Clasificación

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Resumen


Servidumbres reales y personales. -Jurisprudencia -Continuas y discontinuas -Aparentes y no aparentes -Positivas y negativas -Jurisprudencia -Legales y voluntarias -Jurisprudencia

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Clasificación

Servidumbres reales y personales.

Esta dicotomía, que debe ser admitida por haber sido introducida en el Código Civil en su art. 531, produce confusión entre los autores que dan opiniones diversas acerca de su verdadera naturaleza. De las reales ya se ha venido hablando, por lo que es aconsejable dedicar espacio a las personales, que carecen de tratamiento adecuado, dado que todo lo que se viene comentando se refiere a las prediales que son propiamente las servidumbres que responden con todos sus caracteres a lo que es propio de este instituto.

Se ha dicho que las llamadas servidumbres personales no son un subtipo de las servidumbres, sino una institución distinta (DíEZ-PICAZO y GULLóN), y que se establecen a favor de un sujeto de derecho que no tiene necesidad de ser el propietario de cualquiera de los dos fundos y aunque lo fuera, no tendría nada que ver con el predio de que dicho sujeto fuera propietario.

La propia desi...

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