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Resumen


I. Significado y vigencia del artículo 98 de la L. P. I.-II. Los derechos morales del autor del programa.

Original


ARTICULO 98

El autor, salvo pacto en contrario, no podrá oponerse a que el cesionario titular de derechos de explotación de un programa de ordenador realice o autorice la realización de ...

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Extracto


Artículo 98

I. SlNIFICADO Y VIGENCIA DEL ARTÍCULO 98 DE LA L. P. I.

El artículo 98 de la L. P. I. es una norma cuya interpretación en nuestra doctrina no ha sido pacífica. Se cuestiona si su contenido normativo se refiere al campo de los derechos morales o si, por el contrario, como apunta Delgado Echeverría, se trata de una norma que más bien debe situarse en el ámbito de la cesión de derechos de explotación, afectando al derecho de transformación.

En realidad, el precepto citado incide sobre a...

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