La cédula de habitabilidad

AutorJosé María Zaforteza Socías
Cargo del AutorAbogado

27 La cédula de habitabilidad es un documento por el que se declara que una vivienda o un local es habitable para el ser humano.

Para poder ocupar una vivienda, un edificio o un local, ya sea en propiedad o en arrendamiento, es obligatorio tener la cédula de habitabilidad y que esté en vigor.

La cédula de habitabilidad se solicita por los propietarios de las viviendas o edificaciones, en las oficinas provinciales de vivienda del MOPTMA (Ministerio de Obras Públicas) o de las Comunidades Autónomas que hayan recibido este servicio.

La primera ocupación de las viviendas de protección oficial está exenta de la cédula de habitabilidad.

Normalmente, se exige la cédula de habitabilidad para poder contratar los servicios de electricidad, gas, agua, teléfono y similares.

En muchas comunidades Autónomas se establecen oficinas donde se facilita la cédula de habitabilidad siendo, en general, dependientes de la Consellería de Vivienda u Obras Públicas.

Siempre es recomendable, antes de iniciar el trámite de adquirir la cédula de habitabilidad, contactar por teléfono con la oficina expendedora, para concretar la documentación que se ha de presentar y el coste del documento, de la cédula.

En general, si es primera ocupación de viviendas, locales o edificios, o se han realizado obras de consideración, se habrá de presentar, para obtener la cédula de habitabilidad:

Licencia municipal de obra.

Certificado de habitabilidad del arquitecto.

Certificado municipal de terminación de la obra y de haberse realizado de acuerdo con la...

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