidas activas de inser- ción profesional a las medidas pasivas de ayuda, siguiendo para ello un nuevo método de actuación, el método abierto de coordina- ción.

Este método consiste en: la definición, para toda la Unión, de «directrices para el empleo», basadas en un análisis común de la situación y de los ejes generales de la política que deberá llevarse a cabo para reducir el desempleo de manera duradera, que fijarán objetivos concretos, cuya realización será supervisada periódicamente conforme a un procedimiento común de evaluación de los resultados; la aplicación de las directrices de forma variable según su naturaleza, sus efec- tos para los Estados miembros y sus destina- tarios, respetando el principio de subsidiarie- dad y las competencias de los Estados miem- bros, incluidas las de sus entidades regiona- les, en materia de empleo, compatibles con las orientaciones generales de política econó- mica, por medio de su inclusión en Planes de Acción Nacionales para el Empleo (PNAE), elaborados por los Estados miembros con una perspectiva plurianual, Planes que traduci- rán las directrices en objetivos nacionales cuantificados, siempre que sea posible y opor- tuno, y en medidas nacionales reglamenta- rias, administrativas o de otro tipo, y fijarán los plazos para lograr el resultado pretendi- do, teniendo en cuenta, entre otras cosas, los medios administrativos y financieros de que dispongan, y el examen por parte del Consejo, anualmente, de la manera en que los Estados miembros hayan reflejado las directrices en su política nacional, en un informe que envia- rá al Consejo Europeo, que aprobará las orientaciones precisas para la fijación de las directrices del año siguiente, elaborado sobre la base de los resultados del ejercicio del pro- ceso de vigilancia multilateral y del informe de los propios Estados miembros sobre las condiciones del desarrollo de sus PNAE.

Como elementos instrumentales, el méto- do abierto de coordinación dispone del esta- blecimiento de indicadores comunes, a partir de datos estadísticos comparables, para poder efectuar eficazmente la evaluación y el seguimiento de las políticas de empleo y la definición de las prácticas más adecuadas, y de la participación de los interlocutores socia- les, a cualquier nivel, en todas las etapas del proceso, su contribución al desarrollo de las directrices, previendo también el manteni- miento de contactos periódicos con el Consejo, antes de cada Consejo Europeo, para prepa- rar adecuadamente su reunión semestral con una troika de Jefes de Estado o de Gobierno y con la Comisión, aspectos éstos a los que se hará referencia más adelante cuando nos ocupemos de la Cumbre Social de Barcelona, evento inseparable del propio Consejo Euro- peo.

A modo de marco de referencia, las Con- clusiones incluyen alusiones a las políticas comunitarias al servicio del empleo, sobre el mercado interior, la competencia y la compe- titividad, el régimen fiscal, la investigación y la innovación, las grandes redes, los fondos estructurales y la sociedad del conocimiento, y a las nuevas iniciativas específicamente orientadas al desarrollo del empleo, con refe- rencias concretas al plan de acción del Banco Europeo de Inversiones y a la iniciativa del Parlamento Europeo de incrementar los medios presupuestarios a favor del empleo.

El Consejo Europeo de Colonia, de 3 y 4 de junio de 1999, en el epígrafe dedicado al empleo, el crecimiento, la competitividad y el desarrollo sostenible, pone de manifiesto su satisfacción por la decisión de convocar una sesión especial del Consejo Europeo sobre «Europa, la reforma económica y la cohesión social ¿hacia una Europa de la innovación y del saber» bajo la Presidencia portuguesa en la primavera del 2000, a fin de examinar los avances realizados como consecuencia del desarrollo de los procesos de Colonia ¿que persigue la coordinación de la política econó- mica y la mejora de las interacciones entre la evolución de los salarios y la política moneta- ria, presupuestaria y financiera mediante un

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diálogo macroeconómico con participación de representantes del Consejo, de la Comisión, del Banco Central Europeo y de los interlocu- tores sociales, para desencadenar una diná- mica de crecimiento económico duradero y no inflacionista y de creación de empleo¿; Car- diff ¿que tiene como objetivo la amplia refor- ma y modernización de las estructuras para la mejora de la capacidad de innovación y de la eficacia de los mercados de bienes, de ser- vicios y de capitales¿ y Luxemburgo.

Particular relevancia tienen entre las Con- clusiones del Consejo Europeo de Colonia las relativas al ámbito del empleo, respecto del que se resalta que «su incremento sigue sien- do en Europa el objetivo primordial, por lo que el Consejo Europeo ha tomado la iniciati- va de un Pacto Europeo para el Empleo para la reducción duradera del desempleo», Pacto en el que se reúnen, en un amplio plan, todas las medidas de la política de empleo de la Unión, con prioridad a la sociedad de servi- cios creadora de empleo, particularmente a los sectores de gran intensidad de mano de obra, y a las innovaciones del mercado de tra- bajo que fomenten el empleo y sean social- mente eficaces en los mercados laborales, apoyando los tres pilares en los que se funda- menta, que se corresponden con los procesos de Colonia, Luxemburgo y Cardiff, ya citados, que deben de coordinarse entre sí.

2.2. El empleo, la reforma económica y la cohesión social. Hacia una Europa de la innovación y del saber

Con la celebración del Consejo Europeo de Lisboa, los días 23 y 24 de marzo de 2000, se da cumplimiento al compromiso de Colonia. Sus Conclusiones centran la atención de la actividad política y normativa de las institu- ciones y órganos comunitarios, de los Estados miembros, de los interlocutores sociales, a nivel europeo y nacional, y de las organizacio- nes representativas de la sociedad civil, en el empleo, la reforma económica y la cohesión social, proponiendo una nueva estrategia, con un objetivo igualmente estratégico a desarro- llar hasta 2010, «convertir a la Unión en la economía basada en el conocimiento, más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohe- sión social».

Para el logro de este objetivo se propone una estrategia global dirigida a modernizar el modelo social europeo, mediante la inver- sión en capital humano y la lucha contra la exclusión social, y a preparar el paso a una economía y una sociedad basadas en el cono- cimiento por medio de la mejora de las políti- cas relativas a la sociedad de la información y de la investigación y el desarrollo, la acelera- ción del proceso de reforma estructural a favor de la competitividad y la innovación, y la culminación del mercado interior, y a man- tener las perspectivas económicas sólidas y las expectativas de crecimiento favorables mediante la aplicación de un conjunto de medidas políticas macroeconómicas adecua- das.

Especialmente, debe destacarse la expresa consideración y diseño de la estrategia para que la Unión pueda alcanzar de nuevo las condiciones necesarias para el pleno empleo, en el marco de una nueva sociedad emergen- te, más adaptada a las opciones personales de mujeres y hombres, previendo que este objeti- vo se conseguirá mejorando los procesos exis- tentes, introduciendo a todos los niveles el método abierto de coordinación previsto ini- cialmente para la estrategia del empleo.

Igualmente, como antecedente inmediato del Consejo Europeo de Barcelona, debe citar- se el compromiso para que el Consejo Euro- peo determine, en una sesión que deberá cele- brarse cada primavera, los mandatos corres- pondientes relativos a la modernización del modelo social europeo mediante la inversión en capital humano y la constitución de un Estado activo y dinámico de bienestar, y garantice su cumplimiento, como medios

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esenciales para que Europa ocupe un lugar en la economía basada en el conocimiento y para garantizar que esta nueva economía no aumente los problemas existentes de desem- pleo, exclusión social y pobreza.

Entre las actuaciones que se prevén para lograr el objetivo expresado de moderniza- ción del modelo social europeo se incluyen:

¿ la creación de centros de aprendizaje locales, fomento de la adquisición de nuevas competencias básicas, en parti- cular en las tecnologías de la informa- ción, y una transparencia cada vez mayor de las cualificaciones, para hacer posible la adaptación de los sistemas de educación y formación europeos a las demandas de la sociedad del conoci- miento, mejorando el nivel y la calidad del empleo, ofreciendo oportunidades de aprendizaje y de formación a lo largo de toda la vida, a los jóvenes y a los adultos, parados y ocupados, en riesgo de que sus cualificaciones se vean afectadas negati- vamente por los procesos de cambio rápido que se producen;

¿ el desarrollo de una política activa de empleo, a través del proceso de Luxem- burgo, que haga posible la creación de más y mejores empleos en Europa, tra- bajando en cuatro ámbitos fundamenta- les (relacionados con: la mejora de la empleabilidad y reducción de las dife- rencias en materia de cualificaciones, promoviendo programas especiales para permitir que los parados adquieran el nivel de cualificaciones adecuado; la atribución de mayor importancia a la formación continua, fomentando acuer- dos entre los interlocutores sociales sobre este tema, mediante la gestión fle- xible de la jornada laboral y la alternan- cia entre puestos de trabajo; el aumento del empleo en los servicios, incluidos los servicios personales; y el fomento de todos los aspectos de la igualdad de oportunidades, con reducción de la segregación profesional, y el estableci- miento de mayores posibilidades de reconciliación entre la vida profesional y la vida familiar, así como un marco de referencia para la mejor oferta de servi- cios de atención a la infancia), con el objetivo global de aumentar la tasa de empleo del 61% a tan cerca como sea posible del 70% y el número de mujeres empleadas del 51% a más del 60%, a más tardar en 2010, invitando a los Estados miembros a considerar la posi- bilidad de establecer objetivos naciona- les para aumentar la tasa de empleo;

¿ la modernización de la protección social, para garantizar su viabilidad a largo plazo frente al envejecimiento de la población, promover la integración social y la igualdad de sexos y proporcio- nar servicios sanitarios de calidad, dan- do un mandato al Grupo de Alto Nivel para la modernización de la Protección Social ¿precedente del actual Comité de Protección Social¿ para que prepare un estudio sobre la evolución futura de la protección social desde una perspecti- va a largo plazo, con atención particular a la sostenibilidad de los sistemas de pensiones en distintos marcos tempora- les hasta 2020 y más allá; y

¿ la promoción de la integración social, promoviendo la mejor comprensión de la exclusión social a través de un diálogo continuado y de intercambios de infor- maciones y de buenas prácticas, a partir de indicadores acordados en común, incluyendo la promoción de la integra- ción en las políticas de empleo, educa- ción, formación, sanidad y vivienda de los Estados miembros, completándola mediante acciones financiadas por los fondos estructurales, con especial aten- ción a grupos específicos, entre ellos per- sonas mayores y personas con discapaci- dades, destacando los esfuerzos a reali- zar para mejorar las cualificaciones, promover un acceso más amplio a los

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conocimientos y oportunidades para luchar contra el desempleo, al conside- rar que la mejor salvaguardia contra la exclusión social es un trabajo, y propo- niendo el recurso al método abierto de coordinación entre los planes de acción nacionales y la iniciativa para la coopera- ción en este ámbito, que deberá elaborar la Comisión, esenciales para que Europa ocupe un lugar en la economía basada en el conocimiento y para garantizar que esta nueva economía no aumente los pro- blemas existentes de desempleo, exclu- sión social y pobreza.

El Consejo Europeo de Lisboa también se pronuncia sobre la puesta en práctica de las decisiones adoptadas, proponiendo un plan- teamiento más coherente y sistemático, que pasa por la mejora de los procesos existentes, sin necesidad de alumbrar ninguno nuevo, considerando suficientes los instrumentos de los procesos preexistentes de Luxemburgo, Cardiff y Colonia, siempre que sean simplifi- cados y coordinados mejor, a través de las contribuciones de otras formaciones del Con- sejo, tareas de mejora que serán sostenidas por el propio Consejo Europeo, que asumirá la función preeminente de guía y coordina- ción para asegurar la coherencia global y la supervisión efectiva de los avances hacia el nuevo objetivo estratégico.

Asimismo, reitera que el Consejo Europeo celebrará cada primavera una sesión dedica- da a las cuestiones económicas y sociales, e invita a la Comisión a que prepare un infor- me anual de síntesis sobre los progresos, basado en los indicadores estructurales que deben acordarse sobre el empleo, la innova- ción, la reforma económica y la cohesión social; y dispone la puesta en práctica de un nuevo método abierto de coordinación, como manera de extender las prácticas idóneas y alcanzar una mayor convergencia en torno a los principales objetivos de la Unión Europea, en el que se aplicará un planteamiento total- mente descentralizado, de acuerdo con el principio de subsidiariedad en el que partici- parán activamente la Unión, los Estados miembros, los niveles regionales y locales, así como los interlocutores sociales y la sociedad civil, mediante distintas formas de colabora- ción, estableciendo también un método de eva- luación compartida de las prácticas idóneas para la gestión del cambio, y formulando un llamamiento especial a la responsabilidad social de las empresas en relación con la for- mación continua, la organización del trabajo, la igualdad de oportunidades, la integración social y el desarrollo sostenible.

Del seguimiento del Consejo Europeo de Lisboa, en relación con el empleo, las refor- mas económicas y la cohesión social, se ocupa el Consejo Europeo de Santa María da Feira, de 19 y 20 de junio de 2000.

Así, respecto de las actuaciones desarrolla- das para modernizar el modelo social euro- peo, insistiendo en las personas y en la cons- trucción de un Estado de bienestar activo:

¿ constata las realizaciones sobre el aprendizaje por medios electrónicos y las directrices sobre los futuros retos y objetivos de los sistemas educativos en la sociedad del aprendizaje, como tareas para preparar el informe sobre la educa- ción, a presentar en el Consejo Europeo de Estocolmo, e invita a los Estados miembros, al Consejo y a la Comisión a definir estrategias y medidas prácticas para fomentar la educación permanente para todos, promover la intervención de los interlocutores sociales, y aprovechar todo el potencial de financiación pública y privada, haciendo la enseñanza supe- rior más accesible a más personas, en el marco de la educación permanente;

¿ propone la realización de un balance intermedio del proceso de Luxemburgo como base para la revisión de las Direc- trices para el empleo (2001), e invita a los interlocutores a desempeñar un papel más destacado en la definición, aplicación y evaluación de las directri-

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ces para el empleo que dependen de ellos, especialmente, en lo relativo a la modernización de la organización del trabajo, la educación permanente y el aumento del índice de empleo, en parti- cular del femenino; y

¿ define las prioridades para la moderni- zación de la protección social y el fomen- to de la inclusión social, un marco con sus objetivos para evaluar la incidencia de las políticas sociales aplicadas en los Estados miembros, así como unos indi- cadores, como referencias comunes para la lucha contra la exclusión social y la erradicación de la pobreza.

Para el desarrollo y supervisión de los trabajos que se realicen sobre este asun- to a nivel comunitario, se cuenta con el Comité de Protección Social y desde el punto de vista del procedimiento, se apuesta por el fomento de la cooperación de los Estados miembros mediante un método de coordinación abierto que com- bine los Planes de Acción Nacionales con un programa comunitario de lucha con- tra la exclusión social, y por la participa- ción adecuada de los interlocutores sociales en los trabajos en curso.

Finalmente, respecto de la mejora de los métodos de trabajo, propone actuar a través de: la mejor coordinación entre las diferen- tes composiciones del Consejo y la garantía de una estrecha cooperación entre la Presi- dencia del Consejo y la Comisión, bajo la orientación general del Consejo Europeo; el desarrollo y la mejora, desde el punto de vis- ta metodológico, del método de coordinación abierto en el marco del Consejo; y la presen- tación por parte de la Comisión de un infor- me sobre el planteamiento propuesto para los indicadores, en relación con políticas concretas y para su utilización en el informe de síntesis que se presente al Consejo Euro- peo de primavera, para garantizar la cohe- rencia necesaria y su presentación normali- zada.

2.3. La Agenda Social Europea, un nuevo impulso para la Europa económica y social

El Consejo Europeo de Niza, del 7, 8 y 9 de diciembre de 2000, además de la aprobación de la Agenda Social Europea se ocupa en sus Conclusiones de las Estrategias europeas para el empleo, contra la exclusión social y todas las formas de discriminación, de la modernización de la protección social y de la implicación de los trabajadores, bajo el epí- grafe «Un nuevo impulso para la Europa eco- nómica y social».

La Agenda Social Europea, que constituye una etapa primordial en la consolidación y modernización del modelo social europeo, caracterizado por el vínculo indisociable entre el rendimiento económico y el progreso social, contiene, siempre de acuerdo con las Conclusiones del Consejo Europeo de Lisboa, las prioridades de actuación concretas hasta 2005 en todos los ámbitos de la política social, en torno a seis orientaciones estratégicas (mayor número y mejor calidad de los puestos de trabajo; anticipo a los cambios del entorno laboral y sacar partido de ellos, desarrollando un nuevo equilibrio entre flexibilidad y segu- ridad; lucha contra cualquier forma de exclu- sión y de discriminación para favorecer la integración social; modernización de la pro- tección social; fomento de la igualdad entre hombres y mujeres; y refuerzo de la dimen- sión social de la ampliación y las relaciones exteriores de la Unión Europea). Para el con- trol de su aplicación se prevé, cada año, coin- cidiendo con la sesión de primavera, el exa- men, por parte del propio Consejo Europeo, de un informe elaborado por la Comisión.

En cuanto a las estrategias europeas para el empleo y contra la exclusión social y todas las formas de discriminación, así como en lo relativo a la modernización de la protección social, constata sus logros y el estado de situación de los trabajos que se desarrollan para la consecución de los objetivos enuncia- dos en la Estrategia de Lisboa reflejados en:

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¿ las directrices para el empleo en 2001, en cuya elaboración han participado de forma constructiva el Parlamento Europeo y los interlocutores sociales, que confirman el enfoque a medio plazo adoptado por el Consejo Europeo de Luxemburgo, y destacan la toma en consideración de la calidad del empleo, el fortalecimiento del desarrollo del espíritu de empresa y la asunción del objetivo horizontal de la educación per- manente, y que incluyen, de forma inte- grada, los aspectos de carácter econó- mico y educativo, amén de los sociales;

¿ la aprobación de los objetivos de la lucha contra la pobreza y la exclusión social, que habrán de servir para la ela- boración por parte de los Estados miembros de un Plan de Acción Nacio- nal por un período de dos años (2001- 2003), y para definir indicadores, des- tacando la importancia de los textos adoptados en desarrollo del art. 13 del Tratado, y de los procedimientos de verificación de los programas realiza- dos en lo que se refiere a la exclusión social; y

¿ la realización de la evaluación global de la sostenibilidad y la calidad de los regímenes de pensiones, que habrá de quedar reflejada en un estudio sobre la viabilidad a largo plazo de las pensio- nes, fruto del trabajo conjunto de los Estados miembros y la Comisión, a par- tir de la presentación por parte de aquellos de sus estrategias nacionales, a propósito de la protección social, estu- dio que conocerá el Consejo Europeo de Estocolmo.

