Tres años de clemencia en España: las exenciones de las multas a los miembros de cárteles que los denuncian

Revista de Competencia y Sectores ReguladosNúm. 78, Enero 2011

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Abogados Civil

Resumen


Desde el 28 de febrero de 2008, cualquier miembro de un cártel que opere en España puede acudir a la (...)

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Extracto


Tres años de clemencia en España: las exenciones de las multas a los miembros de cárteles que los denuncian

Algunas consideraciones generales

Desde el 28 de febrero de 2008, cualquier miembro de un cártel que opere en España puede acudir a la Comisión Nacional de la Competencia (también a los órganos autonómicos) a pedir “clemencia”, esto es, que no se le imponga una multa por su participación. A cambio, tiene que denunciar el cártel...

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