Audiencia universal versus Audiencia nacional

AutorManuel Cobo del Rosal
Páginas101-104

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La correcta timidez, según mi opinión, del legislador español de finales del siglo XIX (1870 y 1882) estableció unos límites objetivos y fijos, concreción de un concepto liberal de la soberanía en los que se movía la jurisdicción y competencia del enjuiciamiento criminal. La objetividad que suponía el antiguo forum delicti comissi albergaba pocas dudas y menos en su consagración legislativa: competente sería el Juez del lugar en el que se había cometido el delito, y nada más, pero tema tan sumamente delicado concitó la atención de las dos primeras sentencia que se publicaron en la colección oficial de la jurisprudencia criminal de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Las dos son sobre cuestiones de competencia entre Juzgados de Instrucción, porque a la hora de la verdad lo que en la Ley estaba tan claro en su aplicación generaba algún que otro conflicto, como recogen dichas primeras sentencias de nuestra jurisprudencia del último tercio del siglo XIX.

Curiosamente los regímenes subsiguientes, ya sea las monarquías caciquistas y paternalistas o el pensamiento perverso jurídicamente de nuestra desastrosa II Republica y la ferocidad de la dictadura franquista, no se atrevieron, no quisieron o no les interesaba modificar lo consagrado por el viejo pensamiento liberal español, hasta que llegó nuestra inefable democracia que con la LOPJ de 1985 va a hacer pedazos el pensamien-

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to liberal sustituyéndolo por un horizonte represivo en profundidad so pretexto de razones de la torpe y nascistoide justicia universal, paradójicamente. Y todos los problemas que se derivan de ese pensamiento se van a centrar jurisdiccionalmente en la denominada Audiencia Nacional, cuyo sucinto apunte no me atrevo a silenciar. Dígase lo que se quiera sucesora inmediata del TOP (Tribunal de Orden Público franquista), de pésimo recuerdo por su desmesurado afán represivo que los epígonos de la dictadura del General Franco mal copiaron del Tribunal de invención francesa instaurado por el General De Gaulle para luchar contra el golpismo del OAS, como consecuencia de los gravísimos problemas que suscitó el proceso de la independencia de Argelia.

Cuando se me solicitó mi parecer por escrito por el todavía Ministerio de la Gobernación de España, a través de mi siempre querido y recordado amigo, Mariano Nicolás, a la sazón Director General de Seguridad, curiosamente ya atisbé muchos rasgos del atormentado acontecer de lo que se proyectaba denominar, en...

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