¡Que viene el Lobby! Recensión a Ana Isabel Cerezo Domínguez, El protagonismo de las víctimas en la elaboración de las leyes penales, Tirant lo Blanch, Valencia, 2010

AutorVíctor Gómez Martín
CargoProfesor Titular de Derecho penal. Universidad de Barcelona
Páginas181-206

Page 181

I.

1. En su monografía El protagonismo de las víctimas en la elaboración de las leyes penales (Tirant lo Blanch, 2010), Ana Isabel CEREZO DOMÍNGUEZ destaca que "la perspectiva de la víctima se ha convertido en uno de los principales inspiradores de la política criminal actual".1Señala CEREZO, con razón, que se habrían visto ampliamente sobrepasadas, de este modo, las pretensiones originales de la Victimología, entendida como disciplina que, a pesar de destacar también la perspectiva de la víctima, no olvida que es el delincuente el objeto prioritario de la intervención penal.2

2. Como es sabido, el papel de la víctima en el sistema penal no siempre ha sido el mismo. Así, el Derecho penal romano primitivo, el Derecho penal de los pueblos germánicos y Derecho penal medieval han pasado a la historia, entre otras razones, por el papel extraordinariamente relevante que la víctima tuvo en ellos. No en vano, desde una perspectiva victimológica el conjunto de los tres momentos históricos que acaban de ser mencionados viene siendo conocido como la "edad de oro" de la víctima. Tal era la importancia de ésta en aquellos sistemas que incluso la reacción al delito quedaba prácticamente en manos del sujeto pasivo del

Page 182

mismo o de su entorno más próximo, que se hallaban plenamente legitimados para devolver la ofensa sobre la esfera jurídica del sujeto activo de un modo incluso desproporcionado. Era el llamado "Derecho penal de la venganza".3

3. El transcurso del tiempo fue describiendo, de forma progresiva, el tránsito de un Derecho penal participado de múltiples elementos de Derecho privado a otro de naturaleza enteramente pública. Como es lógico, con la conversión del Derecho penal de privado a público el ejercicio del ius puniendi pasó a constituir monopolio exclusivo de las instituciones del Estado. De este modo, la víctima del delito se fue viendo relegada a una posición crecientemente secundaria. Es el famoso "proceso de postergación o neutralización" de la víctima en el sistema penal.4

4. Ante dicho escenario, nace en la segunda mitad del siglo XX una nueva disciplina, derivada de la Criminología, con la pretensión de recuperar para la víctima del delito el protagonismo perdido por la víctima como consecuencia del tránsito descrito. Se trata de la Victimología.5No en vano, en sus orígenes la Victimología se encargó de denunciar, por ejemplo, que la neutralización de la víctima en el sistema penal no sólo no facilitaba la intervención de la víctima como sujeto activo del mismo, sino que provocaba en la misma otros perjuicios adicionales. Dos ejemplos de ello son la victimización secundaria y la incapacidad del sistema para garantizar un satisfactorio resarcimiento del daño sufrido como consecuencia del delito.6

5. No obstante, con el transcurso del tiempo -y debido, fundamentalmente, a decisivos fenómenos socio-políticos que serán analizados infra- la acción vindicativa de la Victimología ha acabado provocando que, en la actualidad, pueda afirmarse que el principio de neutralización de la víctima haya derivado finalmente en el resurgimiento de la víctima vindicativa. En palabras de CEREZO DOMÍNGUEZ "el principio de la neutralización de la víctima podrá haberse transformado en el principio del resurgimiento de la víctima vindicativa, cuyo contenido se basaría en la defensa de los intereses de la víctima a través del recrudecimiento punitivo y de la limitación de los derechos del delincuente".7Tal tránsito, que se ha producido

Page 183

no sólo en España, sino también en otros países, como EE.UU. o el Reino Unido,8ha tenido lugar, por una parte, a través del ya célebre fenómeno de la "expansión del Derecho penal",9que se produce a lo largo (cada vez es mayor el número de conductas que el legislador penal español considera constitutivas de delito) y ancho (salvo algunas significativas excep-

Page 184

ciones,10las reformas penales suelen suponer importantes agravaciones penológicas) del Código penal. Tal circunstancia determina un regreso a la lógica del Sistema penal como instrumento puesto al servicio de la venganza (pública y privada) de la víctima frente al delincuente.11

5. En afortunada expresión de GARLAND, la relación político-criminal del delincuente y la víctima se explica como un "juego de suma cero", en el que parece que no es posible que ambos ganen al mismo tiempo. De acuerdo con tal lógica, toda medida tendente a despenalizar conductas, minimizar la intervención penal en su sanción o garantizar el respeto de las garantías del delincuente será interpretada como una ofensa a la víctima. En sentido inverso, se entenderá que la única forma de proteger en puridad a la víctima pasa, necesariamente, por endurecer el castigo al delincuente y flexibilizar las garantías político-criminales que le amparan. Se asiste, de este modo, al recrudecimiento del sistema penal como falso mecanismo simbólico de protección de la víctima.12

