Artículo 10

Comentarios al Codigo CivilTomo V, Vol 2º: Artículos 392 a 429 del Código Civil y Ley sobre Propiedad HorizontalTítulo IV. De algunas propiedades especiales (1985)

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Artículo 10

I. SOBRE EL DERECHO A REALIZAR OBRAS

1. Clases de obras

Es éste un precepto que bien merece, en nuestra opinión, el calificativo de precepto de obras, por cuanto va fundamentalmente dirigido a reglamentar tanto las que pueden realizarse en los inmuebles sujetos al régimen de p. h., como al ámbito y clases de las mismas, distinguiéndose a tales efectos dos grandes grupos o categorías: el de las «innovaciones» y el de las «mejoras».

Las primeras son «aquellas que alteran la situación preexistente de la cosa, sea como estado de hecho o de derecho».

A su vez, las «mejoras» son «aquellas que proporcionan un mayor valor al edificio, bien acrecentando su utilidad, posibilidades de goce y capacidad de rendimiento, bien pe...

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