Las Conclusiones del Consejo Europeo de Niza dedican, finalmente, una referencia expresa a la preparación del Consejo Europeo de primavera, en el que, a partir del Informe de síntesis preparado por la Comisión y de los informes pertinentes del Consejo a la luz, entre otros elementos, de los desafíos demográficos a los que ha de hacer frente la Unión, estudiará las cuestiones económicas y sociales y hará balance del desarrollo de la Estrategia decidi- da en Lisboa.

2.4. El pleno empleo y la calidad laboral en una Unión competitiva. La modernización del modelo social europeo

El primer Consejo Europeo de primavera después de Lisboa, celebrado en Estocolmo, los días 23 y 24 de marzo de 2001, en sus Con- clusiones subraya el acuerdo total en que la reforma económica y las políticas sociales y de empleo se refuercen mutuamente, así como que el método abierto de coordinación es un instrumento importante para avanzar y alcanzar el objetivo estratégico de la Unión para el próximo decenio, teniendo en cuenta el elemento del reto demográfico derivado del envejecimiento de la población y de la baja tasa de natalidad, que se traducen en una proporción cada vez menor de personas en edad laboral y en la incidencia sobre los siste- mas de seguridad social, las pensiones, la asistencia sanitaria y la atención a los ancia- nos.

En este marco, el Consejo Europeo de Estocolmo ha concluido, tras la discusión sobre cómo crear más y mejores empleos, con un compromiso de la Unión y los Estados miembros con el logro del pleno empleo, que consideran un medio importante para hacer frente al reto del envejecimiento de la pobla- ción, y la fijación de objetivos intermedios, para enero de 2005, coincidiendo práctica- mente con el fin de la vigencia de la Agenda Social Europea, para las tasas de empleo en toda la Unión, del 67% en general, y del 57% para las mujeres, así como la adición a los objetivos de Lisboa de uno nuevo, referido expresamente a la tasa media de empleo de los hombres y mujeres de más edad (55-64 años), que se propone aumentar hasta el 50% en 2010, invitando al Consejo y la Comisión a

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que informen al Consejo Europeo de Barcelo- na, sobre la forma de aumentar la participa- ción de la mano de obra y fomentar la prolon- gación de la vida activa, con atención especial a la reducción de los estrangulamientos del mercado laboral, la economía informal y los factores de los sistemas fiscales y de presta- ciones sociales, que disuaden a hombres y mujeres de ocupar empleos, y a que elaboren, también para el mismo Consejo, indicadores de ayudas familiares.

En materia de educación, formación y capacitación, además de reconocer como prio- ridad fundamental la mejora de las capacida- des básicas, especialmente relacionadas con la tecnología de la información, con implica- ciones en las políticas de educación general y de formación permanente, se encarga al Con- sejo y la Comisión que presenten un progra- ma de trabajo detallado sobre el cumplimien- to de los objetivos de los sistemas de educa- ción y de formación, según el método abierto de coordinación, aplicable también a esta área temática, para el Consejo Europeo de Barcelona.

La movilidad de los trabajadores en un nuevo mercado laboral europeo abierto, ele- mento fundamental para aumentar la capaci- dad de adaptación al cambio, justifica el man- dato que se da a la Comisión para que cree un grupo de trabajo de alto nivel sobre capacita- ción y movilidad que examine las caracterís- ticas y barreras del mercado laboral europeo, con atención especial a las necesidades en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones, a partir de cuyos trabajos la Comisión deberá presentar al Consejo Euro- peo de Barcelona un régimen de reconoci- miento de cualificaciones y períodos de estu- dio más uniforme, transparente y flexible y sobre la transferibilidad de las pensiones complementarias.

En relación con el seguimiento de las medidas y actuaciones respecto de la moder- nización del modelo social europeo, con el referente y sobre la base del contenido de la Agencia Social Europea, las Conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo, destacan no sólo la dimensión cuantitativa del pleno empleo, sino también y muy especialmente la mejora de la calidad en el trabajo, proponien- do que los Estados miembros y el Consejo definan enfoques comunes para mantenerla y mejorarla, a incluir como objetivo general en las Directrices para el empleo (2002), que el Consejo y la Comisión establezcan, con ante- rioridad al Consejo Europeo de Laeken, indi- cadores sobre este tema, que incluye la igual- dad de oportunidades para las personas con discapacidad y para ambos sexos, la organi- zación del trabajo adecuado y flexible, que permita la mejor conciliación de la vida labo- ral y privada, la formación permanente, la salud y la seguridad en el trabajo, la partici- pación de los trabajadores y la diversidad en la vida laboral.

Además de al empleo, las Conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo, también se refieren al fomento de la integración social, consideran la lucha contra la exclusión social de importancia primordial para la Unión y reiteran que un empleo retribuido para hom- bres y mujeres constituye la mejor garantía contra la pobreza y la exclusión social.

Así, los Estados miembros deben dar prio- ridad a la aplicación de los Planes de Acción Nacionales destinados a combatir la pobreza y la exclusión social; a partir de los objetivos comunes fijados en el Consejo Europeo de Niza, el Consejo y el Parlamento Europeo, por su parte, deben adoptar el programa de acción de inserción social; y el Consejo debe mejorar el seguimiento de las medidas adop- tadas en este ámbito mediante el estableci- miento de indicadores sobre la lucha contra la exclusión social. También deben atender a la protección social, a los sistemas seguros y sostenibles, ya que el envejecimiento de la población requiere la definición de estrate- gias claras para garantizar la idoneidad de los sistemas de pensiones, sanitario y de atención a la tercera edad, manteniendo la sostenibilidad de las finanzas públicas y la

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solidaridad entre las generaciones, y propo- niendo el aprovechamiento de todas las posi- bilidades del sistema abierto de coordinación, particularmente en el ámbito de las pensio- nes, respecto de las que pide al Consejo que presente el estudio sobre su sostenibilidad, a realizar por el Comité de Protección Social, para el Consejo Europeo de Gotemburgo, y mandata a este Comité y al de Política Econó- mica para que presenten al Consejo Europeo de Barcelona un informe sobre la calidad y la sostenibilidad de las pensiones a la vista del cambio demográfico.

El Consejo Europeo de Estocolmo invita al Consejo para que acuerde y eleve al Consejo Europeo de Laeken los parámetros que deban ser tenidos en cuenta en los trabajos que el mismo Consejo y el Parlamento Europeo lle- ven a cabo sobre la coordinación de los siste- mas de seguridad social en beneficio de los ciudadanos europeos que ejercen su derecho de libre circulación en el espacio geográfico comunitario.

Las Conclusiones destacan la importancia de la contribución de los interlocutores socia- les, fundamental para evaluar los resultados y los avances en la realización del objetivo estratégico de la Unión y para aplicar la reforma, y acogen favorablemente las inicia- tivas del sector empresarial para fomentar la responsabilidad social de las empresas.

A modo de traspaso del testigo al Consejo Europeo de Barcelona, las Conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo, además de los encargos ya señalados para ser tratados durante la celebración de aquel, proponen que se ocupe también de la integración de los objetivos de desarrollo sostenible en la Estra- tegia de Lisboa y de la aportación del sector de la tecnología ambiental al fomento del cre- cimiento y del empleo.

Finalmente, el Consejo Europeo de Esto- colmo solicita que, respecto de la evaluación del proceso de Luxemburgo, se estudie la posibilidad de integrarlo y coordinarlo mejor con los trabajos preparatorios del Consejo, incorporando al informe de síntesis de la Comisión los elementos principales de todas las demás contribuciones, incluidas las conte- nidas en los informes conjuntos de la Comi- sión y el Consejo. A propósito de la coherencia de los trabajos del Consejo Europeo, se acuer- da que, en su reunión de primavera, concen- tre su orientación e impulso político en las cuestiones económicas y sociales.

El Consejo Europeo de Gotemburgo, del 15 y 16 de junio de 2001, supone un hito más en el proceso de desarrollo de la Estrategia de Lisboa, coincidente con el avance en las nego- ciaciones y el establecimiento del marco para concluir con éxito el proceso de la ampliación, al incorporar al proceso de Lisboa el acuerdo en torno a la estrategia para el desarrollo sos- tenible y la dimensión medioambiental, ade- más de dar orientaciones para una política económica dirigida a mantener el crecimiento y fomentar las reformas estructurales.

Respecto de la actuación para el desarrollo sostenible, las Conclusiones recuerdan que éste exige la utilización de las políticas, entre ellas las sociales, de forma interactiva, y que la definición de objetivos claros y estables proporcionará oportunidades económicas que permitan, a su vez, impulsar un nuevo ciclo de innovación tecnológica y de inversión, generador de crecimiento y de empleo.

A propósito de las acciones consecutivas al Consejo Europeo de Estocolmo, respecto del pleno empleo y de la calidad laboral en una Unión competitiva, se encarece a los Estados miembros para que aprovechen toda la reser- va de trabajo de la Unión, mejorando las oportunidades de las mujeres para entrar en el mercado laboral y aumentando el índice de empleo correspondiente a los trabajadores de edad, y se manifiesta a favor de un enfoque global para afrontar el reto del envejecimien- to de la sociedad, respaldando expresamente los tres grandes principios señalados por el Consejo para asegurar la sostenibilidad a lar- go plazo de los sistemas de pensiones (la sal-

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vaguardia de la capacidad de los sistemas para cumplir sus objetivos sociales, el mante- nimiento de la sostenibilidad financiera y la satisfacción de las nuevas necesidades de la sociedad), proponiendo que el Consejo, de acuerdo con el método abierto de coordina- ción, como preparación al Consejo Europeo de Barcelona, elabore un informe provisional para el Consejo Europeo de Laeken, respecto de los objetivos y métodos de trabajo en el ámbito de las pensiones, y un informe inicial sobre orientaciones en el ámbito de la asis- tencia sanitaria y la atención a los ancianos, con la intención de integrar todos estos traba- jos en las Orientaciones Generales de Política Económica.

2.5. La concreción del modelo social europeo después de los sucesos del 11 de septiembre de 2001

El Consejo Europeo de Laeken, de 14 y 15 de diciembre de 2001, antesala del Consejo Europeo de Barcelona, anuncia el balance que en éste se hará sobre los progresos para alcanzar el objetivo estratégico de Lisboa y del acuerdo sobre las medidas concretas rela- tivas a las acciones prioritarias a emprender para aplicar la Estrategia de Lisboa, recor- dando que la desaceleración del crecimiento hace que sea más importante que nunca apli- car las reformas estructurales, acordadas en Lisboa y Estocolmo, y poner claramente de manifiesto que el programa en materia de asuntos económicos y sociales y desarrollo sostenible sigue siendo pertinente para los ciudadanos y las empresas de Europa. Para tener una visión más clara de los resultados alcanzados por cada uno de los Estados miembros, y para elaborar el informe de sín- tesis que la Comisión presentará en enero de 2002, propone el empleo de indicadores estructurales para hacer posible la celebra- ción y las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona.

En el capítulo del empleo, se reitera la finalidad de la Estrategia de Lisboa de per- mitir que la Unión vuelva a encontrar las condiciones del pleno empleo y la aceleración de los esfuerzos para alcanzar la tasa de empleo del 70%, como primer objetivo de la Estrategia Europea en materia de empleo, y se alude al manifiesto de los interlocutores sociales durante la Cumbre Social del 13 de diciembre de 2001, de su voluntad de des- arrollar el diálogo social y elaborar conjunta- mente un programa de trabajo plurianual antes del Consejo Europeo de Barcelona, lo que implica y supone el desarrollo y la articu- lación mejor de la concertación tripartita sobre los diferentes aspectos de la Estrategia de Lisboa, acordando la celebración en ade- lante de una Cumbre Social antes de cada Consejo Europeo de primavera.

En cuanto a la concreción del modelo social europeo, siguiendo la pauta de la Agenda Social Europea, el Consejo Europeo de Lae- ken toma nota de los progresos en el ámbito de la legislación social, en relación con las Directivas sobre información y consulta de los trabajadores y sobre protección de los tra- bajadores en caso de insolvencia del emplea- dor, insistiendo en la importancia de prevenir y resolver los conflictos sociales mediante mecanismos voluntarios de mediación, de la consideración y relevancia dadas al principio de la igualdad entre hombres y mujeres; y del acuerdo político relativo a la extensión a los nacionales de terceros países de la coordina- ción de los regímenes de seguridad social, ins- tando al Consejo para que adopte cuanto antes las medidas necesarias.

También acoge favorablemente el informe conjunto sobre las pensiones, destacando que la adecuación de las pensiones, la viabi- lidad de los regímenes de pensión y su modernización y un mejor acceso a las pen- siones complementarias, revisten una importancia particular para hacer frente a la evolución de las necesidades, e invita al Con- sejo a adoptar un enfoque similar para la preparación del informe sobre la asistencia sanitaria y los cuidados a las personas de edad avanzada.

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Finalmente, dada la consideración del informe conjunto sobre la integración social y la definición de los indicadores comunes como elementos importantes de la política definida en Lisboa para erradicar la pobreza y fomen- tar la integración social, se insiste en la nece- sidad de reforzar el dispositivo estadístico.

3. EL PROCESO DE PREPARACIÓN DEL CONSEJO EUROPEO DE BARCELONA

3.1. La reunión ministerial informal de empleo y política social y la Conferencia sobre el empleo en Europa: de Luxemburgo a Barcelona

Para encontrar el origen inmediato de las Conclusiones de la Presidencia del Consejo de Empleo y Política Social, nos tenemos que remontar a la reunión ministerial informal de empleo y protección social, celebrada los días 18 y 19 de enero de 2002 en Burgos, con participación de representantes de las tres instituciones, del Comité Económico y Social y de los interlocutores sociales, y a la Confe- rencia sobre el Empleo en Europa: de Luxem- burgo a Barcelona, que tuvo lugar en Madrid el 12 de febrero de 2002.

La reunión ministerial informal de Empleo y Protección Social se desarrolló sobre la base de dos cuestionarios preparados por la Presi- dencia, dirigido uno a los interlocutores socia- les y otro a los Estados miembros.

A los interlocutores sociales se les solicita- ba su opinión sobre la posibilidad de reforzar su contribución y estimular su aportación en aquellas áreas de la Estrategia Europea de Empleo, en el marco de los objetivos de Lis- boa, en las que su actuación puede ser decisi- va, tanto en el ámbito europeo como en los Estados miembros.

En el cuestionario destinado a los delega- dos de los Estados miembros, la Presidencia proponía reflexionar sobre si la nueva Estra- tegia Europea de Empleo debería estar vincu- lada a medio plazo a los objetivos de Lisboa, sobre la necesidad de un mayor refuerzo de la coordinación y la coherencia entre las políti- cas económicas, de empleo y sociales, y, en caso afirmativo, sobre el mejor medio para hacerlo; sobre los elementos que deberían ser tenidos en cuenta para que la nueva Estrate- gia Europea de Empleo alcanzara el valor político de Luxemburgo y Lisboa y, con esta finalidad, sobre cuál sería el ámbito de actua- ción que deberían asumir al respecto los Con- sejos Europeos y en especial los de primave- ra; a propósito de la valoración del funciona- miento del proceso de Luxemburgo, solicitaba su opinión sobre los puntos fuertes y aquellos otros que fueran susceptibles de enfoques diferentes a los mantenidos hasta este momento; en relación con el modo cómo podría reforzarse la contribución de los inter- locutores sociales y estimular su aportación en aquellas áreas de la Estrategia Europea de Empleo en las que su actuación puede ser decisiva; y respecto de la forma en que podría fortalecerse la contribución de las demás polí- ticas comunitarias a la Estrategia Europea de Empleo, de conformidad con el art. 127 del TCE de Amsterdam.

Además de esta primera batería de cues- tiones relacionadas con la Estrategia Euro- pea de Empleo, en un segundo bloque, rela- cionado con los temas de la cohesión social de la Estrategia de Lisboa, se invitaba a los Estados miembros y a la Comisión a reflexio- nar sobre las peculiaridades que debería incorporar el método abierto de coordinación en su aplicación al ámbito de las pensiones, teniendo en cuenta el principio de subsidia- riedad, la diversidad de sistemas nacionales de protección social, y las apelaciones a la prudencia realizadas por algunos Estados miembros; en relación con esta misma cues- tión, se planteaba también el papel que deberían desempeñar los indicadores en relación con las pensiones. Por último, se solicitaba a los participantes en la reunión su opinión, en relación con el tema de la pro-

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longación de la vida laboral más allá de la edad general de jubilación, sobre la posibili- dad de desarrollar la coordinación de mane- ra gradual, a partir de la identificación de buenas prácticas y del intercambio de las experiencias nacionales.

El resultado de los debates, que concluyó con el acuerdo sobre la necesidad de que el Consejo Europeo de Barcelona evaluara polí- ticamente la Estrategia Europea de Empleo, con el objetivo de mantenerla y reforzarla, puso de manifiesto un elevado nivel de con- senso sobre: el mantenimiento del objetivo del pleno empleo en el 2010; la necesidad de incrementar la participación de los interlocu- tores sociales; la conveniencia de equilibrar lo económico y lo social a través de una mayor sincronización en los calendarios de los dife- rentes procesos en presencia en la Estrategia de Lisboa; el enfoque integrado de todas las políticas comunitarias hacia el objetivo del pleno empleo; la necesidad de simplificar los procesos burocráticos; la necesidad de un enfoque descentralizado que tenga en consi- deración los ámbitos europeo, nacional y local; la inclusión de la mujer, las personas con discapacidad y las personas de más edad, el fomento de la movilidad geográfica; la importancia de la formación inicial y perma- nente; la atención al fenómeno de la emigra- ción; la inclusión de los países candidatos en las actuaciones relacionadas con la forma- ción; la propuesta de reestructuración de empresas; y los nuevos cometidos del Fondo Social Europeo.

