Bernuz Beneitez, María José (coord.): El cine y los derechos de la infancia, Valencia, Tirant lo Blanch, 2009, 210 pp. y San Martín Segura, David y Susín Beltrán, Raúl (coords.): Derecho y política en la sociedad del riesgo. Ocho propuestas de cine, Logroño, Universidad de La Rioja, 2009, 183 pp.

AutorAndrés García Inda.
CargoUniversidad de Zaragoza
Páginas365-370

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Dos libros de cine. En las últimas décadas, se han multiplicado en el ámbito académico de la filosofía jurídica de habla hispana las iniciativas relacionadas con los estudios de cine y derecho, que ya gozaban de cierta tradición en el mundo anglosajón. Buena prueba de ello puede ser el espacio que se le dedicó a la cuestión en las últimas jornadas de la asociación de Filosofía jurídica, celebradas en la Universidad de La rioja, en las que Benjamín rivaya hizo un recorrido por las distintas iniciativas aparecidas (seminarios, publicaciones, etc.) y reflexionó públicamente sobre el cine como instrumento para la didáctica de las disciplinas filosófico-jurídicas. La publicación de los dos libros a los que vamos a hacer referencia es un paso más en esa diná-mica.

Simplificando un poco las cosas, podríamos decir que para el jurista la relación entre el cine y el derecho puede ser analizada desde dos puntos de vista: la primera es aquélla en la que el cine se convierte en objeto de regulación jurídica (cómo trata el derecho el fenómeno cinematográfico) mientras que la segunda es aquélla en la que el derecho se convierte en objeto de reflexión cinematográfica (cómo percibe o trata el cine el fenómeno jurídico). Evidentemente, esta segunda es la cuestión que más preocupa a la reflexión sociológica y filosófico-jurídica. Pero incluso desde ese segundo punto de vista, podemos diferenciar a la vez dos formas distintas de abordar la relación entre cine y derecho; o de hacerlo, podríamos decir, con diferente intensidad. Por un lado, hay estudios cuyo objeto es precisamente analizar el reflejo y la proyección que el cine hace del derecho, toda vez que, como se sabe, las películas -como la literatura en general- no sólo son reflejo de la realidad, sino que contribuyen a producir o reproducir esa misma realidad. Y de ahí que si queremos conocer lo que es el derecho, debamos acudir no sólo a las fuentes de su conocimiento científico-técnico, sino también a los modos populares de conocimiento y producción jurídica. Esta idea está presente de

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forma implícita y explícita en los dos volúmenes a los que nos vamos a referir. Por ejemplo, en el segundo de ellos -el coordinado por david san Martín y raúl susín-, se indica expresamente cómo la relación entre cine y sociedad del riesgo es susceptible de ser analizada en ese doble sentido: «Por un lado, observando cómo las dinámicas de la sociedad del riesgo son reflejadas en el cine; y por otro, cómo el cine constituye a su vez un elemento activo en el desarrollo de esas propias dinámicas. En expresiones afines a Beck, podría considerarse en qué medida el cine interviene en el metajuego de las luchas por la definición de los riesgos, en toda esa "cosmética" del riesgo» (p. 19). Y en parecido sentido, en el primer volumen -el coordinado por María josé Bernuz- el cine aparece también como un eficaz mecanismo de denuncia de realidades complejas y en ocasiones profundamente injustas, como son las relacionadas con la violación de los derechos de los niños. Pero por otro lado, siguiendo con la distinción mencionada al inicio, hay otros estudios para los que la creación fílmica, más que un objeto directo de análisis y estudio, constituye más bien una excusa o pretexto para la reflexión y el debate sobre la realidad que el propio cine ilustra. En ese caso, como se dice en el libro coordinado por María josé Bernuz, las películas son sobre todo «una herramienta propedéutica, educativa, de visibilización», y su discusión es en realidad «una excusa, o la razón para analizar en detalle algunas cuestiones relacionadas con los derechos de la infancia» (p. 18). O con el derecho en general. En tales casos, se trata de partir de la historia que muestra la película para trascenderla. El cine, constituye así un inagotable punto de partida para la reflexión socio-jurídica. Como dice jorge Gracia en El cine y los derechos de la infancia, «el...

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