Capacidad e incapacidad para suceder

Compendio de Derecho CivilCompendio de Derecho Civil. Tomo 5 (Derecho de sucesiones)Lección 2ª (1999)

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Abogados Civil

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Capacidad. Existencia. Existencia al tiempo de la apertura de la sucesión. Precauciones en el caso del concebido aún no nacido.

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Capacidad e incapacidad para suceder

CAPACIDAD. EXISTENCIA

En el Código civil se establecen determinados elementos subjetivos para que la herencia pueda ser adquirida por determinada persona, lo que integra el concepto de capacidad para suceder. Por otra parte, el Código prevé, en forma negativa, que quien carezca de aquellos elementos no tiene capacidad para suceder. Y distingue tres situaciones: de incapacidad absoluta, que más que un tema de capacidad es una cuestión de existencia de la persona física o jurídica; de incapacidad relativa, que no son sino prohibiciones concretas para heredar por testamento; y de indignidad sucesoria, sanción civil por la que se priva a determinadas personas de la posibilidad de suceder a otras, por razón de haber tenido con él una conducta repr...

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