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Resumen


I. El saldo de la cuenta general devenga el interés legal.-II. Cuál es el interés legal.

Original


ARTICULO 282

El saldo de la cuenta general devengará interés legal, a favor o en contra del tutor (b).

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Extracto


Artículo 282

I. EL SALDO DE LA CUENTA GENERAL DEVENGA EL INTERÉS LEGAL

La realización del deber de rendir la cuenta general de la administración de la tutela, que incumbe al tutor o, ...

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