En la Conferencia sobre «El empleo en Europa: de Luxemburgo a Barcelona», que tuvo lugar en Madrid, el 12 de febrero de 2002, con presencia y participación de repre- sentantes de la Comisión, del Parlamento Europeo, de los interlocutores sociales y de los Estados miembros, así como de expertos académicos, se abordaron las cuestiones rela- tivas a la empleabilidad y la participación laboral; el aprendizaje y la adaptabilidad; el empleo y las actividades emprendedoras; la modernización de la organización del trabajo; la igualdad de oportunidades; y la dimensión regional de las políticas de empleo.

En relación con la empleabilidad y la par- ticipación laboral, se destacó el papel esencial de los interlocutores sociales en la adaptación de la vida laboral de los trabajadores, en par- ticular, a través de medidas de prevención en favor de los desempleados, por medio de la negociación colectiva salarial, de la forma- ción, y de otras medidas para favorecer la inserción laboral de éstos, que también deben asumir su propia responsabilidad para salir de esa situación. La formación como instru- mento para favorecer la empleabilidad, no sólo se debe considerar en relación con los desempleados, sino también como instru- mento para favorecer la permanencia en el mercado de trabajo.

En cuanto al aprendizaje y la adaptabili- dad, se subrayó la necesidad de que exista un marco europeo que facilite la adquisición por todos los ciudadanos de las competencias básicas, que se fomente una cultura de apren- dizaje permanente, de la que deben partici- par las empresas, el establecimiento de siste- mas educativos y formativos flexibles que presten especial atención a las motivaciones de los ciudadanos para querer aprender, y a los colectivos con mayores dificultades. Com- plementariamente, se deberán promover los mecanismos de reconocimiento de las compe- tencias cualquiera que haya sido la vía de su adquisición, continuando con los esfuerzos de inversión en recursos humanos.

A propósito del empleo y las actividades emprendedoras, la Conferencia concluyó poniendo de manifiesto la necesidad de refor- zar la capacidad de crear empleo por parte de las economías europeas en cantidad y de cali- dad, lo que requerirá la coordinación y cohe- rencia de las políticas de empleo y de protec- ción social con la política económica. Para ello, se debe actuar teniendo en cuenta que las empresas son las responsables finales de la creación de empleo, por lo que debe avan- zarse en las reformas estructurales precisas

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para configurar un marco estable de competi- tividad, a través de la simplificación de los trámites administrativos para la creación de nuevas empresas, la mejora de los sistemas de financiación, y la reducción de las cargas fiscales y sociales, en particular las que gra- van el empleo poco cualificado. Particular atención deberá prestarse al autoempleo, bien se trate de trabajadores independientes, bien de empresarios individuales, dado el potencial de generación de nuevos empleos de este colectivo. Finalmente, se puso de mani- fiesto la necesidad de prestar apoyo a nuevas alternativas, especialmente en el área de ser- vicios, para atender necesidades insuficiente- mente cubiertas en la actualidad, que pueden ser, a su vez, fuentes de creación de empleo.

La modernización de la organización del trabajo para adecuarla a las exigencias de la nueva economía, se consideró un elemento clave para la adaptación de las estructuras económicas y sociales y para la consecución de los objetivos estratégicos de Lisboa. Por ello, el Estado y los interlocutores sociales deben asumir sus responsabilidades para facilitar a los trabajadores los instrumentos que les permitan adaptarse al cambio, refor- zando el papel de la política de empleo y de la política social como factores de competitivi- dad, a través de las actuaciones a favor del diálogo social y de la mejora de la calidad del empleo, que no debe ser ajena a las nuevas formas, más flexibles, de organización del trabajo, en cuyo establecimiento y ordenación debe jugar un papel central el diálogo social.

La igualdad de oportunidades y la no dis- criminación en el acceso al empleo de todos los grupos o colectivos, en particular aquellos con mayores dificultades, debe continuar siendo un principio fundamental en la actua- ción de la Unión Europea y de los Estados miembros, para la consecución de los objeti- vos estratégicos de Lisboa. Para ello, será necesario garantizar la formación adecuada que permita su incorporación y permanencia en el mercado de trabajo. Especialmente, la reducción de la tasa de desempleo femenina debe ser objetivo prioritario de todas las polí- ticas de empleo, que deberán elaborarse con- siderando la perspectiva de género. Por otra parte, respecto de las personas de más edad deben desarrollarse también políticas que promuevan el envejecimiento activo de la población.

En cuanto a la dimensión regional de las políticas de empleo, las Conclusiones de la Conferencia sobre el empleo en Europa desta- can la necesidad de adaptar la Estrategia Europea de Empleo a la dimensión regional y local, lo que debe permitir la mejora del fun- cionamiento de los mercados de empleo, el fomento de la movilidad geográfica, a fin de dar respuesta, junto con las políticas de des- arrollo regional, a los problemas de desequili- brio regional y de estrangulamientos en los mercados de trabajo. En el marco de una polí- tica de empleo, cada vez más descentralizada en su gestión, un elemento importante que se destaca es el refuerzo del papel de coordina- ción de los servicios públicos de empleo, res- pecto de todos los actores a nivel regional y local.

3.2. La Estrategia de Lisboa. Hacer realidad el cambio. Informe de síntesis de la Comisión

La Comisión, por su parte, contribuyó al proceso de preparación del Consejo Europeo de Barcelona, además de con su participación activa en los eventos citados con una Comu- nicación de 25 de enero de 2002, sobre «La Estrategia de Lisboa. Hacer realidad el cam- bio», título del informe de síntesis que precep- tivamente está previsto que elabore anual- mente en el contexto del seguimiento de la Estrategia de Lisboa.

El Informe de síntesis se abre con la pre- sentación del contexto político y económico, determinado por la puesta en circulación del euro, como símbolo de la integración euro- pea, el análisis de la situación macroeconó- mica, caracterizada por un proceso de des-

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aceleración económica que se manifiesta en el debilitamiento de la confianza de las empresas y ciudadanos, el recorte de los pro- nósticos de crecimiento, la ralentización de la inversión empresarial y la interrupción en el descenso del desempleo, para pasar luego a ocuparse de la evaluación de los avances en los dos años transcurridos desde Lisboa en el campo del empleo, en el que destacan los buenos resultados en el 2000 y 2001, de la tasa de empleo que progresa en la mayo- ría de los Estados miembros, si bien varía considerablemente en el caso de las mujeres y es muy baja entre los trabajadores mayo- res; el retroceso del desempleo durante el 2000 y principio del 2001; la continuidad de la tasa de desempleo femenino relativamen- te elevada; la necesidad de mejorar las medi- das de incentivación en el trabajo y reformar los sistemas impositivos y de incentivación del mismo, y el examen de la calidad del empleo.

En el ámbito de la educación, la forma- ción, la investigación y la innovación, se des- taca la necesidad de acelerar el tránsito a una economía del conocimiento, y de aumen- tar los gastos en educación, así como en investigación y desarrollo tecnológico y cien- tífico, ya que el aumento del recurso a las nuevas tecnologías no se ha reflejado todavía en aumentos sustanciales de la productivi- dad.

Respecto de la cohesión social, a la que la Agenda Social Europea ha dado un nuevo ímpetu, a través de la modernización del modelo social, y del enfrentamiento con la amenaza de la pobreza, expresa su optimis- mo por la mejora de la situación del empleo y su incidencia positiva sobre la lucha contra la exclusión social y la pobreza y destaca la importancia de la dimensión regional de aquélla.

El medio ambiente, después de siete meses del lanzamiento de la estrategia de desarrollo sostenible en el Consejo Europeo de Gotem- burgo, se presenta también como instrumen- to para mejorar el rendimiento económico en su conjunto, a la espera del informe de la Comisión sobre los efectos de las tecnologías del medio ambiente sobre el crecimiento y el empleo.

En cuanto al repaso de las políticas aplica- das, el Informe de síntesis se manifiesta expresamente a favor de mantener el impul- so subyacente a la Estrategia de Lisboa en su conjunto, expresando su firme compromiso con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento como medios para ayudar a generar confian- za, de forma que se subsane la falta de resul- tados tangibles de las reformas económicas y estructurales, se garantice que el desarrollo sostenible forma parte integral de las refor- mas, se continúe fomentando la cohesión eco- nómica y social, se consigan unas pensiones seguras y viables, se impulse el espíritu de empresa en un entorno empresarial favorable y se fomente una competencia efi- ciente, proponiendo que el Consejo Europeo centre su atención en los tres ámbitos priori- tarios siguientes: diseño de políticas de empleo, en particular políticas activas del mercado de trabajo para los mercados de tra- bajo europeos; establecimiento de reformas económicas para reforzar la competitividad, la integración y la inversión en las industrias en red de la UE (mercados financieros, ener- gía y transportes); y la inversión en conoci- mientos a favor de la competitividad y el empleo, a fin de crear un espacio europeo del conocimiento, y disponer de tecnologías de punta (biología y biotecnología, y tecnologías no contaminantes), como factor clave del futuro crecimiento.

Concluye el Informe de síntesis con la pro- puesta de asegurar y mejorar la coordina- ción de las políticas económicas y la integra- ción de los aspectos económicos, sociales y medio ambientales en la Estrategia de Lis- boa, prestando mayor atención a la coheren- cia de las políticas aplicadas en estos ámbi- tos, lo que debe suponer una mejor coordina- ción y sincronización de los principales ins- trumentos políticos empleados, en particu-

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lar: las Orientaciones Generales de Política Económica, las Directrices de Empleo, y el Informe de Cardiff sobre la reforma econó- mica, que la Comisión propone, en primave- ra, otoño y a final de cada año respectiva- mente, y con la referencia al reto que repre- senta el proceso de ampliación para la pro- pia Estrategia, así como para la cohesión económica y social.

También el Comité de Empleo y el Comité de Protección Social realizaron sus aportacio- nes, a través de sus opiniones a propósito del Informe de síntesis, para su consideración por parte del Consejo de Empleo y Política Social.

La opinión del Comité de Empleo se mani- festó a favor de la necesidad de un plantea- miento equilibrado y estratégico, de la mejo- ra de la coordinación de los principales pro- cesos políticos clave de la Estrategia, refor- zando los lazos entre ellos y sincronizándo- los, del fortalecimiento del papel de los inter- locutores sociales, en la necesidad de mante- ner el compromiso para reforzar la Estrate- gia Europea de Empleo, en la necesidad de intensificar los esfuerzos encaminados a con- seguir una mayor participación para alcan- zar los objetivos en materia de tasa de empleo, en la mejora de la empleabilidad, la adaptabilidad y la movilidad, expresando su satisfacción por la labor del grupo operativo de alto nivel sobre las cualificaciones y la movilidad. Saludó la decisión de utilizar indicadores estructurales, y expresó su con- formidad con los indicadores elegidos para medir el progreso hacia los objetivos estraté- gicos de Lisboa.

El Comité de Protección Social, por su par- te, se pronunció exclusivamente respecto de los objetivos para 2010 en el ámbito de la exclusión social, aceptando la reducción, sin cuantificar, del número de personas en situa- ción de riesgo de pobreza, y sobre los indica- dores estructurales en materia de cohesión social.

3.3. La evaluación de la aplicación de la Agenda Social Europea

La Comisión presentó, el 19 de febrero de 2002, como complemento al Informe de sínte- sis, una Comunicación con el cuadro de indi- cadores sobre la aplicación de la Agenda de Política Social, que contiene el estado de situación sobre el cumplimiento de las pro- puestas e iniciativas y del calendario presen- tado por la Comisión en su Comunicación, de 28 de julio de 2000, antecedente de la Agenda Social Europea, respecto de las seis orienta- ciones enunciadas, tanto en la Comunicación de la Comisión como en la Agenda Social Europea adoptada por el Consejo Europeo.

En el apartado dedicado a conclusiones y perspectivas de la Comunicación, la Comi- sión ha propuesto las siguientes iniciativas para el futuro:

¿ En relación con el empleo: la realización de una evaluación de los cinco primeros años de aplicación del proceso de Luxem- burgo; un informe sobre el aumento de la tasa de actividad de la población activa y sobre el fomento de la prolongación de la vida activa, según lo acordado en el Con- sejo Europeo de Estocolmo; la presenta- ción de un plan de acción sobre compe- tencias y movilidad, la elaboración de la tarjeta de asistencia sanitaria europea y la propuesta de revisión de la base jurí- dica de EURES, en el contexto del Plan de Acción sobre la movilidad; y una Comunicación sobre la integración de los aspectos relativos al empleo en las demás políticas comunitarias.

¿ En cuanto a la transformación del entorno de trabajo: un nuevo enfoque en relación con los aspectos sociales de la reestructuración de las empresas, para estimular entre los interlocutores socia- les el diálogo a fin de identificar y des- arrollar las mejores prácticas sobre pre- visión y gestión de las reestructuracio- nes; la elaboración de una nueva estra-

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tegia de salud y seguridad; la renova- ción del diálogo social, a partir de la declaración conjunta realizada por los interlocutores sociales en el Consejo Europeo de Laeken; una Comunicación sobre el diálogo social con una propues- ta de creación de un nuevo comité de concertación; la apertura de una segun- da fase de consultas sobre la protección de los datos relativos a los trabajadores y una comunicación y un plan de acción sobre la participación financiera de éstos, y una propuesta de Directiva sobre el trabajo a través de agencias de trabajo temporal, así como la revisión de la Directiva sobre la constitución de un comité de empresa europeo.

¿ A propósito de la integración social: el establecimiento de objetivos concretos a largo plazo para la Unión, a fin de conse- guir antes de 2010 efectos decisivos en la erradicación de la pobreza; la consolida- ción del proceso de integración y la apli- cación del programa de acción de lucha contra la exclusión y la pobreza; y la pre- paración del año europeo de las personas con discapacidad, a celebrar en 2003.

¿ Respecto de la protección social: la ela- boración del primer informe conjunto de la Comisión y del Consejo en diciembre de 2002, tras el examen de las primeras estrategias nacionales sobre pensiones, que los Estados miembros deben pre- sentar en septiembre del citado año, y el informe inicial antes del Consejo Euro- peo de Barcelona, sobre la asistencia sanitaria y la asistencia de las personas mayores.

¿ En lo relativo al fomento de la igualdad entre hombres y mujeres: una propues- ta de Directiva, basada en el art. 13 del TCE, para luchar contra la discrimina- ción por motivos de sexo en ámbitos diferentes del empleo y del trabajo; una iniciativa política sobre la igualdad entre hombres y mujeres en las relacio- nes exteriores; la continuación en los esfuerzos para la conciliación entre la vida laboral y la vida familiar en el mar- co del pilar de la igualdad de oportuni- dades de la Estrategia Europea de Empleo; un informe sobre el programa de acción en el ámbito de los permisos parentales; y una Conferencia sobre la violencia contra las mujeres.

¿ En lo que se refiere a la ampliación y las relaciones exteriores: la intensificación de la cooperación con los países candida- tos, cuyos progresos en los ámbitos social y laboral se recogerán en el Infor- me de síntesis de 2003; y la participa- ción de estos países en el método abierto de coordinación en el ámbito del empleo y la integración social, dentro de la estrategia de preadhesión, entre otras actuaciones previstas.

3.4. La prolongación de la vida laboral activa y los sistemas de jubilación graduales y flexibles. Informe conjunto de la Comisión y del Consejo sobre el aumento de la tasa de población activa y el fomento de la prolongación de la vida activa

Entre las actividades programadas por la Presidencia para preparar el Consejo Euro- peo de Barcelona, el Seminario celebrado los días 4 y 5 de febrero de 2002 en Lanzarote, sobre «Prolongación de la vida laboral. Siste- mas de jubilación graduales y flexibles», se planteó abordar el tema de la conciliación entre la posibilidad de elegir libremente el momento de la jubilación por parte del traba- jador, con los retos que constituye la evolu- ción demográfica, la mayor esperanza de vida y las exigencias de modernización del apara- to productivo, de manera que desde las actua- ciones en el ámbito del mercado de trabajo y en el de la política social se puedan encontrar las soluciones que permitan atender los inte- reses de los trabajadores y las exigencias del sistema productivo y de las empresas, en la

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perspectiva siempre de conseguir los objeti- vos de la Estrategia de Lisboa en materia de empleo y de cohesión social.

En las conclusiones de este Seminario, con el objetivo de que el mercado de trabajo no discrimine a los trabajadores de mayor edad, permita la formación a lo largo de toda la vida activa, y la conciliación de la vida laboral y de la vida privada, se propone la actuación en tres áreas principales: la relativa a la adecua- ción del momento de la jubilación y la percep- ción de la pensión al ciclo de vida laboral, que combine las diferentes situaciones en las que se encuentran las personas activas; la refe- rente a la supresión de los incentivos que alientan la jubilación anticipada y la promo- ción de acciones que estimulen la permanen- cia en el mercado de trabajo de los trabajado- res de más edad; y la que alude al estímulo de un cambio cultural en las organizaciones, de forma que se valoren en mayor medida la experiencia y el conocimiento.

El diseño de un sistema de jubilación flexi- ble, finaliza el texto de conclusiones, exige ofrecer incentivos económicos en las pensio- nes a las personas que continúen su vida acti- va más allá de la edad de jubilación, así como acomodar su cuantía en los casos de anticipa- ción, contando para la implantación de un sistema de estas características con el acuer- do de los interlocutores sociales.

La Comisión y el Consejo, por su parte, ela- boraron, a solicitud del Consejo Europeo de Estocolmo, un Informe Conjunto sobre el aumento de la tasa de población activa y el fomento de la prolongación de la vida activa, adoptado por el Consejo de Empleo y Política Social, de 7 de marzo de 2002, para su consi- deración por el Consejo Europeo de Barcelo- na, a partir de la Comunicación de la Comi- sión, de 24 de enero de 2002, del mismo título.

En él se recuerda la necesidad de una mayor participación, cuantificada en los objeti- vos de Lisboa y de Estocolmo, de manera que las medidas políticas que se establezcan para su logro abarquen todos los grupos de edad de la población activa durante toda la vida, teniendo en cuenta las tendencias y los facto- res determinantes de la participación en el mercado de trabajo por tramos de edad, los fac- tores clave que influyen en la participación en la población activa (disponibilidad y atractivo de los empleos, dosificación justa de los incen- tivos financieros, educación y formación, y la existencia de un entorno favorable determina- do por la actuación de los servicios de empleo, la existencia de estructuras de cuidados de niños y de personas mayores y las facilidades para acceder al mercado de trabajo local).

