Comentario al Artículo 231, sobre subsanación, de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento CivilLibro primero. De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles (2009)

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Artículo 231. Subsanación.

El Tribunal y el Secretario judicial cuidarán de que puedan ser subsanados los defectos en que incurran los actos procesal...

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Por la mis...

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