Auge y crisis de la resocialización. Crisis y auge de la pena de prisión

AutorTàlia González Collantes
CargoDoctora en Derecho y licenciada en Criminología. Profesora asociada de Derecho penal en la Universitat de València
Páginas161-200

Page 162

I Introducción

A pesar de que puede haber quien entienda que hoy en día hablar de resocialización es un anacronismo, personalmente no lo creo así sino todo lo contrario. Entiendo que la resocialización vuelve a estar de actualidad precisamente debido a una serie de reformas legislativas que se están produciendo, que han afectado al sistema de penas y que representan un obstáculo a una política penitenciaria racional orientada a la consecución de dicha meta. El texto de la última modificación del Código penal se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2015, y con ella se consolida esta tendencia. Entiendo, además, que una investigación sobre la resocialización tiene que serlo también sobre las penas privativas de libertad en general y sobre la de prisión en particular, pues son éstas las que, a tenor del artículo 25.2 de la Constitución española, han de estar orientadas a la reeducación y la reinserción social.

En este trabajo se empezará realizando un repaso rápido de las diferentes fases por las que han pasado las penas y la finalidad indicadas a lo largo de la historia, desde la época clásica hasta la actualidad, lo cual servirá para comprobar que la resocialización acompaña a la pena de encierro prácticamente desde su aparición; que desde hace siglos preocupa la reeducación y la reinserción social de los condenados. A continuación se procederá a analizar las causas que han influido primero en la consolidación y auge del ideal resocializador y después en su crisis, y visto esto se hará lo mismo con relación a la pena de prisión. Ello, además, servirá para comprobar la relación que existe entre la evolución de aquél y la de ésta, entre el auge del pensamiento de la resocialización y la crisis de la pena de encarcelamiento por una parte, y entre el declive de aquél y el relanzamiento de ésta por la otra.

II Las diferentes fases de las penas privativas de la libertad y de la resocialización

A lo largo de la historia son muchas y diversas las penas privativas de libertad que han existido, y pueden diferenciarse diversos periodos en su evolución, desde su aparición hasta hoy en día1. Hay propuestas

Page 163

diferentes de clasificación de estas fases, pero propongo otra alternativa, construida a partir de la importancia que se le da al encarcelamiento y a la resocialización.

Así, habría un primer periodo, que alcanzaría desde la época clásica hasta la época moderna, durante la cual era extraño privar de la libertad a los delincuentes pero a veces se hacía, sobre todo para rebajar a la condición de esclavo a estas personas o para de una u otra manera aprove-char su fuerza de trabajo, explotarlos. Si se recurría a la pena de encierro era como pura excepción, y esto no pasó hasta época romana, y con una frecuencia algo mayor en época medieval. Ahora bien, por estas excepciones se sabe que a partir de la edad media la pena en cuestión a veces

Page 164

se entendía como aflictiva y a veces como correccional, tal y como siglos antes propuso Platón que debía hacerse2. La corrección pretendía conseguirse gracias a la soledad y el silencio, que contribuirían a la reflexión, al arrepentimiento y a la corrección o mejora.

El segundo periodo estuvo caracterizado porque las penas que implican privación de libertad se hicieron cada vez más frecuentes. Se recurría a ellas sobre todo para asegurar la utilización de los condenados en trabajos más o menos penosos. Algunas veces, la mayoría, se pretendía explotar su fuerza de trabajo, pero había otras en las que el objetivo principal era su resocialización, lo cual pretendía conseguirse a través del trabajo pero también con la ayuda de la religión. Así pasó hasta el siglo XIX. Además, desde el siglo xviii preocupó la reforma de las prisiones y aparecieron los primeros sistemas penitenciarios. Si realmente se aspiraba a la corrección de los penados era imprescindible empezar por aquí.

Durante el tercer periodo, que abarcaría el siglo XIX, las penas de encierro, en sus diversas modalidades, se convirtieron en las protagonistas indiscutibles de los catálogos de penas recogidos en los códigos penales de la época, aparte de que empezó a producirse un verdadero desarrollo de la finalidad resocializadora. En los códigos penales ochocentistas se diferenciaba entre penas privativas de libertad aflictivas y correccionales, a pesar de que en las normas penitenciarias se dejaba claro que tampoco se rechazaba a la corrección de los condenados a las primeras. Durante un tiempo continuó importando la explotación laboral de los condenados, pero poco a poco se le intentó dar al trabajo, en todos los casos, un enfoque principalmente formativo y correccional. La religión también conservaba un papel fundamental, aparte de que empezó a reconocerse la importancia de la educación laica y se construyeron las primeras escuelas.