Entre las consideraciones políticas, se incluyen: la necesidad de asegurar la activi- dad de las generaciones presentes y futuras hasta la edad de jubilación; la incorporación de las personas actualmente inactivas capa- citadas para el trabajo; y la prolongación de la presencia en el mercado de trabajo de los trabajadores mayores de 50 años, como obje- tivos globales.

Las actuaciones que se proponen para aumentar la participación en el mercado de trabajo se dividen en dos apartados: uno que contiene las referencias a una estrategia global y otro que incluye las iniciativas específicas.

El relativo a una estrategia global, que incorpora un enfoque dinámico basado en el ciclo vital para elevar al máximo la capacidad de las personas para participar en la pobla- ción activa a lo largo de todas las etapas de su vida se ocupa de: la creación de puestos de trabajo más numerosos y de mayor calidad; la mejora en la remuneración del trabajo; la existencia en el mercado de trabajo de compe- tencias profesionales adaptables y de mayor nivel; la existencia de empleos atractivos dis- ponibles como una opción real de trabajo para todos, a través de la acción de servicios públi- cos de empleo modernos y eficaces que des- arrollen su papel en los ámbitos de la orienta- ción profesional y en la búsqueda de los empleos adecuados para todos; y el compro- miso activo de los interlocutores sociales.

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En cuanto a las iniciativas específicas, el Consejo y la Comisión proponen dar prioridad a una iniciativa conjunta del Gobierno y los interlocutores sociales para prolongar la vida activa de los trabajadores, centrada en: el acceso a la formación en el marco de las empresas; la mejora de la calidad de las condi- ciones de trabajo y su organización, con men- ción especial a la salud y la seguridad en el lugar de trabajo; el aumento de las oportuni- dades de formas de trabajo flexibles; la supe- ración de la idea de la jubilación anticipada como solución preferente a los problemas rela- cionados con la reestructuración y la raciona- lización de actividades; una revisión específi- ca de los sistemas de imposición y de presta- ciones; un planteamiento firme para eliminar las disparidades entre los sexos en cuanto a la remuneración y el acceso al mercado de traba- jo; la promoción de la participación de las per- sonas con obligaciones asistenciales; y la revi- sión de las medidas destinadas a reducir los índices de abandono de los estudios.

Para alcanzar los objetivos expresados, el Informe de la Comisión y del Consejo estable- ce que debe procederse a una aplicación eficaz de las reformas del mercado de trabajo en el marco de las Directrices de Empleo y de las Orientaciones Generales de Política Económi- ca, teniendo en cuenta la relación con las pen- siones y la asistencia sanitaria, la contribu- ción de los interlocutores sociales y los cam- bios fundamentales en las actitudes de las empresas y los sistemas educativos, respecto a las disparidades entre los sexos, los trabaja- dores de más edad y otros grupos desfavoreci- dos, tales como migrantes y discapacitados.

3.5. El Plan de Acción de la Comisión sobre las competencias y la movilidad

La Comunicación de la Comisión de 13 de febrero de 2002 que contiene el Plan de acción en materia de competencias y de movilidad supone la conclusión del proceso iniciado en febrero de 2001, por medio de otra Comunica- ción sobre los nuevos mercados europeos de empleo, continuado en marzo de 2001, por el Consejo de Estocolmo y por el Informe final del grupo de alto nivel que ha trabajado sobre este tema, de diciembre de 2001, teniendo en cuenta también otra Comunicación de la Comisión sobre la realización de un espacio europeo de educación y formación permanen- te y los objetivos fijados en Lisboa, para cuya consecución se hace necesario disponer de mano de obra cualificada y flexible.

La Comisión propone actuaciones coordi- nadas y coherentes con los procesos en mar- cha, a partir de la Estrategia Europea de Empleo, así como con el proceso de amplia- ción, de modo que los países candidatos adop- ten también los objetivos de este Plan que se centran en torno a: el refuerzo de la movili- dad profesional y el desarrollo de competen- cias; el facilitar la movilidad geográfica; y la mejora de la información y transparencia sobre las oportunidades de empleo, para hacer frente a los retos con los que se enfren- ta la política de empleo a escala europea y nacional (movilidad profesional insuficiente, movilidad geográfica baja, y fragmentación de la información y falta de transparencia en las ofertas de empleo).

En relación con el primer objetivo, el del refuerzo de la movilidad profesional y el des- arrollo de las competencias, el Plan de acción propone actuar a través de: la disposición de los sistemas de educación y formación que permitan dar mejor respuesta a las necesida- des del mercado de trabajo; la introducción y el desarrollo de estrategias eficaces de desen- volvimiento de competencias para los traba- jadores; la supresión de obstáculos para el reconocimiento de la educación y formación, cualquiera que sea su origen, favoreciendo la transparencia y transferibilidad de las cuali- ficaciones en la UE; y el refuerzo de la actua- ción en las regiones y Estados miembros menos avanzados, a través de las inversiones en recursos humanos en los más retrasados.

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Para la consecución del objetivo de facili- tar la movilidad geográfica el Plan de acción propone actuar sobre la supresión de obstácu- los administrativos y jurídicos subsistentes, el desarrollo de competencias lingüísticas y transculturales, el favorecer el reconocimien- to de cualificaciones, propiciando una mayor transparencia en los sistemas de educación y formación, y el desarrollo de una política de inmigración a escala europea.

La mejora de la información y la transpa- rencia sobre oportunidades de empleo, tercer objetivo que se fija el Plan de acción, se prevé alcanzar por medio de la creación de un pun- to de información único sobre la movilidad europea, a través de la modernización de la red europea EURES y del lanzamiento de una campaña de información sobre la movili- dad, por parte de la Comisión, de los Estados miembros y de los interlocutores sociales.

Concluye el Plan de acción, dirigido a pro- mover el objetivo que consiste en hacer los mercados de trabajo europeos abiertos y más accesibles a todos los ciudadanos hasta el año 2005, con la previsión de establecer un proce- dimiento claro de vigilancia y seguimiento del Plan, utilizando para ello los mecanismos de que dispone la Estrategia Europea de Empleo. La Comisión se compromete a eva- luar la aplicación de este Plan de acción y remitir el resultado de la misma a los Conse- jos Europeos de primavera.

3.6. El futuro de la asistencia sanitaria y de la atención a las personas mayores. El informe conjunto del Comité de Protección Social y del Comité de Política Económica

Este Informe, elaborado conjuntamente por el Comité de Protección Social y el Comi- té de Política Económica a partir de la Comu- nicación de la Comisión, de 5 de diciembre de 2001, titulada «el futuro de la asistencia sani- taria y de la atención a las personas mayores: garantizar la accesibilidad, la calidad y la sostenibilidad financiera» y de las proyeccio- nes financieras contenidas en el Informe sobre «Retos presupuestarios que plantea el envejecimiento de la población: el impacto sobre el gasto público en pensiones, salud y asistencia para las personas mayores e indi- cadores posibles de la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas», del Comité de Política Económica, tras constatar el creci- miento más rápido de los gastos derivados de la asistencia sanitaria y de la atención a las personas mayores que el PIB, recoge la rela- ción de los retos con los que se enfrentan todos los Estados miembros, derivados del impacto del envejecimiento demográfico, del desarrollo de nuevas tecnologías y terapias, y de la mejora del bienestar y del nivel de vida.

Tras referirse a la diversidad de los siste- mas nacionales competentes en todo lo relacio- nado con la organización de los sistemas de asistencia sanitaria, dada su implicación con algunas políticas comunitarias tales como la de salud pública, según el art. 152 del Tratado, la de la mejora de la calidad y la viabilidad de las finanzas públicas, y la de profundización del mercado interior, termina estableciendo como objetivos a largo plazo los de la accesibilidad, calidad y viabilidad o sostenibilidad financiera de estos sistemas, para lo que deberán adop- tarse medidas tendentes a: asegurar el acceso de todos a una atención sanitaria de calidad; reforzar la transparencia y la calidad de los sis- temas de salud; y continuar el proceso de refor- mas iniciado para hacer compatible el ritmo de la evolución de los gastos con la disponibilidad de recursos que permita asegurar la financia- ción adecuada de la asistencia sanitaria, con- tando para ello con la cooperación de todos los actores del sistema de salud.

3.7. La violencia contra las mujeres

La referencia en las Conclusiones del Con- sejo Europeo de Barcelona al tema de la vio- lencia contra las mujeres fue el resultado de la Conferencia de Ministras y Ministros de igualdad de oportunidades de la UE, celebra-

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da en Santiago de Compostela el 18 y 19 de febrero de 2002, que contó con la participa- ción de responsables de las políticas de igual- dad de oportunidades de la Comisión y del Parlamento Europeo, representantes de los Estados miembros de la Unión, del Espacio Económico Europeo y de los países candida- tos, de los interlocutores sociales a escala europea, el lobby europeo de mujeres y de otros responsables políticos, que, tras poner de manifiesto que se trata de un fenómeno generalizado y persistente que se produce en todos los estamentos sociales, a pesar de las legislaciones nacionales e internacionales a favor de la igualdad, y por tanto un problema estructural, tras un detenido análisis del mismo, elaboraron propuestas para seguir avanzando en la erradicación de la violencia en sus distintos aspectos, reafirmando los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos, de las libertades fun- damentales y del estado de derecho, en los que se basa la Unión.

Los debates se desarrollaron en torno a cuatro puntos principales relativos a: la pre- vención de la violencia a través de campañas de sensibilización, la prevención de la violen- cia contra las mujeres desde la escuela, la protección de las víctimas y la condena de los opresores, y el acoso moral en el trabajo como forma de violencia contra las mujeres.

Incluido en el orden del día del Consejo de Empleo y Política Social, de 7 de marzo de 2002, como tema de debate abierto, la Presi- dencia elaboró un documento de conclusio- nes, consensuado, para su elevación al Conse- jo Europeo, que resume el contenido de los debates celebrados en la Conferencia de San- tiago de Compostela y en el propio Consejo en cuatro puntos:

¿ la importancia de establecer un enfoque integrado y multidisciplinar para la erradicación de la violencia contra las mujeres, implicando a las autoridades responsables de otras formaciones del Consejo tales como Justicia e Interior, Sanidad, y Educación y Juventud;

¿ la importancia del intercambio de bue- nas prácticas como instrumento eficaz en el desarrollo de políticas de interés común para los Estados miembros y para abordar soluciones en el caso de la violencia de género, apoyando el proceso de elaboración, anunciado por la Presi- dencia, de una guía sobre buenas prácti- cas, que contenga las medidas y actua- ciones puestas en marcha por los Esta- dos miembros en este ámbito;

¿ la necesidad de continuar desarrollando campañas de sensibilización para que la sociedad tome conciencia del problema, con el objetivo de prevenir la violencia de género implicando a toda la sociedad en su erradicación, con la sugerencia a los Estados miembros de que coordinen estas campañas a nivel nacional y local y a que se identifiquen, cada año, temas prioritarios comunes a nivel de la UE ¿ la violencia doméstica (2002), el tráfico de mujeres y niñas (2003), la violencia en el trabajo (2004), encargando al gru- po de alto nivel sobre igualdad la defini- ción de los ámbitos prioritarios de acción para los años sucesivos; y

¿ la necesidad de disponer de información homogénea, con el fin de evaluar la efi- ciencia y la eficacia de las medidas adoptadas para combatir la violencia contra las mujeres, por lo que se hace preciso mejorar los instrumentos esta- dísticos disponibles y establecer defini- ciones comunes.

3.8. Las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros

El Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, en su reunión del 5 de marzo de 2002, adoptó un documento sobre cuestiones clave en relación con las Orientaciones Gene- rales de Política Económica, a través del cual realiza también su aportación al debate y a las Conclusiones del Consejo Europeo de Bar-

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celona, en relación con la dimensión de empleo y cohesión social de la Estrategia de Lisboa.

El citado documento, tras el análisis del entorno económico y las perspectivas de esta- bilización de la situación económica y la apa- rición de indicios de recuperación de la activi- dad económica, como consecuencia de la rápi- da y contundente respuesta de la política macroeconómica, a pesar de que persistan incógnitas en cuanto al ritmo, la escala y la solidez de la misma, plantea la exigencia, para que las perspectivas de recuperación mejoren, de un mayor esfuerzo y coordina- ción en relación con la calidad, lo que signifi- ca conseguir una estructura de ingresos y gastos que garantice unas finanzas públicas saneadas y sostenibles, y que incremente el potencial de crecimiento de las economías de la Unión, y que las reformas fiscal y del gasto deban estar orientadas a crear condiciones para fomentar el empleo y la inversión, y la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, que requiere una estrategia multi- disciplinar para abordar el impacto del enve- jecimiento de la población, incluidas las nece- sidades de asistencia sanitaria, que se debe- ría basar en aumento de las tasas de empleo y reformas de los propios regímenes de jubi- lación, garantizando la solvencia a largo pla- zo de las finanzas públicas europeas, y de poner en marcha medidas de reforma estruc- tural, entre las que expresamente cita las de reforma del mercado laboral, con el fin de poder responder a los objetivos de aumento de la oferta laboral, compatibilidad de los costes laborales unitarios con la competitivi- dad permanente de las economías europeas para que contribuyan al aumento de la demanda de empleo y la mejora de la corres- pondencia entre la oferta y la demanda de empleo, ya que, a pesar de los avances logra- dos en las políticas de mercado laboral acti- vas y en la reducción de la carga fiscal del tra- bajo, entiende que hay que seguir esforzán- dose en los ámbitos de las medidas fiscales, los sistemas de prestaciones sociales, los sis- temas de formación de salarios, la mejora de la eficiencia del mercado laboral, la prolonga- ción de la vida activa, la participación de las mujeres en el mercado laboral y la legislación laboral.

En el caso de las medidas fiscales, a fin de aumentar la demanda laboral y la participa- ción en el mercado de trabajo; por lo que res- pecta al sistema de prestaciones sociales, para que compense trabajar y para fomentar la búsqueda de empleo, por lo que podría actuarse sobre las condiciones de las presta- ciones para ser beneficiario y, la duración de las mismas, la tasa de recolocación, la posible existencia de prestaciones ligadas al trabajo, la utilización de créditos fiscales, los siste- mas administrativos y el rigor en la gestión; en relación con los sistemas de formación de salarios, los sistemas de negociación colecti- va deben tener en cuenta la relación entre la evolución salarial y las condiciones del mer- cado de trabajo, haciendo posible una mayor diferenciación en consonancia con la evolu- ción de la productividad y los diferenciales de especialidad; a propósito de la mejora de la eficiencia del mercado laboral, para garanti- zar la óptima adecuación entre la oferta y la demanda, se debe aumentar la movilidad profesional y geográfica de los trabajadores, actuando a través de la mejora de la transpa- rencia y de los métodos de reconocimiento de los distintos sistemas de formación profesio- nal y del aumento del tiempo de formación de la mano de obra activa para mejorar las com- petencias de la sociedad del conocimiento, para lo que había que contar con los sistemas de educación y formación; en cuanto a la pro- longación de la vida activa, debería ponerse freno a los incentivos a la jubilación anticipa- da y redoblar los esfuerzos para aumentar las oportunidades en el mercado laboral de los trabajadores mayores, estableciendo fórmu- las legales de jubilación parcial; en lo tocante a la participación de las mujeres en el merca- do laboral, deberán eliminarse las barreras y las medidas disuasorias existentes, entre ellas la escasez de oferta de centros de acogi-

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da para los hijos; por lo que se refiere a la legislación laboral, deberían evaluarse los costes correspondientes a la celebración de los contratos de trabajo para establecer un equilibrio adecuado entre flexibilidad y pro- tección social.

Todos estos elementos, concluye el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, debe- rán tratarse en las Orientaciones Generales de Política Económica y en las Directrices para el empleo.

3.9. Las Conclusiones del Consejo de Empleo y Política Social

El itinerario de preparación del Consejo Europeo de Barcelona, en relación con la dimensión social, concluyó en el Consejo de Empleo y Política Social de 7 de marzo de 2002, en el que la Presidencia, tras el corres- pondiente debate de orientación, consideran- do todos los antecedentes referidos en el epí- grafe dedicado al proceso de preparación, ela- boró un texto de conclusiones, en las que que- dó reflejado:

¿ La valoración positiva por parte del Consejo del Informe de síntesis de la Comisión, constatando la necesidad de intensificar el equilibro, la coherencia, la coordinación y la sincronización entre las dimensiones social y económica en el marco de la Estrategia de Lisboa, según lo señalado por el Comité de Empleo y el Comité de Protección Social en sus res- pectivos informes de opinión.

Esta coordinación debe afectar especial- mente a los procesos de elaboración y adopción de las Orientaciones Generales de Política Económica y de la Estrategia Europea de Empleo, para mejorar la coherencia entre ellos, y habrá de tradu- cirse en la sincronización de los calenda- rios de los mismos, aún dentro de su autonomía, y en la atribución al Consejo Europeo de primavera de la dirección de ambos de forma coherente y equilibrada.

Con este fin, el Consejo Europeo fijará

las prioridades políticas a desarrollar

por las distintas formaciones del Conse-

jo.

El proceso de la Estrategia Europea de

Empleo debe mantener los objetivos ya

establecidos en Lisboa, así como el tér-

mino para su consecución, 2010, propo-

niendo una evaluación intermedia en

2006. Sin embargo, debe simplificarse,

sin debilitarse, reduciendo el número de

las directrices de empleo existentes.

¿ El mantenimiento del pleno empleo

como objetivo esencial de las políticas

económicas y sociales, lo que exigirá la

creación de más y mejores empleos, y,

para ello, la introducción de reformas en

las políticas de empleo y mercado de tra-

bajo, consistentes en la eliminación de

barreras a la incorporación al mercado

de trabajo y la promoción de políticas

activas de empleo, con enfoques preven-

tivos respecto de los desempleados, a fin

de evitar que lleguen a situaciones de

desempleo de larga duración y para

mejorar su empleabilidad.

Para enfrentarse a los retos del enveje-

cimiento, la Estrategia Europea de

Empleo deberá hacer posible que todas

las personas dispongan de una oportu-

nidad para participar en la vida activa,

disponiendo medidas que mejoren la

oferta y la demanda de trabajo.