Page 185

6. La monografía de CEREZO DOMÍNGUEZ se estructura en tres partes. En la primera, dividida a su vez en tres capítulos, la autora describe los orígenes del movimiento asociativo victimal,13analiza los factores que han contribuido al auge del protagonismo de las víctimas en la agenda política14y, por fin, disecciona las disfunciones que genera la posición privilegiada de las víctimas en el sistema penal.15La segunda parte, la más extensa del trabajo, tiene un contenido eminentemente práctico, y se articula a través de un conjunto de entrevistas realizadas a destacados representantes de algunas de las asociaciones de víctimas que mayor influencia han ejercido en la reciente legislación penal española.16En la tercera y última parte del libro,17CEREZO recapitula la información acumulada a lo largo de la obra, con un doble objeto. Por una parte, extraer conclusiones en relación con la incidencia de las asociaciones victimales en el nuevo modelo político-criminal de seguridad ciudadana.18Por otra, aportar ideas que permitan compatibilizar las necesidades de la víctima con una política criminal garantista.19

II.

7. Apunta CEREZO en el primer capítulo de su trabajo que el origen del movimiento asociativo de víctimas de delitos se localiza, fundamentalmente, en los Estados Unidos de los años 60. El fenómeno surge a propósito del creciente número de iniciativas de ayuda y asistencia promovidas por las propias víctimas en el marco de un clima de aumento de la tasa de delincuencia y de la sensación subjetiva de inseguridad de la colectividad,20 recogida, en esencia, en un instrumento criminológico fundamental para entender los orígenes de la Victimología: las encuestas de victimización.21

Page 186

Éstas revelan, además, que la cifra de víctimas y el impacto sufrido por éstas como consecuencia del delito no siempre coinciden con los datos aportados por las estadísticas oficiales.22

8. A principios de los años 80, coincidiendo con la llegada al poder de Reegan en los EE.UU. y de Thatcher en el Reino Unido, las asociaciones de víctimas advierten que tienen capacidad para entablar diá-logo con las más altas instituciones del Estado.23Además de exigir que sea el Estado el que se haga cargo de satisfacer las necesidades de las víctimas,24se sienten plenamente legitimadas para trasladarles sus pretensiones vindicativas, que coinciden, además, con las pretensiones represivas de tales gobiernos. Al Estado se le reclama, en definitiva, un "reajuste de la balanza".25A finales de los años 80 principios de los años 90, el victimo-asociacionismo adquiere un auge hasta entonces desconocido, en gran medida gracias a las Recomendaciones del Consejo de Europa y de los movimientos internacionales de víctimas.26Tal es dicho impulso que una parte importante de las asociaciones de víctimas devienen entidades cuasi-profesionales, normalmente financiadas por el propio Estado.27

9. Explica seguidamente CEREZO cómo el creciente protagonismo de las asociaciones de víctimas ha acabado ejerciendo una influencia decisiva en la Victimología, dando lugar a la aparición de un activismo neoconservador alejado de la que la autora denomina "Victimología académica".28Elocuente es sin duda CEREZO cuando describe la situación generada por dicha circunstancia como "ambiente enconado entre activistas y académicos, que perdura aún en los foros internacionales".2910. CEREZO reconoce, no obstante, que no todas las asociaciones de víctimas persiguen los mismos objetivos. Para la autora, tales asociaciones pueden actuar impulsadas por una cuádruple ideología: retribucionista, del cuidado, abolicionista y rehabilitadora.30

Page 187

III.

11. Más adelante, todavía en el primer capítulo de la monografía que nos ocupa, CEREZO ahonda en los factores explicativos del creciente protagonismo de las asociaciones de víctimas en el sistema penal. Desde su punto de vista, tales factores son, en esencia, tres: la identificación de la colectividad con la víctima del delito; el papel de los medios de comunicación; y, por fin, el hecho de que determinadas asociaciones de víctimas se erigen en importantes lobbies o grupos de presión.31

12. La identificación de la sociedad con la víctima se produce, por una parte, como consecuencia de la desconfianza colectiva hacia la Administración de Justicia;32y, por otra, por la aparición de un creciente sentimiento de pesimismo con respecto a la delincuencia: se cree que cada vez se delinque más, con independencia de la experiencia vivida o la victimización real.33En la formación de esta opinión distorsionada tendrían un evidente protagonismo los medios de comunicación. Éstos, más preocupados por el afianzamiento de importantes cuotas de audiencia que por la veracidad de la noticia o la fidelidad de las fuentes,34que actuarían como altavoz del discurso sensacionalista de determinadas asociaciones de víctimas.35Por último, CEREZO apunta que determinadas asociaciones parecen derivar su legitimidad para erigirse en lobbies o grupos de presión amparándose del hecho de poder...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR