Artículo 77

Comentarios al Codigo CivilTomo XXXIII - Vol. 2º. Artículos 48 a 88 de la Compilación de Aragón.Título VICapítulo II (1990)

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Abogados Civil

Resumen


I. Amplitud de la prohibición.-II. Relación sistemática con el artículo 74.-III. Carácter de la exclusión.-IV. Bienes sujetos a sustitución ñdeicomisaria.

Original


Bienes excluidos

ARTICULO 77

El derecho expectante de viudedad no comprende los bienes que los cónyuges reciban a título gratuito co...

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Extracto


Artículo 77

I. AMPLITUD DE LA PROHIBICIÓN

El artículo sujeto a examen viene a esclarecer el problema doctrinal creado en la interpretación del artículo 67-1 del Apéndice de 1925, en relación al artículo 63, párrafo segundo, del mismo Cuerpo legal; pues si resulta que ni el cónyuge ni los ascendientes podían prohibir la viudedad del cónyuge consorte, en los bienes que se recibieran de esa procedencia, colisionaba con el artículo 67, que en su párrafo segundo excluía de la viudedad los bienes que el finado poseía bajo cláusula de que recaigan a su muerte a persona determinada.

Con la redacción de la Compilación, pues, se determinan los bienes que pueden ser excluidos de la «viudedad&raq...

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