Artículo 281

AutorTomás Ogayar Ayllón, José Manuel Lete del Río
  1. GASTOS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

Los gastos de la rendición de cuentas correrán a cargo del que estuvo o está sometido a tutela, pero dice este artículo que los «necesarios». Por ello habrá que entender que cuando se trate de gastos ocasionados por cualquier controversia acerca de las cuentas, éstos no se pueden entender comprendidos en la norma legal que los considera de cargo del menor o incapacitado que estuvo o continúa sometido a tutela. En mi opinión, la resolución judicial aprobando las cuentas debe contener, si procediere...

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