Resumen
Comentario científico. Comentario jurídico
Original
Los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, en su caso, ejercerán las funciones de control e inspección, de oficio o a instancia de parte, así c...
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Extracto
Artículo 28. Competencia sancionadora.
Comentario científico El contenido de este artículo es estrictamente jurídico, por lo que no se considera necesario incluir comentario científico. Comentario...
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 134
- Constitución Española de 1978. - Artículos 21 , 148
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
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