Las medidas de modernización y refor-

ma del mercado de trabajo deben com-

plementarse con las de fortalecimiento

de los sistemas de protección social, que

habrán de actuar como incentivo para

la participación en la actividad, así

como con las de apoyo a la formación

permanente que permitan garantizar la

sociedad del conocimiento.

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La calidad de los puestos de trabajo debe permitir mejorar los niveles de empleo sin crear rigideces en el mercado laboral, complementando y reforzando los objeti- vos cuantitativos del empleo.

¿ El refuerzo del papel de los interlocuto- res sociales en la modernización de la organización del trabajo, en la mejora de su calidad, en la formación profesio- nal y en el acceso y la permanencia en el empleo, considerándoles corresponsa- bles en la búsqueda del equilibrio entre flexibilidad y seguridad en el empleo y en la consecución de la adaptabilidad de las empresas, con un papel principal en lo relativo al anticipo y la gestión del cambio y en el equilibrio que garantice el funcionamiento de las empresas y los intereses de los trabajadores. La Cum- bre Social se considera el instrumento idóneo para conseguir este objetivo.

¿ El refuerzo de la integración social y la lucha contra la exclusión, destacando que, a pesar del carácter multidiscipli- nar de este fenómeno, el mejor instru- mento para lograr la inclusión es el tra- bajo, que debe reunir unas condiciones mínimas y ofrecer oportunidades para progresar, por lo que la colaboración entre los servicios de empleo y los servi- cios sociales se presenta como esencial.

En relación con este objetivo, se destaca la importancia de la Estrategia de la lucha contra la pobreza y la exclusión y la aprobación de los planes nacionales correspondientes, instando al Comité de Empleo y al Comité de Protección Social para que prosigan sus trabajos dirigidos a adoptar los objetivos concretos para reducir la exclusión social, teniendo en cuenta los indicadores aprobados en el Consejo Europeo de Laeken.

¿ La confirmación de la importancia del desarrollo de la Estrategia de Protec- ción Social respecto de la calidad y la viabilidad de las pensiones, que propug- na la reforma de los sistemas de pensio- nes, según el método abierto de coordi- nación, considerando de gran importan- cia y utilidad los objetivos comunes y el método de trabajo elaborados para garantizar la capacidad de los sistemas de pensiones para cumplir sus objetivos sociales, su sostenibilidad financiera y su capacidad de respuesta a las nuevas necesidades de la sociedad.

¿ La necesidad de seguir trabajando en la igualdad entre hombres y mujeres a tra- vés de medidas que faciliten el acceso y la permanencia de las mujeres en el merca- do de trabajo, aumentando las medidas necesarias a la conciliación de la vida familiar y laboral, en especial, por medio de la creación de servicios para el cuida- do de la infancia y las personas depen- dientes. En este mismo orden, se apoya el establecimiento de un enfoque integral y multidisciplinar para erradicar la violen- cia contra las mujeres.

Las Conclusiones de la Presidencia del Consejo de Empleo y Política Social también constatan la acogida favorable del informe sobre el desarrollo de la Agenda Social Euro- pea durante los doce últimos meses; del Plan de acción de movilidad y competencias, resal- tando la importancia de los objetivos que se proponen: mejora de la movilidad profesio- nal; promoción de la movilidad geográfica y establecimiento de cauces de información adecuados sobre oportunidades de empleo y de formación, para lo que destaca la necesi- dad de desarrollar y reconocer competencias y cualificaciones, invertir en recursos huma- nos, continuar los esfuerzos para garantizar la formación permanente, y modernizar los servicios públicos de empleo, especialmente la red EURES, subrayando la importancia del aprendizaje permanente y los sistemas de formación en el trabajo.

Aumentar la participación en el mercado de trabajo para todos y facilitar la permanen-

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cia voluntaria de los trabajadores mayores en el trabajo como respuesta al envejecimiento son objetivos asumidos por el Consejo, en cuya consecución los interlocutores sociales están llamados a desempeñar un papel fun- damental. De esta forma, se considera que la jubilación anticipada debe dejar de ser la solución inmediata para los problemas de reestructuración de empresas, al tiempo que deben ofrecerse oportunidades a los trabaja- dores mayores para permanecer ocupados, a través de fórmulas flexibles de organización del trabajo y de la garantía del acceso a medi- das de formación permanente. En este senti- do, se constata la adopción por parte del Con- sejo del informe conjunto elaborado con la Comisión sobre «el incremento de las tasas de participación en el mercado de trabajo y la promoción del envejecimiento activo», en el que, como se ha indicado anteriormente, ade- más de las medidas de empleo señaladas, se proponen otras en el ámbito de la protección social, en relación con la reforma de los siste- mas de pensiones de los Estados miembros para establecer una jubilación gradual y fle- xible que incentive la elevación voluntaria de la edad real de jubilación.

Finalmente se constata la asunción por parte del Consejo del informe inicial sobre la asistencia sanitaria y la atención a las perso- nas mayores.

4. LA CUMBRE SOCIAL EUROPEA DE BARCELONA

En el marco del diálogo social y de la parti- cipación de los interlocutores sociales hemos asistido, desde la institucionalización de su presencia en el Comité Económico y Social, como órgano consultivo máximo de las insti- tuciones comunitarias, y en los Comités con- sultivos constituidos al efecto para el des- arrollo y orientación de aspectos concretos de la política social comunitaria en general y en su dimensión sectorial, a un proceso creciente de presencia y participación activa de aqué- llos en el diseño, elaboración, aplicación y supervisión de las políticas comunitarias, en especial de la política social.

En este largo camino recorrido, ha sido, sin duda, determinante la puesta en marcha a partir de 1985 del denominado diálogo social europeo, impulsado por la Comisión y con la participación de las instancias representati- vas a nivel europeo de los agentes sociales, UNICE, CEEP y CES.

La progresiva extensión y atribución de competencias en el ámbito de la política social a las instancias comunitarias, producida como consecuencia de las sucesivas reformas de este capítulo y de la adición del nuevo Capítulo sobre la política de empleo en los Tratados, en buena medida también influi- das y determinadas por el impulso del diálogo social europeo, se han materializado en la celebración de reuniones informales y de con- tactos, al más alto nivel, de las organizacio- nes más representativas de los interlocutores sociales europeos con las distintas formacio- nes del Consejo y con la Presidencia del Con- sejo y de la Comisión, previamente a la cele- bración de los Consejos Europeos, a fin de transmitir los puntos de vista y las opiniones de aquéllos a los máximos mandatarios de estas instituciones de la UE

Este modo informal de instrumentalizar la información y comunicación entre los interlo- cutores sociales y los máximos responsables de las instituciones europeas, se ha hecho realidad con la puesta en marcha del foro del diálogo macroeconómico, establecido en el Consejo Europeo de Colonia, y con la reunión de las Cumbres del diálogo social y las Cum- bres Sociales de Estocolmo y de Laeken.

De esta forma, la Cumbre Social Europea se presenta como expresión de la concerta- ción tripartita en el marco del diálogo social europeo, al contar con la presencia de la Comisión y del Consejo, además de los diri- gentes máximos de las organizaciones sindi- cales europeas más representativas, agluti-

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nadas en torno a la CES, por parte de los tra- bajadores, y a la UNICE, por parte de los empresarios.

Pero también, las Cumbres Sociales sirven de instrumento para trasladar las iniciativas y las actuaciones de los interlocutores socia- les en el ámbito de la política social acordadas entre ellos, en el marco del diálogo social bipartito, del que informan y cuyos resulta- dos transmiten a las instituciones comunita- rias y a los Jefes de Estado y de Gobierno europeos.

Todo ello unido al desarrollo de las consul- tas institucionales previstas en el art. 138 del Tratado CE, confirma la participación efecti- va de los interlocutores sociales en el proceso normativo y en el desarrollo de la política social y de empleo comunitaria.

La participación, sin embargo, de los inter- locutores sociales en las Cumbres Sociales no se limita solamente a la información sobre sus iniciativas y actividades en desarrollo del diálogo social paritario sino que se extiende a la consideración y reflexión sobre el conjunto de cuestiones que figuran en el orden del día de los Consejos Europeos, especialmente en los de primavera.

4.1. La nueva estructuración del diálo- go social europeo y la participación activa de los interlocutores sociales en la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa: contri- bución conjunta de los interlocuto- res sociales al Consejo Europeo de Laeken

La necesaria coherencia y el refuerzo de la coordinación entre los diferentes procesos presentes en la Estrategia de Lisboa es, sin duda, lo que ha venido a determinar, en apli- cación de los principios de representación y de transparencia que, a tenor de la propuesta de la Comisión en su Libro Blanco sobre la gobernanza inspiran la acción comunitaria, la petición formulada por los interlocutores sociales en su contribución al Consejo Euro- peo de Laeken por la que, diez años después de la conclusión de su acuerdo de 31 de octu- bre de 1991, integrado posteriormente en los arts. 138 y 139 del TCE, éstos proponen asu- mir mayores cuotas de participación ante los nuevos retos con los que se enfrenta la UE, relativos al debate sobre el futuro de Europa y su gobierno, la ampliación y la conclusión de la UEM y el desarrollo de la coordinación de las políticas económicas, de empleo y sociales que le acompañan.

En esta contribución, con el deseo de des- arrollar plenamente el papel que les corres- ponde en la Europa del futuro, los interlocu- tores sociales europeos reafirman su papel específico, precisan la distinción entre el diá- logo social bipartito y la concertación triparti- ta, expresan la necesidad de articular mejor esta concertación sobre los diferentes aspec- tos de la Estrategia de Lisboa, y manifiestan su voluntad de desarrollar un programa de trabajo para un diálogo social más autónomo.

Respecto del papel específico de los interlo- cutores sociales en el gobierno europeo, expresan su apoyo a los cinco principios (transparencia, participación, responsabili- dad, eficacia y coherencia) que deben inspirar la gestión de gobierno a nivel europeo, situan- do aparte el diálogo social a causa de sus especificidades, debido a la naturaleza de las responsabilidades de sus titulares, su legiti- midad, su representatividad y su capacidad para negociar acuerdos en el marco de éste.

En su condición de interlocutores sociales europeos solicitan quedar asociados como observadores a la Convención que prepara la próxima revisión del Tratado y poder expre- sar sus puntos de vista sobre los temas que les afectan.

A propósito de la diferenciación entre las distintas manifestaciones de la implicación de los interlocutores sociales europeos, éstos se congratulan del resultado positivo de la aplicación de los arts. 138 y 139 del TCE en

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cuanto al desarrollo de la consulta por parte de las instituciones comunitarias, que se ha traducido ya en acuerdos marco europeos, en algunos casos incorporados posteriormente al ordenamiento comunitario a través de los instrumentos jurídicos apropiados.

Con la concertación tripartita se pretende identificar los intercambios entre los interlo- cutores sociales y las autoridades públicas europeas; con la consulta de los interlocutores sociales, designar las actividades de los comi- tés consultivos y las consultas oficiales al amparo del art. 137 del TCE; finalmente, con el diálogo social, los trabajos de los interlocu- tores sociales en el marco de sus relaciones bipartitas, tengan o no su origen en consultas oficiales de la Comisión, celebradas en base a los arts. 137 y 138 del TCE. Esta distinción se considera fundamental respecto de la exten- sión a los países candidatos a la ampliación.

Precisamente, la articulación de la concer- tación tripartita respecto de la Estrategia de Lisboa en un único ámbito es lo que ha deter- minado su petición de sustituir el Comité Permanente de Empleo, cuya reforma de 1999 no ha llevado a una integración de este tipo de concertación, paralela a la integración económica, estructural y del empleo, estable- cida en el Consejo Europeo de Lisboa, al no poder responder a las necesidades de cohe- rencia y de sinergia entre los diferentes pro- cesos que la conforman, a los que están aso- ciados los interlocutores sociales. En su lugar, la CES, la UNICE/UEAPME y el CEEP sugieren la constitución de un Comité de concertación tripartito para el crecimiento y el empleo que examinaría, además de los trabajos específicos sobre las grandes orienta- ciones de las políticas económicas y las líneas directrices sobre el empleo y las reformas estructurales, con las diferentes formaciones del Consejo afectadas, el conjunto de la Estra- tegia comunitaria económica y social, previa- mente al Consejo Europeo de primavera.

Finalmente, la contribución conjunta de los interlocutores sociales europeos propone aprovechar el desarrollo de un programa de trabajo para un diálogo social más autónomo, que se definirá en una próxima Cumbre del diálogo social e incluirá diferentes tipos de acuerdos marco europeos, opiniones, reco- mendaciones, declaraciones, intercambios de experiencias, acciones de sensibilización, debates abiertos, etc. en torno a un conjunto de temas de interés común para los empresa- rios y los trabajadores, que permita aportar su contribución útil a la Estrategia europea para el crecimiento y el empleo y al proceso de ampliación de la UE, llamando la atención sobre la necesidad de desarrollar un progra- ma integrado de asistencia técnica a sus homólogos de los países candidatos de la ampliación, comprometiéndose a asociarlos en la elaboración de las propuestas que pre- senten durante la Presidencia danesa.

4.2. El Acuerdo sobre el establecimiento de un marco de acción para el des- arrollo permanente de las compe- tencias y las cualificaciones: la con- tribución de los interlocutores sociales al Consejo Europeo de Bar- celona

En coherencia con el compromiso que implica la contribución común de los interlo- cutores sociales al Consejo Europeo de Lae- ken, y como continuación a la contribución presentada a la Cumbre del Diálogo Social, de 22 de marzo de 2001, en Estocolmo, relati- va al diálogo social sobre la educación y la for- mación, en la Cumbre Social de Barcelona se ha presentado el acuerdo alcanzado por éstos en torno a un «marco de acción para el des- arrollo permanente de las competencias y las cualificaciones», en relación directa con las conclusiones del Consejo Europeo referidas a las competencias y la movilidad.

En este documento, tras analizar los retos del siglo XXI para las empresas y los asala- riados, con especial referencia a las nuevas tecnologías de la información y la comunica-

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ción, a las nuevas formas de organización, a la evolución tecnológica y la diversificación de las relaciones laborales, al envejecimiento de la población y al desarrollo de la educación y de la formación a todos los niveles, los agen- tes sociales europeos proponen sus respues- tas en el ámbito de la formación y del apren- dizaje permanentes, afirmando el principio de corresponsabilidad en relación con cuatro prioridades: la determinación y anticipación de las capacidades y cualificaciones que demanda el mercado de trabajo, el reconoci- miento y la validación de éstas, la informa- ción, el acompañamiento y el asesoramiento para aplicar una estrategia de desarrollo de capacidades; y la movilización de recursos.

Concluye la propuesta con la previsión de las acciones a desarrollar en los Estados miembros a todos los niveles por las organi- zaciones miembro, y el seguimiento y evalua- ción de las mismas, previéndose la presenta- ción de la primera de ellas en marzo del 2006.

4.3. Posición de los interlocutores sociales ante el Consejo Europeo de Barcelona

En relación con los temas de la agenda del Consejo Europeo relacionados con la dimen- sión social, referidos a la existencia de merca- dos de trabajo flexibles y a la disponibilidad de cualificaciones y competencias adecuadas a la necesidad de aquéllos, UNICE apuesta por la revitalización del proceso de Lisboa, que considera abocado al fracaso a menos que se actúe por parte de los dirigentes europeos, poniendo en marcha las reformas a las que se han comprometido, ya que entiende que se ha perdido mucho tiempo y que no se puede esperar más.

Entre sus expectativas respecto de los resultados a alcanzar, destacan la existencia de políticas macroeconómicas sanas, la acele- ración de las reformas estructurales y la apli- cación efectiva del pilar del desarrollo empre- sarial, dedicando mayor atención a la crea- ción de empleo, a través de la reducción de las cargas fiscales sobre el trabajo, previsto en las directrices de la EEE como condición necesaria para incrementar las tasas de acti- vidad y de empleo, apoyando la simplifica- ción, la sincronización y la coherencia de los procesos existentes como medios para con- centrar los esfuerzos sobre un número limita- do de prioridades reales; y la solicitud a los Estados miembros para que fortalezcan la coordinación en los ámbitos de la educación y la formación, a través de reformas en el mer- cado de trabajo que permitan desarrollar estrategias de formación permanente para traducir el crecimiento económico en empleo, considerando esencial el método abierto de coordinación para ayudar a los Estados miembros a lograr los objetivos de Lisboa, si bien debe continuar trabajándose en la elabo- ración de indicadores de resultados y en su comparabilidad, respecto de la elevación de los niveles de competencias y del aprendizaje no formal, así como en la promoción del reco- nocimiento de las competencias adquiridas y en la transparencia de las cualificaciones.

La posición del empresariado europeo ante el Consejo Europeo de Barcelona, se resume en su esperanza de que los Jefes de Estado y de Gobierno den los pasos decisivos para la consecución de los objetivos de Lisboa y de Estocolmo.

La CES, por su parte, apuesta por el man- tenimiento de la Estrategia de Lisboa equili- brada e integrada, de manera que se pueda permitir liberar el potencial de crecimiento del que dispone Europa para alcanzar el objetivo de una economía más competitiva e innovadora que lleve al pleno empleo, de modo que la creación de empleo y la lucha contra el aumento del desempleo no se plan- teen como objetivos diferenciados del empleo de calidad.

Considera que el Pacto de crecimiento y estabilidad debería utilizarse para agrupar las medidas económicas y de empleo, inclu- yendo acciones para contrarrestar la compe-

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tencia fiscal negativa que reduce los medios de los Estados miembros para realizar políti- cas activas.

Finalmente, destaca el papel fundamental de la implicación activa de los agentes econó- micos y sociales para lograr la necesaria coor- dinación de las políticas, reconociendo una elevada prioridad al proceso del diálogo macroeconómico, y la importancia de la infor- mación, la consulta y la participación para lograr los objetivos de la Estrategia de Lis- boa, y a una cohesión social más fuerte, opo- niéndose a la flexibilidad, sinónimo de preca- riedad, especialmente para los jóvenes y para las mujeres, y considerando la formación per- manente como un elemento esencial para el desarrollo de empleos estables y de calidad.

También se manifiesta a favor de inversio- nes importantes en tecnologías innovadoras respetuosas con el medio ambiente, contribu- yendo así a crear las condiciones para un des- arrollo sostenible.