El cuarto periodo comprendería desde el comienzo hasta las últimas décadas del siglo XX y estuvo caracterizado porque la pena de encierro en un establecimiento penitenciario empezó a ser puesta en entredicho, a entrar en crisis, al contrario de lo que sucedía con el ideario resocializador, que estaba logrando una importancia cada vez mayor. Durante un tiempo continuaron existiendo junto a las prisiones correccionales otras que no lo eran. Ya no se acentuaba tanto la idea de afligir sino la de inca-pacitar, la de impedir que los delincuentes incorregibles pudieran volver a delinquir. Podía diferenciarse, entonces, entre penas correccionales e inocuizadoras, pero aquéllas se impusieron a éstas. El ideal resocializa-

Page 165

dor logró su punto más álgido a partir del final de la Segunda Guerra Mundial y puede decirse que contribuyó a la crisis de la prisión. Se apostó por evitar el encarcelamiento de duración demasiado corta y demasiado larga, se buscaron penas alternativas y se potenciaron la condena y la libertad condicionales, aparte de que también se produjo el tránsito de la prisión tradicional a la prisión científica. En palabras de Pavarini, aquélla "se transforma en laboratorio, en gabinete científico donde después de la atenta observación del fenómeno, se intentará el gran experimento: la transformación del hombre"3, lo cual ya no se haría a través del tratamiento resocializador clásico, porque éste fue sustituido por un tratamiento científico e individualizado. Pero es importante apuntar que esto no paró el declive de la cárcel. También la prisión científica fue puesta en entredicho porque igualmente puede ser considerada el obstáculo principal a la resocialización.

El quinto periodo, en el cual nos encontramos actualmente, está marcado por la crisis de la resocialización y el relanzamiento de la pena de encarcelamiento. Hay otras penas, tanto privativas de libertad como no privativas de libertad, pero la protagonista vuelve a ser la pena de encierro en un centro penitenciario, la de prisión, y se introducen cada vez con mayor frecuencia cambios en la legislación penal -algunos de los cuales también han obligado a modificar la legislación penitenciaria- que la alejan de las exigencias resocializadoras y suponen un retroceso hacia la prisión inocuizadora, aparte de que agravan un problema que siempre han arrastrado los establecimientos carcelarios, el del hacinamiento e inflación reclusa, así como otros muchos problemas derivados de éste, lo cual también juega en contra de la resocialización. Entre otras cosas se ha ampliado el límite máximo de la pena referida, y si desde 2003 podía durar hasta cuarenta años, con la reforma acabada de aprobar podrá alargarse hasta el final de los días del sujeto condenado, pues se introduce la pena de cadena perpetua, la cual, aunque revisable, no excluye tal posibilidad.

III Auge y crisis del ideal resocializador

Más que por la doctrina española, las causas que han contribuido al auge y declive del ideal resocializador han sido estudiadas por los anglo-sajones, y es posible que el estudio más completo publicado sobre esta

Page 166

materia sea el realizado por Garland4. Este autor explica que el mode-lo resocializador se consolidó en un contexto y bajo unas circunstancias muy concretas, a saber: la aparición del Estado del Bienestar y un contexto de crecimiento económico, la confianza que se tenía en los expertos y en la validez y la efectividad de las prácticas resocializadoras, que las tasas de delincuencia se mantenían relativamente bajas, que se contaba con el beneplácito de las élites políticas y que no había una oposición ciudadana activa. Todo esto contribuyó al triunfo de la resocialización y su modificación tuvo consecuencias fatales para ésta, como se verá a continuación.

Sin embargo, antes de proceder a analizar estas circunstancias importa precisar que a pesar de que al afirmar esto Garland está pensando en qué pasó en Estados Unidos y en Gran Bretaña, en el resto de los Estados de la misma órbita cultural y con economías desarrolladas el ideal resocializador se consolidó en el mismo contexto y bajo unas circunstancias si no iguales muy parecidas, además de que el auge y crisis de la resocialización en aquellos países, principalmente en Estados Unidos, puede considerarse en sí una causa del auge y crisis de ésta en el resto del mundo.

1. Advenimiento y crisis del estado del bienestar y el contexto económico

El Estado del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR