Enajenación por cónyuges de bienes, con confesión por uno de ellos de que los mismos fueron adquiridos con dinero privativo de uno de los consortes
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario › Núm. 384-385, Mayo - Junio 1960
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Enajenación por cónyuges de bienes, con confesión por uno de ellos de que los mismos fueron adquiridos con dinero privativo de uno de los consortes
Consideraciones prácticas en torno a la «intervención» y «otorgamiento». A) Bienes muebles. Será en términos generales muy escasa la intervención de escritura pública en este caso; sólo en ciertos supuestos en los que el objeto contractual es de gran valor; por ejemplo, automóviles, se decidirán los contratantes a acudir a la Notaría. No obstante, pudiera darse el caso y el problema surge cuando se trata de dilucidar la fórmula del otorgamiento. Los bienes muebles, salvo cuando se trata de la hipoteca mobiliaria o de la prenda sin desplazamiento, se mueven en el ámbito extra registral, y, por tanto, de momento no nos interesa la legislación hipotecaria y sí el derecho civil puro. El artículo 1.407 del Código Civil dispone qu...
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