5. EL CONSEJO EUROPEO DE BARCELONA

El desafío de Europa, al que aludía el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio, en la presentación del pro- grama de trabajo en materia de empleo y polí- tica social del Consejo de Ministros de la UE, durante la Presidencia española, para cons- truir un lugar común que no sólo sea una con- currencia de intereses económicos, sino tam- bién una confluencia de valores sociales, sinó- nimo de bienestar y desarrollo, donde los ciu- dadanos de la UE tengan acceso al empleo y a una prestación social de calidad y se encuen- tren al abrigo de cualquier forma de exclusión social, pasa de forma obligada por la revitali- zación de los objetivos aprobados en el Conse- jo Europeo de Lisboa, convencidos de la vali- dez del modelo social europeo y confiados ple- namente en él, a pesar de los cambios produ- cidos en los escenarios macroeconómicos y en las previsiones de crecimiento económico tras los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001.

Por ello, durante los dos primeros meses de la Presidencia, la actividad principal del Consejo, sin olvidar la continuidad de los tra- bajos ligados al desarrollo normativo del acervo comunitario, se centró, como ya se ha señalado con todo detalle, en la preparación del Consejo Europeo de Barcelona, elegido como sede para celebrar un debate en profun- didad que aborde los diagnósticos, las estra- tegias y objetivos que en el campo del empleo y la política social la UE se ha fijado hasta 2010.

El resultado de este debate, además de realista y transparente, se pretendió que con- tribuyera a trasladar a los ciudadanos euro- peos un mensaje de tranquilidad y confianza en los procesos iniciados en los últimos años, avalados por los resultados satisfactorios conseguidos, fruto, en gran parte, de los pri- meros pasos dados en el camino de la cohe- rencia entre las políticas económicas y socia- les ¿los objetivos de empleo, protección social e inclusión social están íntimamente vinculados a las reformas estructurales¿ y los procesos de Colonia, Cardiff y Luxembur- go, y dentro de éste entre los procesos más específicos en materia de empleo, lucha con- tra la exclusión y la pobreza, pensiones, y asistencia sanitaria y dependencia, ya en marcha o iniciándose.

Desde la perspectiva de la dimensión social, de todos los procesos mencionados, sin duda, la estrella es el del empleo, dado que en 2002 se cumplieron los primeros cinco años de vigencia de la EEE. Por ello, el Consejo Europeo de Barcelona llegaba en el momento oportuno para hacer una primera evaluación política del funcionamiento, de las luces y de las sombras, del esquema puesto en marcha en 1997 en Luxemburgo y, al tiempo, apuntar las líneas generales de cómo deberá ser la Estrategia Europea de Empleo, a partir de 2003 y hasta 2010, todo ello sin perjuicio de la continuidad de los trabajos referentes a la

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evaluación técnica, que debieron concluir en diciembre de 2002 y que, junto con la valora- ción política, harán posible la fijación en el próximo Consejo de primavera de 2003 de las nuevas orientaciones para elaborar las direc- trices que marcarán la siguiente etapa de la Estrategia y, por tanto, las políticas de empleo de los Estados miembros.

El Consejo Europeo de Barcelona, sobre la base de la aportación del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, y muy en particu- lar de la del Consejo de Empleo y Política Social, ya expuestas, tras aludir al contexto político y económico existente, fruto de los progresos realizados durante los dos prime- ros años de la Estrategia de Lisboa, viene a confirmar la necesidad de mantener a largo plazo el esfuerzo que ha impulsado hasta ahora esta Estrategia, en un contexto de des- arrollo sostenible.

5.1. El refuerzo de la Estrategia Europea de Empleo

En cuanto a la dimensión social específica de las Conclusiones, ésta se centra en el refuerzo de la cohesión social a través del des- arrollo de la Agenda Social Europea. El empleo se considera la mejor garantía contra la exclusión social y la Agenda Social Euro- pea un medio importante para reforzar el modelo social europeo. El Consejo Europeo de primavera, se dice textualmente, «debe cons- tituir la ocasión de una revisión a fondo de los avances logrados en la realización de sus objetivos (de la Estrategia de Lisboa), que únicamente podrán alcanzarse mediante esfuerzos equilibrados tanto en el frente eco- nómico como en el social».

En el frente social, los esfuerzos que se demandan incluyen: el incremento de la par- ticipación de los trabajadores en los cambios que les afecten, para lo que se invita a los interlocutores sociales a buscar y encontrar fórmulas relacionadas con la mejor gestión de la reestructuración de las empresas, inclu- yendo un enfoque preventivo, mediante el diálogo y a través del intercambio de buenas prácticas; la mejora de la calidad del trabajo, con particular atención a la salud y la seguri- dad, enviando en este caso un mensaje al Consejo para que examine, con carácter prio- ritario, la próxima Comunicación de la Comi- sión sobre una Estrategia Comunitaria en materia de salud y seguridad.

A fin de orientar la nueva etapa de la Estra- tegia Europea del Empleo en el marco de los objetivos fijados en Lisboa, que comenzará a partir del 2003, las Conclusiones del Consejo Europeo se centran prioritariamente en la continuidad de las políticas activas orientadas al pleno empleo de manera que se pueda dis- poner de más y mejores puestos de trabajo.

Para conseguir el pleno empleo, los Jefes de Estado y de Gobierno consideran necesario seguir dedicando especial atención a las reformas de las políticas de empleo y del mer- cado laboral, felicitándose por la celebración y por los resultados de la Cumbre Social, al tiempo que instan a los interlocutores socia- les «para que pongan sus estrategias en los distintos ámbitos territoriales (europeo, nacional, regional y local) y sectoriales al ser- vicio de la Estrategia y de los objetivos de Lisboa, y que para ello presenten anualmen- te un informe de sus aportaciones, tanto a nivel nacional, en los planes para el empleo, como a nivel europeo, con su presentación directa a la Cumbre Social». Esta contribu- ción deberá estar contenida en el programa plurianual que se comprometieron a presen- tar en diciembre de 2002, en el que se deberá prestar especial atención a su participación en el pilar de la adaptabilidad de las empre- sas de la Estrategia Europea del Empleo, en aspectos relacionados con la negociación colectiva, la moderación salarial, la mejora de la productividad, la formación permanente, las nuevas tecnologías y la organización flexi- ble del trabajo.

A partir del balance que resulte de la eva- luación de los cinco primeros años de aplica-

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ción de la Estrategia Europea del Empleo, el Consejo Europeo de Barcelona apuesta por el refuerzo y la consolidación de esta Estrate- gia, que deberá simplificarse, especialmente en cuanto a la reducción del número de direc- trices, sin afectar por ello a su efectividad; por el ajuste de su calendario al término de 2010, previendo una evaluación intermedia en 2006, para valorar la consecución de los obje- tivos intermedios fijados en el Consejo Euro- peo de Estocolmo; y por el refuerzo del papel y la responsabilidad de los interlocutores socia- les en la aplicación y supervisión de las direc- trices.

La Estrategia Europea de Empleo, refor- zada y consolidada, deberá concentrarse en la elevación del índice de empleo, fomentando y potenciando las posibilidades para acceder a un puesto de trabajo, suprimiendo los obstá- culos y removiendo la falta de incentivos para encontrar o conservar un puesto de trabajo, manteniendo al tiempo los niveles de protec- ción del modelo social europeo. Para ello, deben establecerse los cauces que hagan posi- ble la interacción entre los interlocutores sociales y las autoridades públicas, priorita- riamente en los temas de la formación per- manente, la calidad del trabajo y la igualdad entre los sexos.

Como criterios concretos orientativos de las futuras directrices, el Consejo Europeo de Barcelona propone: dar prioridad a los traba- jadores con salarios más bajos en las medidas de rebajas de la fiscalidad que adopten los Estados miembros; adaptar el régimen fiscal y las prestaciones por desempleo para que el trabajo sea rentable y fomenten la búsqueda de éste, revisando para ello las condiciones y requisitos para su concesión; considerar la relación entre retribuciones y condiciones de trabajo por parte de las instituciones y los sis- temas de negociación colectiva nacionales, de modo que la evolución salarial se ajuste a cri- terios de productividad y tenga en cuenta los niveles de formación existentes; revisar los costes derivados de la normativa sobre con- tratación laboral, para lograr un equilibrio adecuado entre flexibilidad y seguridad en la perspectiva de crear mejores empleos; actuar para que en 2010 el 90% de los niños entre 3 años y la edad de escolarización obligatoria y, al menos el 33% de los menores de 3 años, dis- pongan de servicios de acogida, en el marco de los modelos nacionales de asistencia y para facilitar la participación de la mano de obra femenina; e intentar elevar progresiva- mente en torno a 5 años la edad media de la jubilación efectiva de las personas en la UE, reduciendo los incentivos a la jubilación anti- cipada y la creación de mecanismos de esta naturaleza en las empresas, y, al tiempo, aumentando las oportunidades de que los trabajadores de mayor edad se mantengan en el mercado laboral, a través de fórmulas de jubilación flexible y gradual y por medio del acceso a la formación permanente.

5.2. La promoción de las competencias profesionales y la movilidad en la Unión Europea

Un elemento fundamental para conseguir los objetivos de la Estrategia Europea de Empleo es, sin duda, la cualificación profesio- nal y la movilidad de los ciudadanos y de los trabajadores.

Por ello, en las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona, éste se felicita por el Plan de Acción de la Comisión sobre compe- tencia y movilidad dirigido a eliminar los obs- táculos existentes en los mercados laborales europeos para el año 2005, invitando al Con- sejo a que actúe para poner en práctica las medidas que figuran en él, y prioritariamen- te las relativas a: la creación de las condicio- nes prácticas necesarias para garantizar la movilidad de los participantes en la educa- ción, la investigación y la innovación; la reducción de los obstáculos para el reconoci- miento profesional y de las cualificaciones adquiridas en los circuitos de la enseñanza formal e informal, dedicando especialísima atención a este respecto al programa de tra-

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bajo para 2010, relativo a los sistemas de edu- cación y formación, en el contexto de una eco- nomía competitiva basada en el conocimien- to, y de la Comunicación de la Comisión sobre «hacer realidad un espacio europeo del apren- dizaje permanente», invitando al Consejo a que adopte una Resolución sobre este tema antes del Consejo Europeo de Sevilla, tenien- do en cuenta la Estrategia Europea del Empleo; la garantía de que todos los ciudada- nos, en especial las mujeres desempleadas, se formen con cualificaciones básicas, especial- mente en las relacionadas con las tecnologías de la información y de las comunicaciones; y el aumento de la posibilidad de transferencia de los derechos a la seguridad social a través de la UE, instando a que prosigan urgente- mente los trabajos relacionados con la refor- ma del Reglamento 1408/71 sobre coordina- ción de los sistemas de seguridad social, de manera que el nuevo Reglamento pueda adoptarse antes de finales de 2003, a partir de los parámetros acordados en el Consejo Europeo de Laeken.

En relación con el fomento de la movilidad, como medidas concretas, el Consejo Europeo de Barcelona ha encargado a la Comisión que presente una propuesta de tarjeta de asisten- cia sanitaria europea que venga a sustituir a los actuales formularios para poder benefi- ciarse de esta prestación en otros Estados miembros, antes del Consejo Europeo de pri- mavera de 2003, y la creación de un sitio úni- co en internet de información sobre la movili- dad laboral en Europa, que deberá realizar la Comisión en cooperación con los Estados miembros y que deberá estar plenamente operativo a finales de 2003.

5.3. El refuerzo de la cohesión social

Además, las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona insisten en la impor- tancia de la lucha contra la pobreza y la exclusión social, invitando a los Estados miembros para que establezcan objetivos en sus planes de acción nacionales para reducir de forma significativa antes de 2010 la cifra de personas con riesgo de caer en la pobreza y la exclusión social.

Con objeto de hacer frente al proceso de envejecimiento de la población, el Consejo Europeo promueve la aceleración de la refor- ma de los regímenes de pensiones, para ase- gurar su sostenibilidad financiera y para que puedan continuar cumpliendo sus objetivos sociales. El Informe Conjunto de la Comisión y del Consejo sobre las pensiones, que estas instituciones deberán presentar al Consejo Europeo de primavera de 2003, sobre la base de los informes estratégicos nacionales, se considera de capital importancia.

En relación con la asistencia sanitaria y la asistencia a las personas de edad avanzada, se invita a la Comisión y al Consejo a que estudien los problemas de accesibilidad, cali- dad y sostenibilidad financiera antes del Con- sejo Europeo de primavera de 2003.

Finalmente, el Consejo Europeo destaca la importancia de la Declaración del Consejo de Empleo y Política Social sobre la violencia contra las mujeres.

5.4. La mejora de los métodos de trabajo

La última cuestión con incidencia en la dimensión social de la que se ocupa el Conse- jo Europeo de Barcelona en sus Conclusiones se refiere a la mejora de los métodos de traba- jo. En este sentido, insta al Consejo y a la Comisión a que racionalicen los procesos correspondientes, centrándose en las accio- nes encaminadas a la ejecución, en lugar de en la elaboración anual de orientaciones o directrices, añadiendo que, con miras al impulso político esencial a las medidas decisi- vas para la consecución de los objetivos de la Unión a largo plazo, los calendarios para la adopción de las orientaciones generales de las políticas económicas y del conjunto anual de medidas relativas al empleo se sincronicen

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lo antes posible, de manera que, en su sesión de primavera, el Consejo Europeo revise y, en caso necesario, adapte el conjunto de políticas económicas, sociales y medio ambientales de la Comunidad.

6. LA PUESTA EN PRÁCTICA DE LAS CONCLUSIONES DEL CONSEJO EUROPEO DE BARCELONA

El impulso político de las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona y los manda- tos al Consejo y a la Comisión han comenzado a ponerse en práctica de inmediato, a través de las actuaciones de estas instituciones, y en algunos casos a plasmarse en resultados tan- gibles, ya durante el período de ejercicio de la Presidencia del Consejo por parte de España.

Así pues, con objeto de apoyar el desarrollo de la Estrategia Europea de Empleo, el 3 de abril de 2002, concluyó el procedimiento de codecisión entre el Parlamento Europeo y el Consejo, con la aprobación por el Comité de Conciliación del texto de la Directiva, de 10 de junio de 2002, relativa a las medidas comunitarias de estímulo del empleo, con el fin de llevar a cabo, en el período comprendi- do entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006, actividades comunitarias en materia de análisis, investigación y coope- ración entre los Estados miembros en el ámbito del empleo y el mercado de trabajo.

El Comité de Empleo, órgano consultivo, creado para fomentar la coordinación entre los Estados miembros en materia de políticas de empleo y de mercado de trabajo, a partir de las Conclusiones del Consejo Europeo de Bar- celona ha continuado su actividad en des- arrollo de la Estrategia Europea de Empleo en el marco de la Estrategia de Lisboa.

De esta forma, ha venido trabajando en la elaboración del Informe conjunto sobre el empleo de 2002, que será presentado por la Comisión durante la sesión del Consejo de 3 de diciembre de 2002, y sobre la Comunica- ción de la Comisión relativa al balance de los cinco años de la Estrategia Europea de Empleo, elementos indispensables para la preparación de las orientaciones que el Con- sejo Europeo de primavera 2003 deberá adop- tar, a fin de poder adoptar las nuevas direc- trices para el empleo del citado año.

Con el mismo objetivo, la preparación de las nuevas directrices de empleo para los pró- ximos años, a partir de la Comunicación de la Comisión sobre el Balance de cinco años de aplicación de la Estrategia Europea de Empleo, de 23 de julio de 2002, en la que se pasa revista a la aplicación de la Estrategia sobre la base de una evaluación global de los resultados del mercado de trabajo de la Unión Europea, se analizan las medidas adoptadas por los Estados miembros en el marco del proceso de Luxemburgo, y se abor- dan las principales cuestiones que deberán tenerse en cuenta para redefinir la Estrate- gia para el futuro, el Comité de Empleo ha elaborado una opinión sobre la futura direc- ción de la Estrategia Europea de Empleo.

En el documento de la Comisión se conclu- ye que la Estrategia ha introducido un cam- bio de orientación en el enfoque y la formula- ción de las políticas de empleo nacionales, cuyo objetivo ha pasado de la gestión del des- empleo a la del crecimiento del empleo. No obstante, como quiera que a pesar de los pro- gresos realizados, subsisten desafíos impor- tantes derivados de la evolución demográfica, las disparidades regionales, la reestructura- ción económica y social, la mundialización, y la ampliación, propone que el proceso de Luxemburgo se reoriente hacia sus priorida- des principales: la creación de más puestos de trabajo de mejor calidad y la promoción de un mercado de trabajo integrador, para lo que la Estrategia Europea de Empleo debe refor- marse, centrándose en cuatro grandes temas: el establecimiento de objetivos claros en res- puesta a los desafíos políticos; la simplifica- ción de las orientaciones estratégicas sin comprometer su eficacia; la mejora de la gobernanza y la colaboración en la aplicación

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de la Estrategia; y la necesidad de garantizar una mayor coherencia y complementariedad con otros procesos comunitarios conexos, en particular, las orientaciones generales de política económica.

En su opinión, el Comité de Empleo recuerda el llamamiento del Consejo Europeo de Barcelona para reforzar la Estrategia, que deberá: incorporar los objetivos de Lisboa, simplificándose sin perder por ello efectivi- dad; reforzar el papel y la responsabilidad de los agentes sociales en la aplicación y el seguimiento de las directrices de empleo; e identificar los principios que habrán de servir de fundamento a su revisión.

