Comentario a Artículo 632 del Código Penal

Código Penal. Doctrina JurisprudencialParte Especial

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Abogados Penal

Resumen


§ Párrafo 2: Maltrato cruel de animales.

Original


Artículo 632

1. El que corte, tale, queme, arranque, recolecte alguna especie o subespecie de flora amenazada o de sus propágulos, sin grave perjuicio para el medio ambiente, será castigado co...

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Extracto


Comentario a Artículo 632 del Código Penal

- párrafo 1 sin jurisprudencia.

§ Párrafo 2: Maltrato cruel de animales

El bien jurídico protegido es la dignidad del animal como ser vivo que debe prevalecer, cuand...

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