Resumen
I. Circunstancias generales de la inscripción del matrimonio.-II. Matrimonio por poder.-III. Matrimonio con intervención de intérprete.
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Extracto
Artículo 258
En la inscripción de matrimonio constarán la hora, fecha y sitio en que se celebre, las menciones de identidad de los contrayentes, nombre, apellidos y cualidad del autorizante y, en su caso, la certificación religiosa o el acta civil de celebración.
En la inscripción de matrimonio por poder se expresará quién es el poderdante, menciones de identidad del apoderado y fecha y autorizante del poder; en ...Ver el contenido completo de este documento
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