Los principios que la opinión sugiere tener en cuenta para la revisión son:

¿ un enfoque general, integrado y centra- do en las políticas de empleo, garanti- zando su contribución efectiva a los objetivos estratégicos de Lisboa, con- tando para ello con el método abierto de coordinación;

¿ la simplificación y reducción del núme- ro de directrices de empleo, concentra- das en prioridades estratégicas comu- nes, y revisión de su estructura, de la necesidad de objetivos horizontales y de la agrupación de las directrices con- cretas;

¿ el papel fundamental a desempeñar por la Estrategia de Empleo, como res- puesta a los nuevos desafíos, en el esta- blecimiento y coordinación de las prio- ridades de la política de empleo que deban tener en cuenta los Estados miembros (creación de empleo e incre- mento de la oferta de trabajo, incluyen- do el envejecimiento activo; mejora de la calidad en el trabajo; promoción de las políticas de mercado de trabajo acti- vas y de prevención; reforma de los sis- temas fiscales y de prestaciones, inclu- yendo los incentivos para acceder y mantenerse en el trabajo; promoción, anticipación y gestión del cambio; mejora del funcionamiento del merca- do de trabajo; garantía de la flexibili- dad y la seguridad en el empleo; fomen- to de la formación permanente, las competencias y la movilidad; promo- ción del espíritu empresarial; refuerzo de la igualdad de género, incluyendo la conciliación entre la vida familiar y profesional; y la lucha contra la discri- minación);

¿ la necesidad de una mayor estabilidad en las directrices sin modificaciones cada año, para asegurar la concentra- ción en los resultados y en los objetivos a medio y largo plazo de la Estrategia, así como evitar los solapamientos y duplicidades con otros procesos, para lo que debe mejorarse la coordinación y la complementariedad entre la Estra- tegia Europea de Empleo y las Orien- taciones Generales de Política Econó- mica, preservando la autonomía de ambas;

¿ un mayor énfasis en los informes de progreso respecto de la aplicación de las Directrices y de las Recomendacio- nes;

¿ la simplificación del proceso de los Pla- nes de Acción Nacionales de empleo en un ciclo plurianual;

¿ la revisión de los indicadores, dado su carácter esencial, una vez acordadas las prioridades de la futura Estrategia, de modo que reflejen claramente los objetivos revisados de las Directrices de empleo;

¿ la importancia de la responsabilidad de los interlocutores sociales en la aplica- ción de las Directrices de empleo, res- petando su autonomía, de conformidad con su declaración con ocasión de la Cumbre Social de Laeken;

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¿ el reconocimiento del papel del Parla- mento Europeo en la adopción de las Directrices de empleo, debiendo consi- derar la forma en la que puede quedar implicado ante el diseño y el desarrollo de la Estrategia de Empleo; y

¿ el papel y la responsabilidad de las autoridades regionales y locales en el desarrollo y aplicación de la Estrategia de Empleo.

El Comité ha continuado trabajando igual- mente en la elaboración y el perfeccionamien- to de los indicadores de empleo, trabajos que se traducirán en la elaboración, además de su opinión en relación con las Conclusiones del Consejo sobre los indicadores estructurales, que deberán ser adoptados en el Consejo Europeo de Copenhague de diciembre de 2002, para ser tomados en consideración en la elaboración por parte de la Comisión del preceptivo Informe de síntesis para el Conse- jo Europeo de primavera de 2003, de un Infor- me sobre el uso y desarrollo de los indicadores de calidad del empleo.

6.1. La mejora de la salud y la seguridad en el trabajo como elemento de calidad del empleo

La petición del Consejo Europeo para que el Consejo examinara con carácter prioritario la próxima Comunicación de la Comisión sobre una Estrategia comunitaria en materia de salud y seguridad, se ha hecho realidad en la presentación por parte de la Comisión el 11 de marzo de 2002, de este documento bajo el título «Cómo adaptarse a los cambios en la sociedad y en el mundo en el trabajo: una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad (2002-2006)», ya citada expresa- mente, por otra parte, en la Agenda Social Europea, y en la adopción por parte del Con- sejo de Empleo y Política Social en la sesión de 3 de junio de 2002, de una Resolución sobre una nueva Estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2002-2006).

Con esta Resolución se continúa el trabajo ininterrumpido de las instituciones comuni- tarias en materia de salud y seguridad en el trabajo, traducido en los sucesivos programas de acción plurianuales puestos en marcha a partir de 1974, al considerar que, a pesar del importante acervo comunitario elaborado hasta la fecha, éste no ha dado los resultados esperados, ya que las cifras de los accidentes laborales en términos absolutos siguen sien- do elevadas, observándose un repunte del número de accidentes en ciertos Estados miembros y en ciertos sectores, y que se trata de elementos esenciales, de la calidad del tra- bajo, objetivo expreso de la Estrategia en materia de empleo fijada en Lisboa, con repercusiones en la dimensión social y tam- bién en la dimensión económica de la política comunitaria.

De esta forma, ambas instituciones com- parten la opinión de que la política comunita- ria de salud y seguridad en el trabajo debe tener como objetivo la mejora continua del estado de bienestar en el trabajo, físico, men- tal y social, para lo que se deberán tener en cuenta los cambios producidos en el mundo del trabajo; la necesidad de consolidar la cul- tura de prevención de riesgos, mediante la combinación de diversos instrumentos políti- cos y la cooperación entre los agentes impli- cados, integrando la salud y la seguridad en el trabajo en las decisiones estratégicas de las empresas; que una política eficaz de seguri- dad y salud en el trabajo es un factor de com- petitividad y que la falta de intervención polí- tica implica costes añadidos; que los posibles instrumentos comunitarios se basen en cono- cimientos técnicos adecuados en cuanto a los riesgos y a las estrategias para la prevención; y que se impliquen y participen todos los acto- res involucrados.

Como conclusión, la Resolución del Conse- jo invita a los Estados miembros a: desarro- llar y aplicar políticas de prevención coordi- nadas, coherentes, y adaptadas a las realida- des nacionales, fijando objetivos mensurables para la reducción de accidentes de trabajo y

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enfermedades profesionales; asegurar una mejor aplicación de la legislación vigente por medio de un control y vigilancia de la aplica- ción más efectivos, poniendo a disposición de las empresas, especialmente de las pequeñas y medianas, el asesoramiento y la asistencia adecuados, y de mejora de la formación en materia de prevención de los riesgos profesio- nales y de medidas específicas para reducir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en los sectores de alto riesgo; y a promover la creación de una auténtica cul- tura de prevención, mediante la integración en los programas educativos y de formación profesional continua, y a través de campañas de sensibilización.

Invita también a la Comisión y a los Esta- dos miembros a reforzar los trabajos sobre la armonización de las estadísticas de acciden- tes de trabajo y enfermedades profesionales, a fin de poder disponer de datos comparables que permitan evaluar el impacto y la eficacia de las medidas adoptadas en el contexto de la nueva Estrategia comunitaria.

Específicamente, se invita a la Comisión a que incorpore al cuadro de objetivos de la Agenda Social las acciones para poner en práctica la estrategia y el calendario para su ejecución; a que elabore las propuestas de instrumentos para consolidar, simplificar y racionalizar el marco jurídico comunitario vigente, adaptándolo al progreso técnico; a que favorezca la cooperación entre los Esta- dos miembros y los interlocutores sociales a nivel europeo, en la perspectiva de la amplia- ción, mediante la adecuación y racionaliza- ción de los órganos consultivos existentes (Comité Consultivo de Salud y Seguridad en el Trabajo y Comité Consultivo CECA) y la Agenda Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, incluyendo entre los cometidos de ésta la organización del intercambio de buenas prácticas y de experiencias; y a que incorpore al Informe de síntesis anual los ele- mentos relativos a la aplicación de la Estrate- gia.

Finalmente, se invita a los interlocutores sociales a: desempeñar un papel activo en la transmisión de los principios fundamentales de esta nueva Estrategia; a promover y difundir en el lugar de trabajo los principios de prevención de riesgos laborales, a través del diálogo social; a proporcionar a los miem- bros de sus organizaciones acceso a un aseso- ramiento y a una formación apropiada en materia de salud y seguridad; a colaborar con las autoridades nacionales en la concep- ción y aplicación de las políticas de los Esta- dos miembros; y a colaborar, a nivel de empresa, en la concepción del entorno de tra- bajo para proteger la salud y garantizar la seguridad de los trabajadores; y en la aplica- ción de los dispositivos correspondientes de protección de éstos.

En la misma sesión del Consejo de 3 de junio de 2002, la Comisión presentó formal- mente la propuesta de Recomendación del Consejo, relativa a la aplicación de la legisla- ción sobre salud y seguridad en el trabajo de los trabajadores autónomos, respecto de la que el Consejo, en su sesión de 3 de diciembre de 2002, tratará de alcanzar un acuerdo polí- tico, como primer resultado práctico de la puesta en marcha efectiva de la nueva Estra- tegia.

Al tiempo, la actividad normativa en mate- ria de seguridad y salud en el trabajo ha con- tinuado, como lo atestigua la adopción de la Directiva 2002/44/CE del Parlamento Euro- peo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los tra- bajadores a los riesgos derivados de los agen- tes físicos (vibraciones), tras la conclusión del procedimiento de codecisión con el Parlamen- to Europeo.

También con acuerdo político ha concluido el procedimiento de codecisión para la adop- ción de la Directiva sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud, relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (ruido), que

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deberá ser ratificado y formalizado en los pró- ximos meses.

En la sesión de 3 de junio de 2002, se ha adoptado la posición común en el Consejo, respecto de la propuesta de Directiva modifi- cativa de la Directiva 83/477/CEE del Conse- jo sobre la protección de los trabajadores con- tra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo. Finalmente, se ha puesto en marcha el proceso de codifica- ción de las Directivas 93/104/CE y 2000/34/CE sobre determinados aspectos de la ordena- ción del tiempo de trabajo.

6.2. La participación de los trabajadores y la adaptación a los cambios del entorno de trabajo

El incremento de la participación de los trabajadores en los cambios que les afecten, se ha materializado, sobre la base del Infor- me del Grupo de Alto Nivel, de febrero de 2002, relativo a «Las relaciones industriales y el cambio en la Unión Europea», en la pre- sentación por parte de la Comisión con fecha 2 de julio de 2002, de una Comunicación titulada «El diálogo social europeo, una fuer- za para la innovación y el cambio» y de una propuesta de Decisión del Consejo para la creación de una Cumbre Social Tripartita para el crecimiento y el empleo, atendiendo también en este caso a la petición formulada por los interlocutores sociales en su contri- bución conjunta al Consejo Europeo de Lae- ken.

En la Comunicación, la Comisión presenta los ejes del refuerzo del diálogo social en una Europa ampliada.

El primero de ellos, pasa por la considera- ción del diálogo social como un elemento cla- ve para la mejora de lo que se ha dado en lla- mar gobernanza europea, a través de la mejo- ra de la consulta a los interlocutores sociales como factor esencial de la mejora de la cali- dad de la regulación comunitaria, de la repre- sentatividad de éstos, de la articulación e implicación en los diferentes niveles (euro- peo, nacional, local y de empresa), diferen- ciando la consulta del diálogo social basada en el art. 138 del Tratado de la consulta en el seno de los Comités consultivos, y de la trans- parencia y visibilidad del diálogo social.

El segundo considera el diálogo social como fuerza que favorece la modernización económica y social y el cambio, lo que ha sido determinante para que el Consejo Europeo de Barcelona hubiera encargado a los interlocu- tores sociales un informe, para diciembre de 2002, sobre su contribución, a todos los nive- les, a los objetivos de la Estrategia Europea de Empleo, a través de la concertación tripar- tita, el diálogo social autónomo, reforzando el papel y el ámbito de la negociación a nivel sectorial, promoviendo la creación de nuevos Comités consultivos paritarios, para cubrir todos los grandes sectores de actividad, e interprofesional, a través de las Cumbres anuales del diálogo social de Val Duchesse, y su implicación en los diferentes procesos del método abierto de coordinación (empleo, inclusión social y protección social), en todas sus fases y elementos, esto es, en las orienta- ciones y en el proceso mismo, y en su conteni- do.

Los interlocutores sociales, además de ser consultados, son invitados a aportar su pro- pia contribución, como en el caso citado de la Estrategia Europea de Empleo, a la que se les sugiere apliquen también este método, para la mejora de los procedimientos de aplicación y seguimiento de sus resultados.

La Comunicación de la Comisión concluye ocupándose del papel que debe jugar el diá- logo social en el proceso de la ampliación y de su dimensión internacional, en las rela- ciones bilaterales y regionales y multilatera- les.

La propuesta de Decisión, atribuye a la Cumbre Social Tripartita para el crecimiento y el empleo, la función de asegurar de forma

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permanente, respetando el Tratado y las competencias de las instituciones y órganos de la Comunidad Europea, la concertación entre el Consejo, la Comisión y los interlocu- tores sociales para permitir la contribución de éstos, sobre la base del diálogo social, a los objetivos de la estrategia económica y social puesta en marcha en Lisboa y completada en Gotemburgo.

La composión que se propone para este nuevo órgano confirma la que se ha adoptado en las Cumbres Sociales celebradas hasta ahora, esto es, la troika, compuesta por la Presidencia en ejercicio del Consejo y las dos siguientes, a nivel de Jefes de Estado y de Gobierno, y hasta un máximo de veinte repre- sentantes de los interlocutores sociales, dis- tribuidos paritariamente entre los represen- tantes de los trabajadores y de los empleado- res, coordinados técnicamente por la CES y por la UNICE, además del Presidente de la Comisión.

Expresamente, atendiendo a la petición formulada por los interlocutores sociales en su contribución de Laeken, se prevé la supre- sión del Comité Permanente de Empleo, a partir de la fecha de la primera reunión de la Cumbre Social Tripartita, de la que también se establecen las líneas generales de funcio- namiento.

Para atender a la Conclusión del Consejo Europeo que considera que la Agenda Social Europea aprobada en Niza constituye un medio importante para reforzar el modelo social europeo, y que el Consejo Europeo de primavera debe constituir la ocasión de una revisión a fondo de los avances logrados en la realización de sus objetivos, en relación con la orientación relativa a la anticipación a los cambios del entorno de trabajo y sacar parti- do de los mismos, desarrollando un nuevo equilibrio entre flexibilidad y seguridad, el Consejo de Empleo y Política Social, de 3 de junio de 2002, alcanzó una orientación gene- ral sobre el Reglamento sobre el Estatuto de la Sociedad Cooperativa Europea y sobre el texto de la Directiva que completa dicho Estatuto, en lo que se refiere a la implicación de los trabajadores, pendientes de la consulta del Parlamento Europeo, antes de su adop- ción definitiva.

Dentro también del ámbito de aplicación de la Agenda Social Europea, se puso punto final al procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo, llegándose al acuerdo que ha permitido la adopción de la Directiva 2002/74/CE, que modifica la Directiva 80/987/CEE del Consejo sobre la aproxima- ción de las legislaciones de los Estados miem- bros relativas a la protección de los trabaja- dores asalariados en caso de insolvencia del empresario, con fecha 23 de septiembre de 2002, con el objetivo de tener en cuenta, en el contexto de interdependencia creciente de las economías europeas, las transformaciones del entorno de trabajo y las relaciones labora- les.

Esta Directiva recoge la evolución del Derecho en materia de insolvencia en los Estados miembros y el desarrollo del merca- do interior, producido desde la entrada en vigor de la Directiva 80/987/CEE, lo que jus- tifica las adaptaciones que introduce en el contenido de ésta, además de avanzar en la aplicación de los principios de seguridad y transparencia en lo relativo al ámbito de apli- cación.

Precisa las posibilidades de exclusión concedidas a los Estados miembros y supri- me el anexo hasta ahora existente, cuyo con- tenido se incorpora al texto articulado redu- ciéndose al personal doméstico al servicio de una persona física y a los pescadores remu- nerados a la parte, y la inclusión de los tra- bajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial, de duración determinada o con empresas de trabajo temporal, y determina- das definiciones, entre ellas especialmente, la del estado de insolvencia, a fin de tener en cuenta las nuevas tendencias legislativas en la materia en los Estados miembros y abar- car los procedimientos de insolvencia distin-

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tos de la liquidación, previendo la acumula- ción en un solo procedimiento en los casos en los que una situación de insolvencia diera lugar a varios procedimientos a la hora de establecer la obligación de pago de la insti- tución de garantía.

En el caso de procedimientos de insolven- cia transnacionales se incorpora una nueva sección, que recoge la jurisprudencia del Tri- bunal de Justicia de las Comunidades Euro- peas respecto de la determinación de la insti- tución competente para el pago de los créditos impagados de los trabajadores, en el supues- to de insolvencia de empresas que ejerzan sus actividades en varios Estados miembros, y se establece la colaboración entre las adminis- traciones competentes para la liquidación, en el plazo más breve posible, de los créditos impagados a los trabajadores, así como la previsión de que los Estados miembros notifi- quen a la Comisión y a los demás Estados miembros los tipos de procedimiento de insol- vencia que den lugar a la intervención de la institución de garantía.

Expresamente se indica que la aplicación de esta Directiva no podrá constituir, en ningún caso, motivo para justificar una regresión respecto de la situación ya exis- tente en los Estados miembros en lo relativo al nivel general de protección de los trabaja- dores en el ámbito cubierto por la misma, y el reconocimiento de la facultad de éstos de rechazar o reducir la obligación de pago de la institución de garantía competente o la propia obligación de garantía en los casos de los trabajadores que, por sí mismos o junto con sus parientes próximos, sean propieta- rios de una parte esencial de la empresa o establecimiento del empresario y ejerzan una influencia considerable en sus activida- des.

También se ha iniciado la discusión de la propuesta de Directiva del Parlamento Euro- peo y del Consejo, relativa a las condiciones de trabajo de los trabajadores cedidos por una empresa de trabajo temporal.

6.3. La promoción de las competencias profesionales y la movilidad

En respuesta a la invitación formulada por el Consejo Europeo para que el Consejo actúe a fin de poner en marcha las medidas que figuran en el Plan de Acción sobre las compe- tencias y la movilidad de la Comisión, de 13 de febrero de 2002, en la sesión de 3 de junio de 2002, se adoptó una Resolución sobre las capacidades y la movilidad, en la que se subraya que para alcanzar los objetivos fija- dos por los Consejos Europeos de Lisboa y de Estocolmo, así como el objetivo estratégico para 2010 será preciso: facilitar la movilidad, mejorando el acceso a los servicios de empleo y desarrollando las bases de datos europeas existentes sobre puestos de trabajo y oportu- nidades de aprendizaje; aumentar la impor- tancia de la formación permanente, como componente básico del modelo social europeo, aprovechando la complementariedad con la adaptabilidad, mediante arreglos sobre tiem- pos flexibles de trabajo y alternancia entre formación y empleo; y fomentar programas activos del mercado de trabajo con el fin de mejorar la empleabilidad de los grupos desfa- vorecidos y de las personas con dificultades para acceder y para mantenerse en el merca- do de trabajo.

