Resumen


I. Elaboración del precepto constitucional. II. Contenido del precepto y efectividad jurídica. 1. Motivación político-social. 2. Compromiso estatal.

Original


ARTICULO 43.3

Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio.

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Extracto


Articulo 43.3

I. Elaboración del precepto constitucional.

El proceso de redacción del párrafo 3 del artículo 43 fue especialmente pacífico. El Anteproyecto Constitucional (B.O.C. de 5 de enero de 1978), en su artículo 36.3, ofreció el siguiente texto:

«3. Los poderes públicos fomentan la educación física y el deporte y facilitan la ordenada utilización del ocio.»

La Ponencia Constitucional del Congreso de los Diputados debió entender que había una cierta disonancia entre disfrute del ocio y que ésta fuese «ordenada» y cambió el texto, a la vez que aprovechó el sentido de los párrafos 1 y 2 y enganchó el tema de la «educación sanitaria». El párrafo resul...

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