El interés del menor en situaciones concretas o en el marco de instituciones determinadas
El interés del menor (2007)
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El interés del menor (2007)
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1. Situaciones y decisiones sobre la salud del menor A) El «Gillick case»: Tratamiento o asesoramiento médico B) Trasplante de órganos de menores en la jurisprudencia norteamericana C) La salud en conflicto con las creencias religiosas 2. El interés del menor en relación con sus derechos fundamentales: derecho a la intimidad 3. El interés del menor en materia de educación 4. El interés del menor y su derecho de libertad religiosa 5. El interés del menor en la adopción. Adopción por persona homosexual 5.1. Derecho y tribunales españoles 5.2. Resoluciones extranjeras 6. El interés del menor en la determinación de su filiación y conocimiento de su propio origen 6.1. La determinación de la filiación y el interés del hijo 6.2. El conocimiento del propio origen 7. El interés del menor en cuanto a su guarda y custodia tras la crisis matrimonial y separación de sus padres 7.1. Resoluciones de tribunales españoles 8. El interés del menor en el caso de pretensión de relaciones personales del mismo con sus abuelos
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El interés del menor en situaciones concretas o en el marco de instituciones determinadas
Visto hasta ahora el interés superior del menor en términos generales -perspectiva eminentemente teórica-, voy a abordarlo aquí en relación con situaciones concretas y con instituciones conocidas, para ver cómo actúa y ha sido visto e interpretado en esos ámbitos, donde el conflicto personal y el jurídico es vivido con particular intensidad (piénsese en la crisis matrimonial, la educación religiosa de los hijos, la adopción por pareja homosexual). Interesa, pues, más que nunca examinar cómo se ha presentado el interés del menor en casos (sentencias) concretos, cómo lo han considerado los tribunales y resuelto los conflictos correspondientes en que entró en juego ese interés. Creo que todo esto puede ser bastante más luminoso que buena parte de lo dicho hasta aquí y, sobre todo, más útil. Ante la imposibilidad de estudiarlo en relación con todas o la mayoría de las instituciones en que se halla implicado el interés del menor, conocido su juego funcional o aludido a veces en sentencias ya citadas, me referiré aquí sólo a algunas de ellas y casos específicos que presentan problemas interesantes 1. Ello nos permitirá, también, verlo a través de resoluciones relevantes, españolas o foráneas, recaídas en supuestos concretos en que entraba en juego aquel interés; y mostrar cómo actúa e influye en situaciones de la vida real, en conflictos efectivos bien alejados de cualquier supuesta elucubración. A la mención de sentencias extranjeras no obsta que en algunos puntos las respectivas legalidades difieran de la nuestra, pues no me interesa aquí tanto esa legalidad sino el razonamiento y la valoración que los tribunales han hecho en tales casos del interés del menor, standard que opera de forma prácticamente idéntica en todos esos sistemas jurídicos. 1. Situaciones y decisiones sobre la salud del menor Que la salud individual es un bien muy valioso e integrado en el derecho a la vida e integridad física (art. 15.1 C.E.), es obvio; también que alrededor de un grave riesgo para la salud del menor pueden presentarse graves conflictos que requieren solución de acuerdo con lo que más le convenga. A tal respecto interesan ahora especialmente dos cuestiones: a) intervención del propio menor en función de su interés en la adopción de decisiones que le afecten -para lo que nuestra ley 41/2002 le concede amplia autonomía: cfr. art. 9.3-c, varias veces citado-; y b) cómo cabe entender el interés del menor en esta materia. ¿Cómo han razonado los tribunales cuando se han enfrentado con un caso en que se debate el interés del menor con ocasión de un problema de salud de éste?; ¿en qué se han fijado, a qué datos han atendido cuando han tenido que tomar una decisión? Esto es lo que importa ahora, y el motivo de traer aquí varios casos judiciales relativos a esa cuestión, empezando por el británico Gillick case, que supuso un hito importante y nos muestra cómo se puede razonar al respecto. A) El «Gillick case»: Tratamiento o asesoramiento médico En este interesante asunto 2 -un leading case, con amplia repercusión legal y jurisprudencial 3- una madre de cinco hijas menores de 16 años se enfrentó ante los tribunales, llegando hasta la Cámara de los Lores, en relación con cierta circular de un servicio de salud (el Department of Health and Social Security), que decía, sustancialmente, que cualquier médico consultado en una clínica de planificación familiar por una muchacha de menos de 16 años no actuaría ilegalmente si le prescribía contraceptivos, con tal de que lo hiciera de buena fe para protegerla contra los efectos perjudiciales de las relaciones sexuales 4. Mrs. Gillick consideraba que ello afectaba negativamente al bienestar («wellfare«) de sus hijas y era contrario a su autoridad materna. La autoridad local de salud rechazó darle seguridades, que ella pidió, de que no se daría consejo y tratamiento contraceptivo a sus hijas mientras tuvieran menos de 16 años sin su previo conocimiento y consentimiento, por lo que Mrs. Gillick decidió llevar el asunto a los tribunales. La House of Lords -ahorro lo dicho en instancias inferiores-, en sentencia decidida por tres votos frente a dos, argumentó largamente -acerca del alcance penal del tratamiento anticonceptivo (según la Sexual Offences Act 1956), de la edad para consentir un tratamiento médico (según la Family Law Reform Act 1968) y sobre los derechos de los padres- e hizo importantes pronunciamientos en cuanto a este último punto, único que interesa aquí, en particular en cuanto a la compatibilidad de la autoridad de los padres y cierta autonomía de los hijos desde una perspectiva del best interests of the child. En esa célebre sentencia, el Juez Fraser comenzó sentando que «el poder de los padres sobre sus hijos deriva de sus deberes», y que los derechos de los padres «existen en beneficio del hijo y sólo se justifican en ta...
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