Considera el aprendizaje permanente como uno de los elementos fundamentales de la Estrategia Europea de Empleo, prioridad clave en las futuras directrices para el empleo; que para luchar contra la exclusión social y mejorar la competitividad y la adap- tabilidad, es esencial mejorar las cualificacio- nes y adaptarlas a las necesidades del merca- do laboral, aumentando las oportunidades del aprendizaje permanente; que la sociedad del conocimiento supone un aumento sustan- cial de la inversión en recursos humanos; y que las estrategias en el ámbito de la forma- ción deben coordinarse y articular la respon- sabilidad compartida de todos los actores (autoridades públicas, empresas, interlocuto- res sociales e individuos) con la sociedad civil.

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Señala que habrá que seguir progresando en la mejora de la capacidad y la movilidad de los recursos humanos en la Unión Europea, ofreciendo oportunidades de empleo y forma- ción a las personas, y mejorar la calidad de la información sobre la existencia de puestos de trabajo disponibles y sobre la formación, recordando el mandato original del Consejo Europeo de Estocolmo, reiterado en Barcelo- na, para crear un sitio único en Internet de información sobre la movilidad laboral, la for- mación y las oportunidades de empleo, que deberá estar operativo a más tardar a finales de 2003.

Destaca la necesidad de alentar la moder- nización de los mercados de trabajo y la movi- lidad laboral y geográfica de los trabajadores, ofreciendo posibilidades de mejorar las capa- cidades y suprimiendo las barreras existen- tes entre los distintos mercados de trabajo europeos, y considera que la evaluación del progreso de la mejora de la movilidad, así como la transparencia de la información rela- tiva al mercado de trabajo, deberían realizar- se en el contexto de la Estrategia Europea de Empleo.

Se invita a la Comisión a que: fomente la cooperación con el Consejo y con los Estados miembros en materia de educación y forma- ción, y de formación profesional, para des- arrollar un marco de reconocimiento de las cualificaciones con la participación activa de los interlocutores sociales, los centros de for- mación profesional y todas las partes intere- sadas; analice la interacción entre la migra- ción, el empleo y la política social a escala europea; presente propuestas sobre una tar- jeta europea de seguro de enfermedad y para la modernización del sistema EURES, de manera que, respecto de éste, se garantice que toda la información pertinente y los ser- vicios personales lleguen a todas las personas que buscan trabajo, a los empresarios y, en general, a todos los interesados; acelere los procedimientos para crear un sitio único en Internet de información sobre la movilidad laboral; desarrolle una campaña informativa sobre posibilidades de movilidad del mercado interior y de los mercados laborales europeos; estudie el establecimiento de un mecanismo para analizar los obstáculos a la movilidad geográfica, fortaleciendo el papel de los Comi- tés consultivos competentes; y evalúe la apli- cación del Plan de Acción sobre las capacida- des y la movilidad dentro del Informe anual de síntesis para el Consejo Europeo de prima- vera.

En el marco de la Estrategia Europea de Empleo, se invita a los Estados miembros a que desarrollen capacidades, especialmente en las tecnologías de la información y de la comunicación, para el nuevo mercado laboral en el marco del aprendizaje permanente; fomenten el acceso efectivo de los adultos a la formación profesional; alienten el reconoci- miento y la validación de capacidades, cuali- ficaciones y experiencia laboral; doten a los jóvenes de las capacidades básicas necesarias para participar en el aprendizaje permanen- te; fomenten iniciativas para que los trabaja- dores accedan al mercado laboral, permanez- can y progresen en él; apoyen el desarrollo de estadísticas comunitarias para efectuar un seguimiento de la movilidad geográfica y de la falta de capacidades; y aumenten, si resul- ta apropiado, las posibilidades de transferen- cia de derechos de seguridad social, incluidas las pensiones, a través de la Unión Europea.

Finalmente, se invita a los interlocutores sociales a que desarrollen las iniciativas acor- dadas en el marco de actuación para el des- arrollo permanente, de competencias y cuali- ficaciones, dentro del diálogo social, presen- tadas en la Cumbre Social de Barcelona, y a que informen en las sucesivas Cumbres Sociales previas a los Consejos Europeos de primavera, de los progresos alcanzados; cele- bren acuerdos sobre formación permanente y cualificaciones para facilitar la adaptabilidad y la innovación de las empresas y de sus tra- bajadores, compatibles con el Reglamento 1612/68 del Consejo; desarrollen iniciativas para que los trabajadores puedan acceder al mercado laboral, permanecer y progresar en

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él; y participen en campañas informativas sobre la movilidad, para mejorar la imagen de los sectores y ocupaciones deficitarios de mano de obra, y fomentar así el acceso de los trabajadores a los mismos.

En relación con la movilidad profesional y geográfica en el marco de la Estrategia Euro- pea de Empleo, aludida en las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona, a propósi- to del Plan de Acción sobre las capacidades y la movilidad de la Comisión, y más concreta- mente en lo que se refiere a la necesidad de modernizar la red EURES, la Comisión ha adoptado el 30 de septiembre de 2002 una Comunicación titulada «Hacia un mercado de trabajo europeo integrado: la contribución de EURES», que recoge el informe de las activi- dades de esta red durante el período 2000- 2001, de forma que, en el momento de planifi- car la próxima fase, al renovar su fundamen- to jurídico, abrir el sistema a más países debi- do a la ampliación, y hacer más fácil a empre- sarios y a demandantes de empleo el acceso a la información sobre movilidad profesional a través de un sitio web centralizado, se tenga en cuenta su consideración como instrumento clave para apoyar la libre circulación de los trabajadores y la integración de los mercados de trabajo europeos, y su incorporación a las actividades generales de los Servicios Públi- cos de Empleo.

Respecto de las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona, relativas a la promo- ción de la movilidad en la Unión Europea y, más concretamente, al aumento de la posibi- lidad de transferencia de los derechos a la seguridad social, incluidas las pensiones, a través de la Unión Europea, en cuyo contexto pide que prosigan con carácter de urgencia y sobre la base de los parámetros convenidos en el Consejo Europeo de Laeken, los trabajos relativos a la reforma del Reglamento n.º 1408/71, sobre coordinación de los sistemas de seguridad social, el Consejo de Empleo y Política Social, en su sesión de 3 de junio de 2002, aprobó una orientación general sobre los Títulos I y II del citado Reglamento, rela- tivos a los ámbitos de aplicación personal y material de este Reglamento, en la sesión del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores de 3 de diciembre de 2002, se deberá aprobar la orientación general sobre el Título III, Capítulos 1 a 3.

En conexión con este tema, el Consejo estableció también en la sesión de 3 de junio de 2002, una orientación general sobre la pro- puesta de Reglamento del Consejo por la que se amplían las disposiciones del Reglamento

n.º 1408/71 a los nacionales de terceros países que, debido únicamente a su nacionalidad, no estén cubiertos por las mismas. Esta orienta- ción general, una vez emitido el preceptivo dictamen consultivo por parte del Parlamen- to Europeo, permitirá que el Consejo adopte formalmente la propuesta en una próxima reunión.

6.4. La perspectiva de género y la igualdad entre hombres y mujeres

A propósito de la Conclusión del Consejo Europeo que acoge favorablemente la Decla- ración del Consejo de Empleo y Política Social sobre la violencia contra las mujeres, en la sesión de éste del día 3 de junio de 2002, la Presidencia presentó el Estudio sobre el fenó- meno de la violencia contra las mujeres en los Estados miembros de la Unión Europea y la Guía de prácticas correctas para su supre- sión, antecedentes de las Conclusiones del Consejo sobre el examen de la aplicación por los Estados miembros de la Unión Europea del Programa de Acción de Pekín sobre vio- lencia contra las mujeres y de los indicadores para su evaluación, que se deberían adoptar en la sesión del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores, de 3 de diciembre de 2002.

En desarrollo y aplicación de la Agenda Social Europea, respecto del fomento de la igualdad entre hombres y mujeres, el Conse- jo de Empleo y Política Social de 3 de junio de 2002, bajo el epígrafe «Integración de la

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dimensión de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las políticas de la Unión Europea», presentó informes sobre la consideración de la dimensión de género en la política de medio ambiente y en la política agrícola.

Por su parte, en relación con este mismo tema, en la sesión del 3 de diciembre de 2002, el Consejo debió adoptar unas Conclusiones de la Presidencia sobre la integración de una perspectiva de género en los trabajos de las diferentes formaciones del Consejo, con espe- cial atención a la que se ocupa del empleo y la política social.

Además, el Consejo y el Parlamento Euro- peo concluyeron el proceso de codecisión y acordaron el 16 de abril de 2002 el texto de la nueva Directiva por la que se modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo, relativa a la aplicación del principio de igualdad de tra- to entre hombres y mujeres en lo que se refie- re al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo, formalmente aprobada con fecha 23 de septiembre de 2002.

6.5. La integración social y la protección social

El Comité de Protección Social ha seguido desarrollando el programa de trabajo relativo a la lucha contra la pobreza y la exclusión social, a la sostenibilidad de las pensiones y de la asistencia sanitaria y los cuidados de larga duración a las personas mayores.

Respecto de la integración social, conside- rado objetivo prioritario por la Presidencia danesa del Consejo, éste en su sesión de 3 de diciembre de 2002, adoptó una Resolución bajo el título de «La integración social, a tra- vés del diálogo social y la asociación», en la que se apela al fomento de estos instrumen- tos y a una mayor implicación de todos los actores afectados, con especial atención a los interlocutores sociales y a la organización de la sociedad civil, para mejorar los resultados del método abierto de coordinación, puesto en marcha para alcanzar los objetivos acordados en el proceso de lucha contra la pobreza y la exclusión social, a través de los Planes de Acción Nacionales.

Además, el Comité en su sesión de 13 de noviembre de 2002, ha acordado la relación de los objetivos comunes (facilitar la partici- pación en el empleo y el acceso de todos a los recursos, derechos, bienes y servicios; preve- nir los riesgos de exclusión; ayudar a los más vulnerables; y movilizar a todos los organis- mos e instituciones relevantes), que los Esta- dos miembros deberán tener en cuenta para la elaboración de la segunda edición de los Planes Nacionales de Acción, que debieron presentar en 2003, que el Consejo de 3 de diciembre de 2002 envió al Consejo Europeo de Copenhague, para su adopción por éste.

Respecto del proceso relativo a la sosteni- bilidad de las pensiones, tras la presentación de las estrategias nacionales, en septiembre de 2002, elaboradas a partir del informe pre- sentado al Consejo Europeo de Laeken, sobre «la racionalización de los ciclos anuales de coordinación de la política económica y de la política de empleo», y su examen por los Esta- dos miembros, la Comisión ha elaborado el proyecto de Informe conjunto que, tras su debate en el Comité de Política Económica y el Comité de Protección Social sobre objetivos y métodos de trabajo en el área de pensiones servirá para la evaluación, antes de final de 2004, y la posterior decisión sobre los objeti- vos, métodos y calendario para la continua- ción del proceso de coordinación sobre las pensiones.

De forma similar, a partir, en este caso, de la Comunicación de la Comisión de diciembre de 2001 sobre «el futuro de la atención sani- taria y del cuidado para los ancianos: garan- tizar la accesibilidad, la calidad y la viabili- dad financiera», el Comité de Protección Social y el Comité de Política Económica deberán pronunciarse y elaborar su opinión

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respecto del proyecto de Informe conjunto preparado por la Comisión, para que sea adoptado por el Consejo para su posterior remisión al Consejo Europeo de primavera de 2003, según lo acordado en las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona.

Al tiempo, el Comité de Protección Social ha continuado trabajando en la elaboración de los indicadores que permitan evaluar el progreso de la Estrategia de Cohesión Social, algunos de los cuales se integrarán luego en la relación de los indicadores estructurales que serán acordados en la sesión del Consejo de 3 de diciembre de 2002, antes de su remi- sión al Consejo Europeo de Copenhague para su adopción, y que deberán ser tomados en consideración por la Comisión para la elabo- ración del Informe de síntesis previo al Con- sejo Europeo de primavera.

Finalmente, el Comité de Protección Social ha iniciado los trabajos previstos en la Decisión del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la modernización de la protección social, a propósito del examen de la relación entre protección social y empleo, al objeto de identificar las orientaciones políticas priori- tarias para que el trabajo adecuadamente retribuido sustituya a los mecanismos de prestaciones sustitutorias de los ingresos dejados de percibir, en todo o en parte, deri- vados de la actividad laboral.

6.6. La mejora de los métodos de trabajo

Como respuesta a la petición de racionali- zación de los procesos y la sincronización de los calendarios para la adopción de las orien- taciones generales de política económica y del conjunto anual de medidas relativas al empleo, para mejorar los métodos de trabajo tendentes a la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa, la Comisión adoptó una Comunicación en 3 de septiembre de 2002, respecto de la que se pronunciaron a través de un informe, los Consejos de Asuntos Económicos y Financieros y de Empleo, Polí- tica Social, Sanidad y Consumidores en su reunión de 3 de diciembre de 2002, a partir de las opiniones elaboradas al efecto por el Comité de Política Económica, el Comité de Empleo y el Comité de Protección Social.

7. CONCLUSIÓN

Las expectativas del Consejo Europeo de Barcelona, expresadas en la carta dirigida por el Presidente de la Comisión a los Jefes de Estado y de Gobierno europeos participantes en éste, son sin duda el mejor referente para valorar sus resultados.

En ella, el Presidente Prodi subrayaba la necesidad de poner el acento en un número limitado de cuestiones, que son prioritarias debido a la situación económica actual y de gran importancia para contribuir, de la mejor manera posible, a la mejora de la capacidad de crecimiento duradero a largo plazo, lo que se debería traducir en la actuación centrada en las políticas de empleo activas, ayudando a las personas a encontrar empleo y a conser- varlo, y a mejorar la formación y la movilidad de la mano de obra en la Unión Europea.

Señalaba también la oportunidad del Con- sejo Europeo de Barcelona para mejorar los métodos de trabajo, reforzando el papel que deben desempeñar los Consejos Europeos de primavera para definir las prioridades políti- cas generales y, más concretamente, las rela- tivas a la política económica y a la política social, de modo que se traduzcan posterior- mente en las Orientaciones Generales de la Política Económica y en las Directrices de Empleo, lo que debe conducir también a con- siderar el papel y la cronología del procedi- miento y de los diferentes instrumentos que hagan posible su adopción, dotando a estos procesos de más coherencia y eliminando las duplicidades y solapamientos existentes entre ellos.

De aquí que la Comisión esperara que, a consecuencia del reexamen del proceso de

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Luxemburgo, se estableciera un cambio importante en el calendario de las líneas directrices del empleo, que deberán ser defi- nidas en primavera junto con las de la políti- ca económica.

Concluía la carta el Presidente de la Comi- sión, considerando que el Consejo Europeo de Barcelona era el momento ideal para expre- sar la confianza en la capacidad de superar las dificultades económicas y para asumir el compromiso de realizar cambios reales y duraderos, ya que los ciudadanos europeos esperan una señal clara que indique que esta- mos absolutamente resueltos a aplicar la política económica y social europea.

La lectura de las Conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona y el resultado de la Cumbre Social, así como la exposición de las actuaciones y medidas adoptadas para la puesta en marcha de aquéllas, explican y jus- tifican por sí solas el grado de cumplimiento de las expectativas indicadas y la adecuación de los resultados alcanzados respecto de éstas, eliminando así los temores y reticen- cias suscitados antes de su celebración, espe- cialmente en medios del sindicalismo europeo más representativo, preocupado por la deriva del proceso de Lisboa, frente a las señales emitidas por el empresariado europeo y algu- nos Gobiernos, en el sentido de que Barcelona debería liberalizar y flexibilizar los mercados de trabajo, rechazando las tesis según las cuales únicamente las políticas de oferta pue- den aportar una solución a los problemas del empleo, que califica de ilusorias e inacepta- bles desde la perspectiva social y discutibles en el plano de la eficacia económica.

Barcelona, tanto la Cumbre Social como el Consejo Europeo, han supuesto la consolida- ción y el relanzamiento de la Estrategia de Lisboa hasta el año 2010, ratificando sus objetivos de más y mejor empleo y más cohe- sión social, elementos definidores del modelo social europeo, junto al diálogo social y la par- ticipación de los interlocutores sociales en las políticas y las medidas que se adopten para su consecución.

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RESUMEN: Los antecedentes y el proceso de preparación de las Conclusiones del Consejo Europeo de Bar- celona y de la Cumbre Social Europea (Barcelona, marzo 2002) ponen de manifiesto cómo el contenido y naturaleza de los mismos figuraban ya, en buena medida, en los compromisos y conclusiones asumidos en los Consejos Europeos celebrados desde 1997, lo que atestigua el carácter dinámico del proceso de construcción de la dimensión social de la Unión Europea. El Consejo de Barcelona llegaba en el momento oportuno para hacer una primera evaluación política del funcionamiento, de las luces y de las sombras, del esquema puesto en marcha en 1997 en Luxemburgo y, al tiempo, apuntar las líneas generales de cómo deberá ser la Estrate- gia Europea del Empleo a partir de 2003, y hasta 2010. El Consejo de Barcelona viene a con- firmar la necesidad de mantener a largo plazo el esfuerzo que ha impulsado hasta ahora aque- lla estrategia en un contexto de desarrollo sostenible. En cuanto a la dimensión social especí- fica de las Conclusiones, ésta se centra en el refuerzo de la cohesión social a través del des- arrollo de la Agenda Social Europea. El empleo se considera la mejor garantía contra la exclu- sión social y la Agenda Social Europea un mdio importante para reforzar el modelo social europeo.

La lectura de las Conclusiones del Consejo de Barcelona, y el resultado de la Cumbre Social, así como la exposición de las actuaciones y medidas adoptadas para la puesta en marcha de aquéllas, explican y justifican por sí solas el grado de cumplimiento de las expectativas indi- cadas y la adecuación de los resultados alcanzados respecto de éstas, eliminando así los temo- res y reticencias suscitados antes de su celebración, especialmente en medios del sindicalismo europeo más representativo, preocupado por la deriva del proceso de Lisboa frente a las seña- les emitidas por el empresariado europeo y algunos Gobiernos, en el sentido de que Barcelona debía liberalizar y flexibilizar los mercados de trabajo, rechazando las tesis según las cuales únicamente las políticas de oferta pueden aportar una solución a los problemas del empleo.

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