Artículo 9, Ap 1, b) Conservación del piso o local

AutorFuentes Lojo
Cargo del AutorAbogado
I TEXTO LEGAL

Artículo 9 . 1. Son obligaciones de cada propietario:

...

b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalacio nes privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propie tarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.

2. Para la aplicación de las reglas del apartado anterior se reputarán generales los gastos que no sean imputables a uno o a varios pisos o locales, sin que la no utiliza-ción de un servicio exima del cumplimiento de las obligaciones correspondientes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.2 de esta ley.

II D IFERENCIAS CON EL TEXTO ANTERIOR A LA LEY DE REFORMA DE 6 DE ABRIL DE 1999

Los textos son idénticos, siquiera la Ley de reforma haga referencia no sólo al > sino también al >.

III COMENTARIO Y PROBLEMÁTICA
A) Á MBITO DE ESTA OBLIGACIÓN

A pesar del derecho exclusivo que cada propietario tiene sobre su piso o apartamento, no quiere ello decir que pueda hacer lo que le venga en gana, puesto que por su destrucción, o mal cuidado que se tenga de él, puede repercutir sobre los demás apartamentos del inmueble o los elementos comunes de éste. De ahí que el precepto impon ga esta obligación, en la que no sólo se exige la mera conservación, sino incluso el >, y no sólo en un momento determinado, sino de modo permanente, ya que ha de > así.

Problemática

1) ¿Qué habrá de entenderse por obras de conservación?

Nos remitimos a lo que decimos en este particular al comentar el artículo 10. Sin embargo, creemos que ha de dársele un sentido amplio, comprendiendo también las reparaciones necesarias, como evitar fugas en las instalaciones, cubrir grietas en las paredes, etc.

En el ámbito de la jurisprudencia cabe citar:

La Sentencia de 30 de junio de 2000 de la Sección 3.ª AP Burgos ( Sepin enero 2001), al declarar:

El origen de las humedades derivadas de las filtraciones continuadas de agua procedentes de la terraza, de uso y disfrute privativo del propietario del piso n.º 5 de la citada Comunidad. La causa directa y eficiente de las filtraciones, según se des prende del doc. 2 y 3 de la...

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