Resumen
I. Desde el sistema de purga hasta el de subsistencia-II. Algunas vacilaciones que ocasiono la reforma.- III. La solución doctrinal y jurisprudencial.-IV. La reforma de la ley 10/1992- V. Problema que ha planteado la ley 10/1992 y posible solución
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Extracto
La liquidación de cargas en el apremio de bienes inmuebles (Una grave deficiencia de la última reforma procesal)
I. Desde el sistema de purga hasta el de subsistencia
El apremio sobre bienes inmuebles como parte importante del proceso de ejecución venía regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil dentro de la sede inadecuada del juicio ejecutivo. Con referencia al importante problema que planteaban las cargas distintas de aquella que iba a la ejecución, la Ley de Enjuiciamiento Civil se inclinó por el sistema de purga o extinción. Con arreglo al mismo, con la ejecución consumada se extinguían tanto las cargas posteriores a la del juicio como las anteriores (con la excepción que después veremos). A tenor de ello, el precio consignado por el rematante se dedicaba para atender al pago de las cargas anteriores o preferentes al de la ejecutada y al de las posteriores. Todas ellas quedaba...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
- Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículo 133
- Código Civil. - Artículo 176
- Ley 30/1981, de 7 de Julio, por la que se modifica la Regulacion del Matrimonio en el Codigo civil y Se determina el Procedimiento a Seguir en las Causas de Nulidad, separacion y Divorcio.
- Ley 13/1983, de 24 de Octubre, de Reforma del Codigo civil en materia de Tutela.
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