Artículo 155

Abogados Civil

Resumen


I. La sustitución vulgar. -II. Indicación histórica. -III. Fundamento. -IV. Naturaleza jurídica. -V. Clases. -VI. Efectos. -VII. Extinción.

Original


ARTICULO 155

La sustitución vulgar podrá ser expresa o tácita.

Salvo voluntad contraria del testador, la sustitución vulgar dispuesta para el caso de premoriencia del he...

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Extracto


Artículo 155

I. La sustitución vulgar

La sustitución vulgar es la disposición testamentaria en virtud de la cual el testador nombra a un segundo o ulterior heredero (o legatario) para el caso o en previsión de que el anterior heredero instituido (o legatario llamado) no llegue efectivamente a serlo (si heres non erit) por no poder o no querer.

Este tipo de sustitución se califica también de ordinaria, conforme hace el Cc. italiano. Pero, es más expresivo el calificativo diferenciador de vulgar, por denotar su común y frecuente empleo, debido a que responde a las leyes de la naturaleza y de la lógica, por cuanto se justifica por sí misma, por ser absurdo pasar en silencio u olvidar en un testamento la sustitución vulgar a favor de la prole de los hijos del tstador y, según los casos, incluso de la prole de los nietos llamados por el testador.

La sustitución vulgar puede tener lugar en la institución de heredero y en el ordenamiento de un legado, así como en las sustituciones fidei comisarias, dando lugar a la llamada sustitución vulgar en fidei comiso, a la que se refiere el artículo 171 de la Compilación de Cataluña, y en las donaciones mortis causa conforme establece el artículo 245, 1, de la Compilación, al admitirla como sustitución vulgar del donatario, lo que concuerda perfectamente con el Derecho romano. Aquí nos referiremos especialmente a la sustitución vulgar del heredero. La sustitución vulgar puede establecerse en testamento y en codicilo, pero en éste únicamente cuando es impuesta a un legatario testamentario o codicilar, no a un heredero instituido en testamento, lo que debe sostenerse a pesar de que el artículo 105 de la Compilación y la Sentencia de 23 febrero 1962, no distinguen, dado que el codicilo es el vehículo adecuado para legados y fideicomisos.

Cabe ordenar respecto de una misma institución hereditaria, legado, donación mortis causa o sustitución fideicomisaria un número infinito de sustituciones vulgares, por cuanto la Ley no pone tasa o tope alguno en este aspecto. Como explica Voci 1puede haber sustitución vulgar de un solo grado o de varios grados, cuando incluso el sustituto tiene a su vez su propio sustituto y así hasta que termina la línea. En Roma solían efectuarse varias sustituciones vulgares en cadena, hasta el último sustituto, que solía ser un esclavo, que como heredero necessarius no podía rechazar la herencia.

II. Indicación histórica

La sustitución vulgar es una figura propia del Derecho romano.

En Roma, explica schulz 2, un testador podía instituir heredero a una persona subordinando la eficacia de la institución a una condición suspensiva. Por ejemplo: Titus heres esto si Sempronio nupserit. Un género especial de institución condicional es la llamada substitutio vulgaris. Un testador instituye heredero a A primo gradu y a B secundo gradu, bajo la condición de que A no llegue a ser heredero porque no pueda serlo (por morir antes que el testador) o porque no quiera ser heredero y rehuse la herencia. La institución de B fue llamada substitutio vulgaris porque esta especie de sucesión se admitió en todo caso, en contraste con la substitutio pupilaris. La fórmula usual de la sustitución vulgar era: Titius heres esto cernitoque in diebus centum proximis quibus scierit potueritque. Quod ni ita creverit, exheres esto. Tum Maevius heres esto cernitoque in diebus centum quibus scierit potuoritque 3.

Los romanos se valen también en la materia de las locuciones primo gradu (lo co), secundo gradu (lo co), heredem scribere o instituire, como nada se opone a que el testador sustituya al instituido que se halla secundo gradu scriptus, como también puede haber heredes tertio, quarto... gradu scripti. Las sustituciones vulgares fueron empleadas en todo tiempo en Roma, en especial para evitar que la última volunt...

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